Resultados de la búsqueda:
Número de resultados: 19224
Por Materia
- (66) Actos y documentos publicados en el Diario Oficial
- (215) Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas
- (34) Marco normativo
- (3685) Actos con efectos sobre terceros
- (2345) Dotación de planta
- (6167) Dotación a contrata
- (2507) Dotación a honorarios
- (137) Otros contratos sujetos al Código del Trabajo
- (739) Otras compras y adquisiciones
- (2941) Otras transferencias
- (3) Resultados y aclaraciones
- (26) Otros trámites
- (29) Mecanismos de participación ciudadana
- (10) Programas de subsidios y otros beneficios
- (14) Participación, representación e intervención
- (13) Registro de respuesta de solicitudes
- (17) Índice de actos y documentos calificados como secretos o reservados
- (1) Formularios y antecedentes de propuestas normativas que afecten a empresas de menor tamaño (EMT)
- (275) Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos
Actos y documentos publicados en el Diario Oficial
| Servicio | Sección | Subsección | Tipo de norma | Número | Nombre/Título | Fecha de publicación | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | Fecha última modificación | Enlace a la publicación o archivo que lo modificó o derogó | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Servicio Médico Legal (SML) | Resolución Exenta | 9.225_2009 | ESTABLECE COSTOS DIRECTOS DE REPRODUCCIÓN EN EL MARCO DE LA LEY Nº 20285, SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA | 09/12/2009 | ver enlace | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría del Interior | DECRETO | NOMBRA GOBERNADOR PROVINCIAL TITULAR EN TALAGANTE A MARCO ANTONIO ZAMORA BOMBAL | 11/03/2010 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE) | Resolución | 4.384 del la Subsecretaría de De | Establece Costos de Reproducción a Cobrar por la Entrega de la Información Solicitada en el marco de la Ley 20,285 y su Reglamento | 24/08/2009 | ver enlace | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Relaciones Exteriores | Despúes del 1 de septiembre de 2010 | Decreto | 54 | PROMULGA EL ACUERDO CON EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO SOBRE EL PROYECTO: MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - PNUD | 21/09/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Relaciones Exteriores | Despúes del 1 de septiembre de 2010 | Decreto | 72 | PROMULGA EL CONVENIO N° 187 SOBRE MARCO PROMOCIONAL PARA LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO | 19/08/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Relaciones Exteriores | Despúes del 1 de septiembre de 2010 | Decreto | 287 | PROMULGA EL ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN FINANCIERA ENTRE LA REPúBLICA DE CHILE Y EL BANCO EUROPEO DE INVERSIONES | 24/03/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Resolución Exenta | J-0583 | ESTABLECENSE LOS VALORES DE LOS COSTOS DIRECTOS DE REPRODUCCION QUE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACION QUE SE PRESENTEN EN LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES EN EL MARCO DE LA LEY 20.285, A SER COBRADOS AL PETICIONARIO | 19/08/2009 | ver enlace | SIN MODIFICACIONES | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Resolución | J-0688 | RESOLUCION DE LA DIRECCION GENERAL DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS EL CUMPLIMIENTO DE LA DECISIÓN Nº 3, ADOPTADA EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2007, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA ESTRATÉGICA SUSCRI | 02/10/2007 | ver enlace | SIN MODIFICACIONES | |||||||
| Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado (DIFROL) | Resolución Exenta | 298 | DETERMINA MECANISMO DE COBRO Y REGISTRO DE COSTOS DIRECTOS DE REPRODUCIÓN, PARA EFECTOS DE LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA QUE SE PRESENTEN EN EL MARCO DE LA LEY Nº20.285 | 07/08/2009 | ver enlace | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Hacienda | Año 2008 | Decreto Exento | 1.370 | Ratificación acuerdos adoptados por la Comisión Resolutiva Interinstitucional, relativo a formulación de programa marco, determinación de las metas de eficiencia institucional y definición de las metas de desempeño colectivo | |||||||||
| Subsecretaría de Hacienda | Año 2009 | Decreto Toma de Razón | 1.782 | Ratifica acuerdos adoptados por la Comisión Resolutiva Interinstitucional, relativos a formulación del Programa Marco, determinación de las Metas de Eficiencia Institucional y definición de las Metas de Desempeño Colectivo, todos para el año 2009 | |||||||||
| Subsecretaría de Hacienda | Año 2010 | Decreto Toma de Razón | 443 | Acepta renuncia voluntaria de don Marco Antonio Vásquez Ulloa al cargo de Secretario Regional Ministerial IX Región de la Araucanía | 26/05/2010 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Tesorería General de la República | Resolución | 1981 | Asigna a don Marcos Antonio Maldonado rodríguez como tesorero regional subrogante | 23/05/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | |||||||
| Tesorería General de la República | Resolución | 34 | Designa a Don Marcos Antonio Maldonado Rodríguez como Tesorero Provincial | 21/01/2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |||||||
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2012 | Resolución Ex. | 2983 | Establece marco regulatorio de las carpetas de despacho electrónico | 30/04/2012 | ver enlace |
No aplica
| ||||||
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2012 | Resolución Ex. | 884 | Establece costos directos de reproducción en el marco de la Ley 20.285 sobre Acceso a la Información Pública | 11/02/2012 | ver enlace |
No aplica
| ||||||
| Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) | Resolución Exenta | 368 | Determina costos de reproducción de solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la Superintendencia de Casinos de Juego en el marco de la Ley N° 20. | 22/06/2012 | ver enlace | 2010-12-27 | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Economía | Decreto | 115 | NOMBRA A DON MARCO ANTONIO MELLA BÓRQUEZ COMO SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA CHILENA | 12/10/2011 | ver enlace | SIN MODIFICACIONES | |||||||
| Subsecretaría de Economía | Decreto | 97 | ACEPTA RENUNCIA VOLUNTARIA DE DON MARCO CID BASCUR AL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE ECONOMÍA DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS | 10/04/2010 | ver enlace | SIN MODIFICACIONES | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Decreto Supremo | 176 | Reglamenta l�nea de acci�n denominada Uso de la Tecnolog�a en la formaci�n inicial docente, en el marco de la asignaci�n presupuestaria inform�tica educativa en escuelas y liceos | 17/10/2012 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Decreto Supremo | 171 | Establece criterios, procedimientos y destino de los bienes adjudicados en el marco del fondo de equipamiento cient�fico y tecnol�gico FONDEQUIP, de CONICYT 2012 | 18/07/2012 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Decreto Supremo | 45 | Reglamenta la ejecuci�n de los recursos para el desarrollo y ejecuci�n de proyectos de innovaci�n pedag�gica con tecnolog�a en establecimientos educacionales, en el marco de la asignaci�n presupuestaria denominada "Inform�tica educativa en escuelas y liceo | 14/05/2012 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Decreto Supremo | 488 | Cancela personalidad jur�dica y revoca reconocimiento oficial de la Universidad Regional San Marcos | 10/02/2012 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Decreto Supremo | 326 | Reglamenta la ejecuci�n de recursos para desarrollo y ejecuci�n de proyectos de innovaci�n pedag�gica con tecnolog�a en establecimientos educacionales, en el marco de la asignaci�n presupuestaria denominada "Inform�tica educativa en escuelas y liceos" | 05/01/2012 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Decreto Supremo | 146 | Delega en los Secretarios Regionales Ministeriales de Educaci�n la facultad de suscribir y aprobar convenios, celebrados en el marco del programa de recursos de apoyo al deporte y la recreaci�n | 16/06/2011 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Decreto Supremo | 167 | Delega en el Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región de Atacama la facultad de suscribir y aprobar convenios y contratos y actos administrativos que se indican, celebrados en el marco de la ejecución del Programa de Mejoramiento en la Cal | 24/07/2009 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Resoluci�n exenta | 1.264 | Aprueba bases administrativas, t�cnicas y anexos para la presentaci�n de programas de estudios consistentes en la formaci�n de competencias para ejercer el cargo de director de establecimientos educacional en el marco de lo preceptuado en el plan de formac | 13/03/2012 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Resoluci�n exenta | 3.567 | Aprueba bases administrativas y t�cnicas para la presentaci�n de programas de estudios consistentes en la formaci�n de competencias para ejercer el cargo de director de establecimientos educacionales en el marco de lo preceptuado en el plan de formaci�n de | 20/06/2011 | Ver texto vigente | 2011-07-13 | Ver texto que modifica | ||||||
| Subsecretaría de Educación | Resoluci�n exenta | 6.595 | Complementa resoluci�n exenta N�5.787, de 2010, que aprueba la n�mina de adjudicados en el marco del programa Pasant�as de Perfeccionamiento en Competencias T�cnicas, para la primera convocatoria del Concurso de Becas del Programa T�cnicos para Chile a�o 2 | 07/01/2011 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Educación | Resolución exenta | 4.004 | Define líneas prioritarias en el marco de ejecución de la asignación presupuestaria denominada Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico, para el año 2009. | 18/06/2009 | Ver texto vigente | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría del Trabajo | Decreto | 72 | Promulga el Convenio N° 187 sobre Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo. | 19/08/2011 | ver enlace | ||||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Año 2012 | Resolución | 415 | Apruébase el Convenio de Colaboración, suscrito con fecha 24 de agosto de 2012, entre el Instituto de Previsión Social y la Superintendencia de Seguridad Social, En virtud del presente convenio las partes acuerdan, en el marco del proyecto ChileAtiende, es | 08/10/2012 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Año 2012 | Resolución | 284 | Aprueba Convenio de Colaboración entre el Instituto de Previsión Social y la Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas, de 29 de marzo de 2012, en el ámbito de sus respectivas competencias y en el marco del proyecto " | 12/07/2012 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Año 2012 | Resolución | 104 | Aprueba el Convenio de Colaboración, suscrito con fecha 06 de febrero de 2012, entre el Fondo de Solidaridad e Inversión Social- Fosis . En virtud del presente convenio, y en el marco de sus respectivas competencias, las partes acuerdan que el Instituto pr | 08/10/2012 | ver enlace | 2012-08-14 | ver enlace | |||||
| Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) | Publicaci�n | S/N� | Sector San Marcos, Comuna de Buin | 15/12/2010 | Ver enlace | ||||||||
| Subsecretaría de Telecomunicaciones | Decreto | 126 | Modifica concesión de servicio público de transmisión de datos a la empresa Mauricio Robles y Compañía Limitada (Marcom Ltda.) | 21/03/2013 | ver enlace | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Telecomunicaciones | Resolución | 2614 | Instructivo para la presentación de proyectos financieros en el marco de los concursos públicos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones | 08/06/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | |||||||
| Subsecretaría de Salud Pública | Decreto | 51 | Acepta renuncia voluntaria de don Marcos Aurelio Madrigal Videla al cargo de SEREMI | 31/12/2011 | Si | No | |||||||
| Subsecretaría de Salud Pública | Decreto | 55 | Designa a don Marco Aurelio Madrigal Videla en el cargo de Secretario Regional Ministerial de la Región de Antofagasta | 11/09/2010 | Si | No | |||||||
| Subsecretaría de Redes Asistenciales | Decreto | 127 | Designa Director del Servicio de Salud del Reloncaví al Dr. Rafael Marco Antonio Merino Marín | 11/04/2011 | Si | No | |||||||
| Subsecretaría de Redes Asistenciales | Decreto | 63 | Designa como Director Suplente en el Servicio de Salud del Reloncaví a D. Rafael Marco Antonio Merino Marín | 17/08/2010 | Si | No | |||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Resolución | 4402 | DELEGA FACULTAD DE CONOCER Y PRONUNCIARSE ACERCA DE LOS REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN QUE SE FORMULEN EN EL MARCO DE LA LEY Nº20.285 | 27/06/2009 | ver enlace | 2009-07-13 | ver enlace | |||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI X Región de Los Lagos | Resolución exenta | 577 | Pone termino anticipado a convenios marco EGIS CENTRO DE GESTION Y DESARROLLO EMPRESARIAL LIMITADA | 01/06/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI X Región de Los Lagos | Resolución exenta | 578 | Pone termino anticipado a convenios marco EGIS/PSAT RICARDO PATRICIO VARGAS NAVARRO | 01/06/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI X Región de Los Lagos | Resolución exenta | 1622 | Pone termino anticipado a convenios marco EGIS/PSAT CONSULTORES Y ASESORES TECNICOS LIMITADA O ASSETEC LTDA | 15/11/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI X Región de Los Lagos | Resolución exenta | 1623 | Pone termino anticipado a convenios marco EGIS/PSAT PEDRO PABLO LEYTON ABARCA | 15/11/2011 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI X Región de Los Lagos | Resolución exenta | 1401 | Pone termino anticipado a convenios marco EGIS CONSTRUCTORA Y ASESORIAS RUCAHUE LTDA | 01/10/2012 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI X Región de Los Lagos | Resolución exenta | 1402 | Pone termino anticipado a convenios marco EGIS SOCIEDAD GESTION SUR LIMITADA | 01/10/2012 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI XIII Región Metropolitana | Resolución | 190 | Cierra procedimiento administrativo sancionatorio de conformidad a Ley N° 19,880 por infracción a Convenio Marco Regional EGIS/PSAT seguido respecto de la EGIS Inmobiliaria Megacasa Limitada. | 31/12/2009 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI XIII Región Metropolitana | Resolución | 1322 | Pone término administrativo a Convenio Marco Único con EGIS "Consultora Arquilex, Arquitectura y Derecho Limitada". | 23/06/2010 | ver enlace | Sin modificaciones | ||||||
| Ver más resultados | |||||||||||||
Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas
| Servicio | Sección | Subsección | Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Atacama | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Atacama | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-1917 | ver enlace | ||||||
| Servicio Médico Legal (SML) | Realizar pericias de A.D.N. en el marco de la Ley 19.970, acreditar a las entidades públicas y privadas que podrán realizarlas y públicar nómina de ellas en el Diario Oficial | Artículo 199 bis de la Ley 19.696 Código Procesal Penal | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políicas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Artículo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Artículo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Tarapacá | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16, letras a) hasta j); del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Tarapacá | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a) hasta i); Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Coquimbo | Funciones Generales de los Gobiernos Regionales. Artículo 16.- Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas funciones, y j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Ley N°19.175, Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional, artículo 16. | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Coquimbo | Atribuciones del Gobierno Regional. Artículo 20.- Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo; f) Aprobar los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente; i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional, y j) Aprobar las banderas, escudos e himnos regionales, en conformidad con el reglamento que señala el artículo 2º de la ley sobre uso o izamiento de la Bandera Nacional. | Ley N°19.175, Orgánica Constitucional de Gobierno y Administración Regional, artículo 20. | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Valparaíso | Funciones generales del gobierno regional Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas funciones, y j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Artículo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Valparaíso | Atribuciones del gobierno regional Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo; f) Aprobar los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Artículo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional Metropolitano de Santiago | Serán funciones generales del Gobierno Regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 Ley Orgánica Constitucional 19.175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional Metropolitano de Santiago | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 Ley Orgánica Constitucional 19.175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de O'Higgins | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de O'Higgins | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional del Maule | Funciones Generales de los Gobierno Regionales a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas funciones, y j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional del Maule | a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional del Bío Bío | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional del Bío Bío | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de La Araucanía | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de La Araucanía | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Los Ríos | Ser�n funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las pol�ticas, planes y programas de desarrollo de la regi�n, as� como su proyecto de presupuesto, los que deber� ajustar a la pol�tica nacional de desarrollo y al presupuesto de la Naci�n. Para efectos de asegurar la congruencia entre las pol�ticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificaci�n y Cooperaci�n asistir� t�cnicamente a cada gobierno regional en la elaboraci�n de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversi�n de los recursos que a la regi�n correspondan en la distribuci�n del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aqu�llos que procedan de acuerdo al art�culo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinaci�n a proyectos espec�ficos de los recursos de los programas de inversi�n sectorial de asignaci�n regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Naci�n ; d) Dictar normas de car�cter general para regular las materias de su competencia, con sujeci�n a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estar�n sujetas al tr�mite de toma de raz�n por parte de la Contralor�a General de la Rep�blica y se publicar�n en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando �stas lo soliciten, especialmente en la formulaci�n de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o cat�strofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevenci�n y protecci�n ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperaci�n internacional en la regi�n, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislaci�n respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el art�culo 67 de esta ley ; i) Mantener relaci�n permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley N� 20.035 funciones, y Art.1� N� 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las �reas urbanas las obras de pavimentaci�n de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta funci�n, el gobierno regional podr� celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo t�cnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Los Ríos | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendr� las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el art�culo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las pol�ticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley N� 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1� N� 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los p�rrafos segundo y tercero de la letra c) del art�culo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social b�sica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribuci�n y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que se�ale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificaci�n regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Los Lagos | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Los Lagos | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Aysén | Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Aysén | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena | Gobierno y Administración Regional Serán funciones generales del gobierno regional: a) Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al presupuesto de la Nación. Para efectos de asegurar la congruencia entre las políticas y planes nacionales y regionales, el Ministerio de Planificación y Cooperación asistirá técnicamente a cada gobierno regional en la elaboración de los correspondientes instrumentos, emitiendo, a solicitud del gobierno regional, los informes pertinentes ; b) Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional y de aquéllos que procedan de acuerdo al artículo 74 de esta ley, en conformidad con la normativa aplicable ; c) Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional, que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación ; d) Dictar normas de carácter general para regular las materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sujetas al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial ; e) Asesorar a las municipalidades, cuando éstas lo soliciten, especialmente en la formulación de sus planes y programas de desarrollo ; f) Adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, en conformidad a la ley, y desarrollar programas de prevención y protección ante situaciones de desastre, sin perjuicio de las atribuciones de las autoridades nacionales competentes ; g) Participar en acciones de cooperación internacional en la región, dentro de los marcos establecidos por los tratados y convenios que el Gobierno de Chile celebre al efecto y en conformidad a los procedimientos regulados en la legislación respectiva ; h) Ejercer las competencias que le sean transferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de esta ley ; i) Mantener relación permanente con el gobierno nacional y sus distintos organismos, a fin de armonizar el ejercicio de sus respectivas Ley Nº 20.035 funciones, y Art.1º Nº 2) j) Construir, reponer, conservar y administrar en las áreas urbanas las obras de pavimentación de aceras y calzadas, con cargo a los fondos que al efecto le asigne la Ley de Presupuestos. Para el cumplimiento de esta función, el gobierno regional podrá celebrar convenios con las municipalidades y con otros organismos del Estado, a fin de contar con el respaldo técnico necesario. | Articulo 16 letras a hasta j del Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena | Para el cumplimiento de sus funciones, el gobierno regional tendrá las siguientes atribuciones: a) Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que las complementen ; b) Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley ; c) Convenir, con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional, de conformidad con el artículo 81 ; d) Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto ; e) Aplicar las políticas definidas en el marco de la estrategia regional de desarrollo ; f) Aprobar los planes regionales de Ley Nº 19.778 desarrollo urbano, los planes Art. 1º Nº 1 reguladores metropolitanos e intercomunales, y los planes reguladores comunales y seccionales, conforme a lo establecido en los párrafos segundo y tercero de la letra c) del artículo 36 ; g) Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas, cuando corresponda ; h) Proponer criterios para la distribución y distribuir, cuando corresponda, las subvenciones a los programas sociales, de acuerdo con la normativa nacional correspondiente, e i) Aplicar, dentro de los marcos que señale la ley respectiva, tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación regional y se destinen al financiamiento de obras de desarrollo regional. | Articulo 20 letras a hasta i Decreto con Fuerza de Ley 1-19175 | ver enlace | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | i)La representación de CAPREDENA en el marco de la Prevención de Riesgos, Higiene, Medio Ambiente y Mejoramiento de Ambientes de Trabajo, ante los siguientes Organismos. | RESOLUCION EXENTA 2554, Nº9 , letra i) | ver enlace | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | dd) Suscribir protocolos de cooperación dentro del marco del Plan de la Gestión Territorial Integrada, siempre y cuando dichos protocolos no comprometan patrimonio de la Institución. | RESOLUCION EXENTA 2554, Nº31, letra dd) | ver enlace | ||||||
| Dirección de Compras y Contratación Pública (Chilecompra) | De oficio o a petición de uno o más organismos públicos, licitar bienes y servicios a través de la suscripción de convenios marco. | Ley N° 19.886, artículo 30, letra d). | ver enlace | ||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | - En virtud de los convenios que el Instituto de Previsión Social celebre con entidades o personas jurídicas que administren prestaciones de seguridad social, de acuerdo a lo dispuesto en el número 7 del artículo 55, los Centros de Atención Previsional Integral sólo podrán realizar una o más de las siguientes actividades: a) Recibir las solicitudes de los beneficios que dichas entidades o personas jurídicas concedan y remitirla a aquella que corresponda. b) Emitir las certificaciones que corresponda realizar a dichas entidades o personas jurídicas. c) Pagar los beneficios que concedan dichas entidades o personas jurídicas. d) Recibir los reclamos que se presenten por los usuarios respecto a dichas entidades o personas jurídicas, y remitirlos a ellas para su tramitación. La Superintendencia de Pensiones establecerá, en el marco de las disposiciones precedentes y mediante norma de carácter general, las regulaciones a que deberán sujetarse los convenios a que se alude en este artículo. | Ley Nº 20.255, de 17 de marzo de 2008, Artículo Nº62. | Ver enlace | ||||||
| Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) | Ejercer la superintendencia, esto es control y orientación politécnica general, dentro del marco de la ley, respecto de los siguientes regímenes de seguridad social: | Artículos: 2°, 3°, 23°, 24°, 25°, 26°, 27°, 28°, 30°, 31°, 32°, 33°, 34°, 35°, 37°, 38°, 39°, 43°, 44°, 48°, 55° y 57°, de la Ley N° 16.395 | Enlace | ||||||
| Subsecretaría de Transporte | Entregar el subsidio establecido en las letras a) y b) del artículo 3º de la Ley Nº20.378, en la Provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo y en las zonas geográficas distintas a la Provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo que cuenten con servicios de transporte público remunerado de pasajeros mediante buses, minibuses y trolebuses, que operen en el marco de una concesión de uso de vías otorgada en virtud de la ley N° 18.696 o bien bajo condiciones de operaciones o perímetro de exclusión cuando éste último o aquellas existan entre procesos de licitaciones o cuando el proceso de liictación fue previamente declarado desierto, según las condiciones establecidad por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. | Art. 3º Ley Nº 20378 | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Transporte | El Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, conforme al procedimiento establecido, fijará por resolución el monto del subsidio por vehículo que se aplica a los propietarios de buses, minibuses y trolebuses, urbanos y rurales, que presten servicios de transporte público remunerado de pasajeros en las zonas geográficas distintas a la Provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo, y que no operen en el marco de una concesión de uso de vías otorgada en virtud de la ley Nº 18.696, o un perímetro de exclusión o condiciones de operación, según establece el artículo 3° b) de la ley Nº 20.378. | Art. 4º DS 1/2010 Ministerio de Transportes y Telecomunicaiones | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Transporte | Delégase en los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones las facultades que se indican a continuación: 1. Facultad de determinar la cantidad y tipos de terminales con que deberán contar los servicios de locomoción colectiva urbana, así como el plazo en que éstos serán exigibles, pudiendo hacer distinción por tipo o modalidad de servicio, tipo de vehículos con que éstos se presten o ciudades en las que operen. En todo caso, el ejercicio de esta facultad deberá comunicarse previamente al Ministerio y se ejercerá dentro del marco de las instrucciones que éste imparta. | Res. Nº 78/2006 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Transporte | Delégase en los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones las facultades que se indican a continuación: 2. Facultad de fijar las características que deberán cumplir los lugares ajenos a la vía publica desde los cuales deberán iniciarse y terminarse los servicios, mientras no se dicte la resolución a que se refiere el numeral primero precedente. El ejercicio de esta facultad deberá comunicarse previamente al Ministerio y se ejercerá dentro del marco de las instrucciones que éste imparta. | Art. 1º Res. Nº 78/2006 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Transporte | Delégase en los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones la facultad de determinar la cantidad y tipos de terminales con que deberán contar los servicios de locomoción colectiva urbana, así como el plazo en que éstos serán exigibles, pudiendo hacer distinción por tipo o modalidad de servicio, tipo de vehículos con que éstos se presten o ciudades en las que operen. En todo caso, el ejercicio de esta facultad deberá comunicarse previamente al Ministerio y se ejercerá dentro del marco de las instrucciones que éste imparta. | Art 1º número 1) Res. Nº 52/2004 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Transporte | Delégase en los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones la facultad de fijar las características que deberán cumplir los lugares ajenos a la vía publica desde los cuales deberán iniciarse y terminarse los servicios, mientras no se dicte la resolución a que se refiere el numeral primero precedente. El ejercicio de esta facultad deberá comunicarse previamente al Ministerio y se ejercerá dentro del marco de las instrucciones que éste imparta. | Art 1º número 2) Res. Nº 52/2004 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones | ver enlace | ||||||
| Servicio de Salud Arica | 1. Desarrollar el tipo de actividades asistenciales, grado de complejidad técnica y especialidades que determine el Director del Servicio de Salud respectivo, de acuerdo al marco que fije el Subsecretario de Redes Asistenciales en conformidad con los requerimientos y prioridades sanitarias nacionales y de la respectiva Red Asistencial | Art. 32 D.F.L. N°1 de 24- 04-2006 | Si | ||||||
| Servicio de Salud Arica | 2. Atender beneficiarios del Libro II de esta Ley y de la ley N° 16.744, que hayan sido referidos por alguno de los establecimientos de las Redes Asistenciales que correspondan, conforme a las normas que imparta el Subsecretario de Redes Asistenciales y el Servicio de Salud, y los casos de urgencia o emergencia, en el marco de la ley y los convenios correspondientes | Art. 32 D.F.L. N°1 de 24- 04-2006 | Si | ||||||
| Servicio de Salud Arica | a) Desarrollar el tipo de actividades asistenciales, grado de complejidad técnica y especialidades que determine el Director del Servicio respectivo, de acuerdo al marco que fije el Subsecretario de Redes Asistenciales en conformidad con los requerimientos y prioridades sanitarias nacionales y de la respectiva Red artículos 33 y 34 de este Reglamento. | Art. 18. D.S. N° 38 de 29-12-2005 | Si | ||||||
| Servicio de Salud Arica | b) Atender beneficiarios de las leyes Nº 18.469 y Nº 16.744, que hayan sido referidos por alguno de los establecimientos de las Redes Asistenciales que correspondan, conforme a las normas que imparta el Subsecretario de Redes Asistenciales y el Servicio respectivo, y los casos de urgencia o emergencia, en el marco de la ley y los convenios correspondientes | Art. 18. D.S. N° 38 de 29-12-2005 | Si | ||||||
| Servicio de Salud Arica | 1. Propone políticas para el Servicio de provisión de recursos humanos , a través de sistemas de reclutamiento , selección , inducción y orientación funcionaria , de acuerdo a las normas legales vigentes sobre la materia. 2. Propone políticas para el Servicio sobre organización y movimiento interno , considerando requisitos básicos , necesidades propias y oferta del extrasistema , proponiendo alternativas en el diseño de cargos para los establecimientos públicos de la Red. 3. Define criterios comunes para la evaluación de desempeño de los recursos humanos de la Red. 4. Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente , respecto de remuneraciones , beneficios económicos , sociales y prevención de riesgos. 5. Propone políticas y estrategias internas que permitan optimizar las posibilidades de desarrollo y formación del recurso humano , en el marco de los convenios docentes asistenciales. 6. Colaborar en el diseño y operación de sistemas de información para la gestión de recursos humanos de la Red. 7. Promueve y desarrollar una gestión basada en la participación , motivación y compromiso institucional manteniendo instancias de participación permanente. 8. Desempeña las demás funciones que le encomiende la reglamentación vigente en materias de su competencia. | Decreto Supremo 140 del Minsal 2004 | Si | ||||||
| Servicio de Salud O'Higgins | Desarrollar el tipo de actividades asistenciales, grado de complejidad técnica y especialidades que determine el Director de Servicio de Salud correspondiente, de acuerdo al marco que fije el Subsecretario de Redes Asistenciales en conformidad con los requerimientos y prioridades sanitarias nacionales y de la respectiva Red Asistencial | DFL Nº 1 de 2006, Art. 32 número 1 | Si | ||||||
| Hospital La Serena | El Establecimiento, como parte integrante de la Red Asistencial, deberá, a lo menos: 1. Desarrollar el tipo de actividades asistenciales, grado de complejidad técnica y especialidades que determine el Director del Servicio de Salud respectivo, de acuerdo al marco que fije el Subsecretario de Redes Asistenciales en conformidad con los requerimientos y prioridades sanitarias nacionales y de la respectiva Red Asistencial 2. Atender beneficiarios del Libro II de esta Ley y de la ley N° 16.744, que hayan sido referidos por alguno de los establecimientos de las Redes Asistenciales que correspondan, conforme a las normas que imparta el Subsecretario de Redes Asistenciales y el Servicio de Salud, y los casos de urgencia o emergencia, en el marco de la ley y los convenios correspondientes 3. Mantener sistemas de información compatibles con los de la Red Asistencial correspondiente, los que serán determinados por el Subsecretario de Redes Asistenciales 4. Entregar información estadística y de atención de pacientes que le sea solicitada, de acuerdo a sus competencias legales, por el Ministerio de Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Servicio de Salud, la Superintendencia de Salud, los establecimientos de la Red Asistencial correspondiente o alguna otra institución con atribuciones para solicitarla. | Art. 32 D.F.L. N°1 de 24- 04-2006 | Si | ||||||
| Hospital La Serena | Los Establecimientos Autogestionados, como parte de la Red Asistencial, deberán: a) Desarrollar el tipo de actividades asistenciales, grado de complejidad técnica y especialidades que determine el Director del Servicio respectivo, de acuerdo al marco que fije el Subsecretario de Redes Asistenciales en conformidad con los requerimientos y prioridades sanitarias nacionales y de la respectiva Red artículos 33 y 34 de este Reglamento. b) Atender beneficiarios de las leyes Nº 18.469 y Nº 16.744, que hayan sido referidos por alguno de los establecimientos de las Redes Asistenciales que correspondan, conforme a las normas que imparta el Subsecretario de Redes Asistenciales y el Servicio respectivo, y los casos de urgencia o emergencia, en el marco de la ley y los convenios correspondientes c) Mantener sistemas de información compatibles con los de la Red correspondiente, los que serán determinados por el Subsecretario de Redes Asistenciales d) Entregar la información estadística, de atención de pacientes y cualquiera otra información de salud que le sea solicitada, de acuerdo a sus competencias legales, por el Ministerio de Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Servicio, la Superintendencia de Salud, los establecimientos de la Red Asistencial correspondiente o alguna otra institución con atribuciones para solicitarla e) Contar con un sistema de registro y gestión de listas de espera y cumplir con las metas de reducción acordadas con el Servicio respectivo f) Dar cumplimiento a los convenios celebrados con el Fondo Nacional de Salud, el respectivo Secretario Regional Ministerial de Salud y con el Servicio correspondiente g) Efectuar auditorías de la gestión administrativa y financiera a lo menos una vez al año, las que podrán ser realizadas por auditores externos conforme a las normas que imparta el Subsecretario de Redes Asistenciales. Estas auditorías deberán evaluar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 16 de este Reglamento y los establecidos precedentemente. | Art. 18. D.S. N° 38 de 29-12-2005 | Si | ||||||
| Ver más resultados | |||||||||
Marco normativo
| Servicio | Sección | Subsección | Tipo de norma | Número | Nombre/Título | Publicado en el Diario Oficial | Fecha de publicación en el Diario Oficial | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | Fecha última modificación |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE) | Resolución | 4.384 del la Subsecretaría de De | Establece Costos de Reproducción a Cobrar por la Entrega de la Información Solicitada en el marco de la Ley 20,285 y su Reglamento | SI | 2009-08-24 | ver enlace | |||
| Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) | Circular | N°3 de 2007 | Imparte instrucciones a los casinos en actual funcionamiento y a las sociedades operadoras de casinos en el marco de la Ley N°19,995, para la elaboración de un sistema de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo | NO | 2007-07-23 | ver enlace | |||
| Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) | Resolución Exenta | 368 | Determina costos de reproducción de solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la Superintendencia de Casinos de Juego en el marco de la aplicación de la Ley N°20.285 | NO | 2012-06-22 | ver enlace | |||
| Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) | Resolución Exenta | 378 | Determina costos de reproducción de solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante la Superintendencia de Casinos de Juego en el marco de la aplicación de la Ley N°20.285 | NO | 2009-08-06 | ver enlace | |||
| Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) | Ley | 20.220 | Perfecciona el marco legal vigente con el objeto de resguardar la seguridad del suministro a los clientes regulados y la suficiencia de los suministros eléctricos | Sí | 2007-09-14 | ver enlace | |||
| Subsecretaría de Educación | Decreto Supremo | 146 | Delega en los Secretarios Regionales Ministeriales de Educaci�n la facultad de suscribir y aprobar convenios, celebrados en el marco del programa recursos de apoyo al deporte y la recreaci�n | SI | 2011-06-16 | Ver texto vigente | |||
| Dirección General de Obras Públicas | Resolución | 2.588 | Aprueba procedimiento "Actualización y publicación mensual de información Transparencia Activa DGOP" y designa responsables de las funciones que se indican, en el marco de la Ley N 20.285 de transparencia y acceso a la información y deja sin efecto Res. Ex | NO | 2010-08-03 | Ver Documento | |||
| Dirección General de Obras Públicas | Resolución | 4839 | Designa responsables de las funciones que se indican en el marco de la implementación de la ley 20.285 de transparencia y acceso a la información publica | NO | 2009-10-15 | Ver Documento | 2010-08-03 | ||
| Dirección General de Obras Públicas | Resolución | 4335 | define equipos de trabajo en el marco del convenio desempeño colectivo año 2010 de la DGOP | NO | 2009-09-16 | Ver Documento | |||
| Subsecretaría de Telecomunicaciones | Resolución | 2614 | Instructivo para la presentación de proyectos financieros en el marco de los concursos públicos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones | Sí | 2011-06-08 | ver enlace | |||
| Subsecretaría de Telecomunicaciones | Resolución | 1125 | Instructivo para la presentación de proyectos financieros en el marco de los concursos públicos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones | Sí | 2008-09-30 | ver enlace | |||
| Subsecretaría de Telecomunicaciones | Resolución | 391 | Marco Técnico relativo a los Servicios Limitados | Sí | 1985-12-21 | ver enlace | |||
| Secretaría Regional Ministerial de Valparaíso | Decreto | 51 | Acepta renuncia voluntaria de don Marcos Aurelio Madrigal Videla al cargo de SEREMI | SI | 2011-12-31 | Si | |||
| Secretaría Regional Ministerial de Valparaíso | Decreto | 55 | Designa a don Marco Aurelio Madrigal Videla en el cargo de Secretario Regional Ministerial de la Región de Antofagasta | SI | 2010-09-11 | Si | |||
| SERVIU XI Región | Marco Normativo | ||||||||
| Subsecretaría de Bienes Nacionales | Decreto | 21 | Aprueba Reglamento que define sentido y alcance de la expresión "perdidas cuantiosas" y "secuelas" en el marco de la Ley Nº 20.385 , que faculta al Fisco para comprar y vender propiedades particulares con ocasión de la erupción del volcán Chaitén y regula | SI | 2010-05-08 | ver enlace | |||
| Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) | Decreto | 17 | Establece Tabla de Costos para el Año 2012, Que Fija los Valores de las Actividades que se Bonificarán en el Marco del Sistema de Incentivos para la Sustentabilidad Agroambiental de los Suelos Agropecuarios | Si | 2012-06-02 | ver enlace | |||
| Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) | Decreto | 77 | Establece Tabla de Costos para el Año 2010, Que Fija los Valores de las Actividades que se Bonificarán en el Marco del Sistema de Incentivos para la Sustentabilidad Agroambiental de los Suelos Agropecuarios | Si | 2010-08-18 | ver enlace | |||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Decreto | 17/2012 | ESTABLECE TABLA DE COSTOS PARA EL AÑO 2012 QUE FIJA LOS VALORES DE LAS ACTIVIDADES QUE SE BONIFICARÁN EN EL MARCO DEL SISTEMA DE INCENTIVOS PARA LA SUSTENTABILIDAD AGROAMBIENTAL DE LOS SUELOS AGROPECUARIOS | SI | 2012-06-02 | ver enlace | |||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Decreto | 0013/2011 | ESTABLECE TABLA DE COSTOS PARA EL AÑO 2011, QUE FIJA LOS VALORES DE LAS ACTIVIDADES QUE SE BONIFICARÁN EN EL MARCO DEL SISTEMA DE INCENTIVOS PARA LA SUSTENTABILIDAD AGROAMBIENTAL DE LOS SUELOS AGROPECUARIOS | SI | 2011-04-04 | ver enlace | |||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Decreto | 0077/2010 | Establece tabla de costos para el año 2010, que fija los valores de las actividades que se bonificarán en el marco del sistema de incentivos para sustentabilidad agroindustrial de los suelos agropecuarios | SI | 2010-08-18 | ver enlace | |||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Decreto | 0492/2009 | Fija tarifas por reproducción de la información solicitada al Servicio Agrícola y Ganadero en el marco de la ley 20.285 sobre acceso a la información pública | SI | 2009-11-14 | ver enlace | |||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Resolución | 6408/2012 | Extracto de resolución número 6.408 exenta, de 2012, Aprueba instructivo técnico para el muestreo y diagnóstico de Pseudomonas syringae pv. actinidae (PSA) en el marco del Control oficial de la plaga en kiwi | SI | 2012-11-07 | ver enlace | |||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Resolución | 7880/2011 | ESTABLECE CONTENIDOS MINIMOS DE CERTIFICADOS PARA USO EN AGRICULTURA ORGANICA EN EL MARCO DE LA LEY Nº 20.089 | SI | 2011-12-10 | ver enlace | |||
| Comisión Nacional de Energía (CNE) | Ley | Nº 20.220 | Perfecciona el marco legal vigente con el objeto de resguardar la seguridad del suministro a los clientes regulados y la suficiencia de los sistemas eléctricos | Sí | 2007-09-14 | ver enlace | |||
| Comisión Nacional de Energía (CNE) | Ley | Nº 20.018 | Modifica marco normativo del sector eléctrico. | Sí | 2005-05-19 | ver enlace | |||
| Comisión Nacional de Energía (CNE) | Resolución | N° 6 | Delega facultades directivas que indica a los funcionarios (as) que señala, en el marco de los dispuesto por la Ley de Presupuestos año 2013. | No | 2013-01-03 | ver enlace | |||
| Comisión Nacional de Energía (CNE) | Resolución | Nº 30 | Resolución Exenta Nº 30. Comisión Nacional de Energía. Aprueba Convocatoria para la realización de la Audiencia Pública en el marco del proceso de tarificación y expansión del Sistema de Transmisión Troncal. | No | 2011-01-13 | ver enlace | |||
| Comisión Nacional de Energía (CNE) | Resolución | Nº 506 | Resolución Exenta Nº 506. Comisión Nacional de Energía. Aprueba convocatoria para la realización de las Audiencias Públicas en el marco del proceso de determinación del Valor Anual de los Sistemas de Subtransmisión. | No | 2010-08-16 | ver enlace | |||
| Subsecretaría de Energía | LEY | Nº 20.220 | Ley Nº 20.220"Perfecciona el marco legal vigente con el objeto de resguardar la seguridad del suministro a los clientes regulados y la suficiencia de los sistemas eléctricos". | SI | 2007-09-14 | ||||
| Subsecretaría de Energía | LEY | Nº 20.018 | Ley Nº 20.018 "Modifica marco normativo del sector eléctrico". | SI | 2005-05-19 | ver enlace | |||
| Coordinación de Concesiones | Resolución | 2.588 | Aprueba procedimiento "Actualización y publicación mensual de información Transparencia Activa DGOP" y designa responsables de las funciones que se indican, en el marco de la Ley N 20.285 de transparencia y acceso a la información y deja sin efecto Res. Ex | NO | 2010-08-03 | Ver Documento | |||
| Coordinación de Concesiones | Resolución | 4839 | Designa responsables de las funciones que se indican en el marco de la implementación de la ley 20.285 de transparencia y acceso a la información publica | NO | 2009-10-15 | Ver Documento | 2010-08-03 | ||
| Coordinación de Concesiones | Resolución | 4335 | define equipos de trabajo en el marco del convenio desempeño colectivo año 2010 de la DGOP | NO | 2009-09-16 | Ver Documento | |||
Actos con efectos sobre terceros
| Servicio | Sección | Subsección | Denominación | Tipo de norma | Número | Nombre/Título | Fecha | Fecha, medio y forma de publicación | Tiene efectos generales | Fecha última modificación | Descripción | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Servicio Médico Legal (SML) | Después del 1 de septiembre de 2010 | Resolución Exenta | 9.225_2009 | ESTABLECE COSTOS DIRECTOS DE REPRODUCCIÓN EN EL MARCO DE LA LEY Nº 20285, SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA | 2009-10-21 | 09/12/2009 Publicada en Diario Oficial | Sí | ESTABLECE COSTOS DIRECTOS DE REPRODUCCIÓN EN EL MARCO DE LA LEY Nº 20285, SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA | ver enlace | |||||||
| Servicio Médico Legal (SML) | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución Exenta | 9.225_2009 | ESTABLECE COSTOS DIRECTOS DE REPRODUCCIÓN EN EL MARCO DE LA LEY Nº 20285, SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Resolución | 774 | Exenta - APRUEBA CONVENIO EL EL MARCO DEL PROGRAMA URB-ALIII | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Resolución | 878 | Exenta - DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 774/09 Y APRUEBA CONVENIO EN MARCO DEL PROGRAMA URB-ALIII | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Resolución | 953 | Exenta - APRUEBA CONVENIO TRANSFERENCIA PROYECTO "CAMPEONATO INTERNACIONAL DE ESGRIMA COPA SAN MARCOS DE ARICA 2009" | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Resolución | 1066 | Exenta - APRUEBA EL PAGO DE BONIFICACIÓN A MARCOS VARGAS DOMINGUEZ | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Resolución | 1447 | Exenta - APRUEBA MODIFICACIÓN CONVENIO MANDATO CON LA DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA - MOP REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA PROYECTO "CONSTRUCCIÓN DEPENDENCIAS CATEDRAL SAN MARCOS DE ARICA" | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Resolución | 1475 | Exenta - APRUEBA CONVENIO DE TRANSFERENCIA CON EL CLUB DEPORTIVA SAN MARCOS DE ARICA PROYECTO "CLUB DEPORTIVO SAN MARCOS DE ARICA FÚTBOL JOVEN" | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Resolución | 1785 | Exenta - CREA LA SECRETARÍA TÉCNICA DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA EN EL MARCO DEL PROGRAMA MAESTRO DE INTERVENCIÓN EN ZONAS CON PRESCENCIA DE POLIMETALES. | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Resolución | 1809 | Exenta - APRUEBA CONVENIO MARCO RELACIONES CORPORATIVAS, ACADÉMICAS Y PROFESIONALES ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE ARICA Y PARINACOTA Y LA UNIVERSIDAD DEL MAR. | ver enlace | |||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | 284 | Exenta - APRUEBA MODIFICACIÓN CONVENIO DE TRANSFERENCIA CON CLUB DEPORTIVO SAN MARCOS DE ARICA | ver enlace | ||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | 300 | Exenta - APRUEBA MODIFICACIÓN CONVENIO MANDATO CON DIRECCIÓN REGIONAL DE ARQUITECTURA, MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA PROYECTO "RESTAURACIÓN MONUMENTO NACIONAL CATEDRAL SAN MARCOS DE ARICA" | ver enlace | ||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | 617 | Exenta - CREA LA SECRETARÍA TÉCNICA DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA EN EL MARCO DEL PROGRAMA MAESTRO DE INVERSIÓN EN ZONAS CON PRESENCIA DE POLIMETALES | ver enlace | ||||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | 784 | Exenta - APRUEBA EL PAGO DE BONIFICACIÓN (DFL 15) OTORGADA POR RESOL. 568/10 A DON MARCOS HUMIRE FLORES | ver enlace | ||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Resolución Exenta | 489 | Determina costos directos de reproducción por entrega de información en el marco de la Ley de Transparencia Nro. 20.285. | 2009-08-07 | 10/08/2009, Banner Gobierno Transparente | Sí | Determina costos directos de reproducción por entrega de información en el marco de la Ley de Transparencia Nro. 20.285. | ver enlace | ||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Junio | DECRETO EXENTO | 2275 | DIV.SEGUR.PUBLICA:Aprueba Modificaci�n de Convenio de Colaboraci�n Financiera entre el Ministerio del Interior y la Municipalidad de Talcahuano para la implementaci�n de proyectos de infraestructura comunitaria en el marco del Programa Chile+Seguro | 2009-05-22 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Junio | DECRETO EXENTO | 2275 | DIV.SEGUR.PUBLICA:Aprueba Modificaci�n de Convenio de Colaboraci�n Financiera entre el Ministerio del Interior y la Municipalidad de Talcahuano para la implementaci�n de proyectos de infraestructura comunitaria en el marco del Programa Chile+Seguro | 2009-05-22 | (*) | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Julio | RESOLUCION EXENTA | 4132 | DECLARA CALIDAD DE EXONERADO POLITICO DE MARCOLIN JESUS GALAZ GALVEZ | 2009-06-24 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Julio | RESOLUCION EXENTA | 4150 | DECLARA CALIDAD DE EXONERADO POLITICO DE MARCO ENRIQUE LOBOS FAUNDEZ | 2009-06-24 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Septiembre | RESOLUCION EXENTA | 53205 | EXTRANJERIA: APLICA SANCION A EMPLEADOR MARCO AURELIO LOPEZ MU�OZ | 2009-09-01 | (*) | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Septiembre | RESOLUCION EXENTA | 54166 | EXTRANJERIA: APLICA SANCION QUE INDICA A EXTRANJERO PINEDO VERAMENDI Marcos | 2009-09-03 | (*) | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Noviembre | RESOLUCION EXENTA | 64341 | EXTRANJERIA: PRORROGA VISACION A RESIDENTE EXTRANJERO BARRERA VESQUEZ, Marco Antonio | 2009-10-16 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Noviembre | RESOLUCION EXENTA | 64341 | EXTRANJERIA: PRORROGA VISACION A RESIDENTE EXTRANJERO BARRERA VESQUEZ, Marco Antonio | 2009-10-16 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Noviembre | RESOLUCION EXENTA | 64873 | EXTRANJERIA: MODIFICA RESOLUCION EN CUANTO A NOMBRES APAZA BERNAL, Marco Luis | 2009-10-20 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Noviembre | RESOLUCION EXENTA | 65141 | EXTRANJERIA: OTORGA VISACION A RESIDENTE EXTRANJERO BALDERA MORALES, Jose Carlos; BALDERA MORALES, Marcos; MORALES MEDINA, Irma Fidela | 2009-10-20 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Noviembre | RESOLUCION EXENTA | 64873 | EXTRANJERIA: MODIFICA RESOLUCION EN CUANTO A NOMBRES APAZA BERNAL, Marco Luis | 2009-10-20 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Noviembre | RESOLUCION EXENTA | 65141 | EXTRANJERIA: OTORGA VISACION A RESIDENTE EXTRANJERO BALDERA MORALES, Jose Carlos; BALDERA MORALES, Marcos; MORALES MEDINA, Irma Fidela | 2009-10-20 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Noviembre | RESOLUCION EXENTA | 65563 | EXTRANJERIA: CONCEDE PRORROGA DE TURISMO A EXTRANJERO DE OLIVEIRA MACHADO, Marcos Aurelio | 2009-10-22 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2009 | Noviembre | RESOLUCION EXENTA | 65580 | EXTRANJERIA: OTORGA AUTORIZACION PARA TRABAJAR COMO TURISTA A EXTRANJERO PE�A MARCOS, Sergio | 2009-10-22 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION | 10054 | DECLARA CALIDAD DE EXONERADO POLITICO Y CONCEDE BENEFICIO QUE INDICA A MARCO ANTONIO PE�A CHACON | 2009-11-13 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION | 10390 | DECLARA CALIDAD DE EXONERADO POLITICO Y CONCEDE BENEFICIO QUE INDICA A MARCO VASQUEZ URIBE | 2009-11-20 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION EXENTA | 11512 | EXTRANJERIA: APLICA AMONESTACION A EXTRANJERO ANGULO LONDO�O, Marco Tulio | 2010-03-01 | (*) | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION EXENTA | 11965 | EXTRANJERIA: CONCEDE PRORROGA DE TURISMO A EXTRANJERO G�TTLING, Marco Andres | 2010-03-02 | (*) | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION EXENTA | 12173 | EXTRANJERIA: OTORGA AUTORIZACION PARA TRABAJAR COMO TURISTA A EXTRANJERO ZELDA DOMINGUEZ Marco Antonio | 2010-03-03 | (*) | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION EXENTA | 12322 | EXTRANJERIA: APLICA AMONESTACION A EXTRANJERO VILLANUEVA CORTIJO Marcos Antonio | 2010-03-04 | (*) | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION EXENTA | 30601 | EXTRANJERIA: FELIX, Pedro Jose, FELIX MOLINERO, Marcos Lawrence, MOLINERO ROLDAN, Angeles | 2010-07-01 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION EXENTA | 26297 | EXTRANJERIA: GRANADOS CHINCHAY, Marcos Edgar | 2010-07-01 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría del Interior | 2010 | Antes del 1 de septiembre de 2010 | RESOLUCION EXENTA | 39168 | EXTRANJERIA: GONGORA ORDO�EZ, Jhan Marco | 2010-07-08 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE) | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | 4384 del la Subsecretaría de Des | Establece Costos de Reproducción a Cobrar por la Entrega de la Información Solicitada en el marco de la Ley 20,285 y su Reglamento | ver enlace | |||||||||||
| Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE) | Después del 1 de septiembre de 2010 | Reconocimiento de derechos | Resolución | 4384 del la Subsecretaría de Des | Establece Costos de Reproducción a Cobrar por la Entrega de la Información Solicitada en el marco de la Ley 20,285 y su Reglamento | 2009-07-28 | 24-08-2009 Diario Oficial | Sí | Establece Costos de Reproducción a Cobrar por la Entrega de la Información Solicitada en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (fotocopias) | ver enlace | ||||||
| Servicio Electoral (SERVEL) | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | EX. 0087 | Adjudica contrato para la prestación de un servicio de almuerzo para el personal del Servicio Electoral, con el proveedor "Marcos Vargas y Compañía Limitada". | ver enlace | |||||||||||
| Servicio Electoral (SERVEL) | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | O 0044 | Aprueba Cuenta de Ruben Marco Quilapi Cabrapan | ver enlace | |||||||||||
| Servicio Electoral (SERVEL) | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | O 0125 | Aprueba Cuenta de MARCOS ANTONIO SIMUNOVIC PETRICIO | ver enlace | |||||||||||
| Servicio Electoral (SERVEL) | Antes del 1 de septiembre de 2010 | Resolución | O 0849 | Aprueba Cuenta de MARCOS ANDRES ESPINOSA MONARDES | ver enlace | |||||||||||
| Intendencia Arica y Parinacota | 2009 | Mayo | RESOLUCION EXENTA | 697 | APLICA MULTA A DON MARCO ARZANI REBAZA, POR RESIDENCIA ILEGAL Y POR TRABAJAR SIN AUTORIZACI�N. | 0002-11-30 | Ver enlace | |||||||||
| Intendencia Arica y Parinacota | 2009 | Mayo | RESOLUCION EXENTA | 720 | APLICA MULTA A DON MARCOS VARGAS SOTO, POR RESIDENCIA ILEGAL Y POR TRABAJAR SIN AUTORIZACI�N. | 0002-11-30 | Ver enlace | |||||||||
| Intendencia Metropolitana | 2009 | Noviembre | Conformidad | 1084 | "CARAVANA POR MARCO" por Comando Presidencial Marco 2010 el 13 de noviembre de 2009. | 2009-11-09 | Ver enlace | |||||||||
| Gobernación de Ñuble | 2009 | Diciembre | Resoluci�n Exenta | 1464 | Autoriza actividades en el marco de Ley 18.700, a Sr. Marcelo del Valle Lagos, Comando campa�a candidato a la Presidencia de don Marco Enrique Ominami el d�a 05/12/2009, Chill�n | 2009-12-04 | Ver enlace | |||||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Años 2009 al 2012 | SEREMI XIII Región Metropolitana | Convenios | Resolución | 2497 | Deja sin efecto Resolución 1151 de 17.05.11 por errores de transcripción en el nombre de fantasía del suscriptor del Convenio Marco Único Regional EGIS/PSAT con "Aksa Consultores Limitada y aprueba Convenio Marco Único con "F Y S Consultores Ltda." | 2011-11-07 | 07-11-2011 "notificada" | No | Deja sin efecto Resolución 1151 de 17.05.11 por errores de transcripción en el nombre de fantasía del suscriptor del Convenio Marco Único Regional EGIS/PSAT con "Aksa Consultores Limitada y aprueba Convenio Marco Único con "F Y S Consultores Ltda." | ver enlace | |||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Años 2009 al 2012 | SEREMI XIII Región Metropolitana | Convenios | Resolución | 433 | Deja sin efecto Resolución que indica por errores de transcripción en fecha de suscripsión de Convenio Marco Único Regional EGIS/PSAT y aprueba Convenio Marco suscrito con Inversiones de Gestión Social La Estrella Limitada o Inverge Ltda | 2012-03-12 | 12/03/2012 "ratificada" | No | Deja sin efecto Resolución que indica por errores de transcripción en fecha de suscripsión de Convenio Marco Único Regional EGIS/PSAT y aprueba Convenio Marco suscrito con Inversiones de Gestión Social La Estrella Limitada o Inverge Ltda | ver enlace | |||||
| Ver más resultados | ||||||||||||||||
Dotación de planta
| Servicio | Sección | Subsección | Estamento | Apellido paterno | Apellido materno | Nombres | Grado EUS | Calificación profesional o formación | Cargo | Región | Asignaciones especiales | Unidad monetaria | Remuneración Bruta Mensualizada | Horas extraordinarias | Fecha de inicio | Fecha de término | Observaciones | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2012 | Directivo | Gutierrez | Faundez | Marco Antonio | 4 | Ingeniero Civil en Computación e Informática, Especialista en Inteligencia de Negocios | Jefe División Análisis y C. de Gestión | 2 | (1) | Pesos | No | 18/07/2011 | 30/04/2012 | 9 | ||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2012 | Auxiliar | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 21 | Técnico en Alimentos | Administrativo Consejo Regional | 2 | (1) | Pesos | No | 01/08/1996 | 31/12/2008 | 3 | ||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2008 | Auxiliar | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 22 | 01/08/1996 | Indefinido | |||||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2011 | Directivo | Gutierrez | Faundez | Marco Antonio | 4 | Ingeniero Civil en Computación e Informática, Especialista en Inteligencia de Negocios | Jefe División Análisis y C. de Gestión | 2 | (5) | Pesos | 4752093 | No | 18/07/2011 | Indefinido | 3 | |||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2011 | Auxiliar | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 21 | Técnico en Alimentos | Administrativo Consejo Regional | 2 | (1) | Pesos | No | 01/08/1996 | 31/12/2008 | 3 | ||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2010 | Auxiliar | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 22 | Técnico en Alimentos | Administrativo Consejo Regional | 2 | 0 | Pesos | No | 01/08/1996 | 31/12/2008 | 3 | ||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2009 | Auxiliar | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 22 | Administrativo Consejo Regional | 2 | 01/08/1996 | 31/12/2008 | |||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2007 | Auxiliar | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 22 | 01/08/1996 | 31/07/2007 | 3 | ||||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2006 | Auxiliar | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 22 | 01/08/1996 | 31/07/2006 | 3 | ||||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2006 | TECNICO | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 15 | 01 | 15/02/1993 | Indefinido | SUPLENCIA INTERNA | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2006 | AUXILIARES | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 20 | 00 | 01/04/1994 | Indefinido | SUPLENCIA INTERNA | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2007 | TECNICO | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 15 | 1 | 15/02/1993 | Indefinido | suplente interno | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2007 | AUXILIARES | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 20 | 0 | 01/04/1994 | Indefinido | suplente interno | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2008 | TECNICO | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 15 | 15 | 15/02/1993 | Indefinido | Suplente Interno | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2008 | AUXILIARES | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 20 | 0 | 01/04/1994 | Indefinido | Suplente Interno | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Julio | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2011 | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | REGION DE TARAPACA | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Marzo | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | REGION DE TARAPACA | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Junio | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Febrero | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | REGION DE TARAPACA | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Mayo | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2009 | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | Profesional | I | 01/02/1997 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca- Artculo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | ||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2009 | Técnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 15 | Técnico | XV | 15/02/1993 | Indefinido | Suplente Interno | ||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2009 | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 20 | Auxiliar | DN | 01/04/1994 | Indefinido | Suplente Interno | ||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2010 | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | REGION DE TARAPACA | (1) | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca- Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Enero | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | REGION DE TARAPACA | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Agosto | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Noviembre | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Octubre | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Septiembre | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Abril | Profesional | SOTO | DIAZ | MARCO ANTONIO | 16 | BIOLOGO MARINO | DESEMPEÑA CARGO EN OTRA INSTITUCION | REGION DE TARAPACA | (20) | Pesos | No | 15/09/1998 | Indefinido | No recibe remuneración de Sernapesca Artículo 87 letra e) del DFL 29, de 2005, texto refundido del Estatuto Administrativo | |||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2006 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 13 | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2007 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 13 | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2008 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 04/08/1976 | Indefinido | |||||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2009 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | FISCAL VALORES | RM | 04/08/1976 | Indefinido | |||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2010 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | ABOGADO | FISCAL VALORES | RM | 2 | Pesos | 5369826 | No | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2011 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | ABOGADO | FISCAL VALORES | RM | 2 | Pesos | 5648660 | No | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2012 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | ABOGADO | FISCAL VALORES | RM | 2 | Pesos | 5931095 | No | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2013 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | ABOGADO | FISCAL VALORES | RM | 2 | Pesos | 5931095 | No | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2006 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 13 | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2007 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 13 | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2008 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 04/08/1976 | Indefinido | |||||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2009 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | FISCAL VALORES | RM | 04/08/1976 | Indefinido | |||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2010 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | ABOGADO | FISCAL VALORES | RM | 2 | Pesos | 5369826 | No | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2011 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | ABOGADO | FISCAL VALORES | RM | 2 | Pesos | 5648660 | No | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2012 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | ABOGADO | FISCAL VALORES | RM | 2 | Pesos | 5931095 | No | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2013 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | ABOGADO | FISCAL VALORES | RM | 2 | Pesos | 5931095 | No | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2006 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 13 | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2007 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 13 | 04/08/1976 | Indefinido | ||||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Año 2008 | DIRECTIVO | MASSARENTE | SILVA | ARMANDO MARCOS | 3 | 04/08/1976 | Indefinido | |||||||||||||
| Ver más resultados | |||||||||||||||||||||
Dotación a contrata
| Servicio | Sección | Subsección | Estamento | Apellido paterno | Apellido materno | Nombres | Grado EUS | Calificación profesional o formación | Cargo | Región | Asignaciones especiales | Unidad monetaria | Remuneración Bruta Mensualizada | Horas extraordinarias | Fecha de inicio | Fecha de término | Observaciones | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2010 | Administrativo | Olivares | Ahumada | Marco Antonio | 17 | Enseñanza Media | Conductor | 2 | 0 | Pesos | 1303173 | Si | 01/01/2010 | 31/12/2010 | ||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2010 | Administrativo | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 17 | Tecnico en Alimentos | Administrativo Consejo Regional | 2 | 16595 | Pesos | 1274832 | Si | 01/01/2009 | 31/12/2010 | 3 | |||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2009 | Administrativo | Olivares | Ahumada | Marco Antonio | 17 | Conductor | 2 | 01/01/2009 | 31/12/2009 | |||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2009 | Administrativo | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 17 | Administrativo Consejo Regional | 2 | 01/01/2009 | 31/12/2009 | |||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2011 | Profesional | Gutierrez | Faundez | Marco Antonio | 4 | Ingeniero Civil en Computación e Informática, Especialista en Inteligencia de Negocios | Asesor Sr. Intendente Regional | 2 | (1) | Pesos | No | 01/06/2011 | 17/07/2011 | 8 | ||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2011 | Administrativo | Olivares | Ahumada | Marco Antonio | 17 | Enseñanza Media | Conductor | 2 | (2) | Pesos | 1400916 | Si | 01/01/2011 | 31/12/2011 | 7 | |||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2011 | Administrativo | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 17 | Tecnico en Alimentos | Administrativo Consejo Regional | 2 | (2) | Pesos | 1224696 | Si | 01/01/2009 | 31/12/2011 | 3 | |||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2006 | Administrativo | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 15 | 01/08/2006 | 31/12/2006 | 3 | ||||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2007 | Administrativo | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 18 | 01/08/2007 | 31/12/2007 | 3 | ||||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2007 | Auxiliar | Olivares | Ahumada | Marco Antonio | 22 | 01/09/2007 | 31/12/2007 | |||||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2008 | Auxiliar | Olivares | Ahumada | Marco Antonio | 22 | 01/01/2008 | 31/12/2008 | |||||||||||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2012 | Administrativo | Olivares | Ahumada | Marco Antonio | 17 | Enseñanza Media | Conductor | 2 | (2) (6) | Pesos | 598914 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | 7 | |||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2012 | Administrativo | Quinteros | Gandolfo | Marco Antonio | 17 | Tecnico en Alimentos | Administrativo Consejo Regional | 2 | (2) (6) | Pesos | 512987 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | 3 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Noviembre | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO/A PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQ | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9) | Pesos | 878789 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Noviembre | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12) | Pesos | 855512 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Noviembre | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9) | Pesos | 533546 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Octubre | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO/A PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQ | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9) | Pesos | 878789 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Octubre | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12) | Pesos | 855512 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Octubre | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9) | Pesos | 533546 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Septiembre | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO/A PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQ | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9)(16)(20) | Pesos | 916458 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Septiembre | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12)(20) | Pesos | 909587 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Septiembre | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9)(20) | Pesos | 587621 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Julio | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9) | Pesos | 878789 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Julio | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12) | Pesos | 855512 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Julio | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9) | Pesos | 533546 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Agosto | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9) | Pesos | 878789 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Agosto | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12) | Pesos | 855512 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Agosto | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9) | Pesos | 533546 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Febrero | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9) | Pesos | 822486 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Febrero | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12) | Pesos | 660404 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Febrero | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9) | Pesos | 406722 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Mayo | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | Pesos | 927735 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Mayo | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | Pesos | 855512 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Mayo | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | Pesos | 756559 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Marzo | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9)(16)(19)(20) | Pesos | 1372057 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Marzo | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12)(20) | Pesos | 1245728 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Marzo | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9)(18)(19)(20) | Pesos | 1092350 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Enero | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9) | Pesos | 658520 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Enero | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12) | Pesos | 660404 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Enero | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9) | Pesos | 406722 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2011 | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9)(16)(20) | Pesos | 1611195 | No | 01/01/2011 | 31/12/2011 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2011 | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12)(20) | Pesos | 1389211 | No | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2011 | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9)(20) | Pesos | 1512629 | Si | 01/01/2011 | 31/12/2011 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Abril | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9)(20) | Pesos | 832685 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Abril | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12)(20) | Pesos | 938192 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Abril | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9)(20) | Pesos | 780073 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Junio | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(9)(16)(19)(20) | Pesos | 931519 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Junio | Tecnico | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | 18 | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR | TECNICO PROGRAMA FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | REGION DEL BIO-BIO | (2)(6)(8)(10)(12)(20) | Pesos | 855512 | No | 01/01/2012 | 31/12/2012 | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | Junio | Auxiliar | JIMENEZ | GALEA | MARCO ANTONIO | 19 | EDUCACION MEDIA | AUXILIAR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO | REGION DE VALPARAISO (DIRECCION NACIONAL) | (2)(9)(19)(20) | Pesos | 559911 | Si | 01/01/2012 | 31/12/2012 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | ||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2010 | Tecnico | SAAVEDRA | VELASQUEZ | MARCOS ENRIQUE | 14 | TECNICO EN PROGRAMACION | ENCARGADO PROGRAMA SISTEMAS DE INFORMACION Y ESTADISTICAS PESQUE | REGION DE ARICA Y PARINACOTA | (2)(6)(7)(8)(11)(14)(19)(23)(24)(25)(27)(28)(30) | Pesos | 1396196 | No | 01/03/2010 | 31/12/2010 | Conserva en propiedad su cargo de planta, de conformidad al artículo N°87 del DFL N°29 de 2004, del Ministerio e Hacienda | |||||
| Ver más resultados | |||||||||||||||||||||
Dotación a honorarios
| Servicio | Sección | Subsección | Apellido paterno | Apellido materno | Nombres | Descripción de la funcion | Calificación profesional | Grado EUS | Región | Unidad monetaria | Honorario total bruto | Pago mensual | Fecha de inicio | Fecha de término | Observaciones | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2011 | Gutierrez | Faundez | Marco Antonio | Generar documentos especializados para el proceso de gestión de acuerdo a las necesidades de conocimiento, información y datos requeridos por el Sr. Intendente Regional. Además, gestionar aquellas actividades y tareas relacionadas con la racionalización, optimización y automatización de los procesos de planificación, análisis, control de gestión, administración y finanzas. Asimismo, reportará informes ejecutivos mensuales al Sr. Intendente Regional. | Ingeniero Civil en Computación e Informática, especialista en Inteligencia de Negocios | No se encuentra asimilado a Grado | 2 | Pesos | 2292400 | Si | 01/01/2011 | 31/05/2011 | Renuncia voluntaria a contar del 01/06/2011 | |||||
| Gobierno Regional de Antofagasta | Año 2007 | Crutchik | Norambuena | Marcos | 01/02/2007 | 31/12/2007 | |||||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2012 | CONCHA | FABREGA | MARCOS ALFREDO | APOYAR LA GESTION DE LA UNIDAD DE SALUD ANIMAL | TECNICO DE NIVEL SUPERIOR EN PESCA | No corresponde | REGION DE LOS LAGOS | Pesos | 578527 | Si | 02/01/2012 | 31/12/2012 | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2009 | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | APOYAR LA GESTION DEL DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | TECNOLOGO EN RECURSOS DEL MAR (E) | VIII | Pesos | 552 | 01/01/2009 | 28/02/2009 | ||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2009 | CONCHA | FABREGA | MARCOS ALFREDO | APOYAR LA GESTION DEL DEPARTAMENTO DE SANIDAD PESQUERA | TECNICO PESQUERO | X | Pesos | 506 | 01/01/2009 | 31/12/2009 | ||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2009 | SAAVEDRA | ITURRIETA | MARCO ANTONIO | APOYAR LA GESTION DE LA UNIDAD DE PLANIFICACION - EVALUACION Y CONSTRUCCION DE BALANCE SCORE CARD PARA SERNAPESCA (ASESORIA) | INGENIERO COMERCIAL | DN | Pesos | 1 | 02/02/2009 | 30/03/2009 | LEVANTAMIENTO Y ANILISIS DEL TABLERO DE COMANDO INTEGRAL DEL SERVICIO NACIONAL DE PESCA | |||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2009 | TRONCOSO | VALENZUELA | MARCOS ANTONIO | APOYAR LA GESTION DE LA UNIDAD DE ACUICULTURA | BIOLOGO MARINO | XIV | Pesos | 494 | 01/01/2009 | 31/12/2009 | ||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2009 | YAÑEZ | GOMEZ | MARCOS ANTONIO | APOYAR LA GESTION DEL DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | INGENIERIA EN MEDIO AMBIENTE Y MANEJO COSTERO (E) | X | Pesos | 470 | 01/01/2009 | 31/12/2009 | ||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2010 | CONCHA | FABREGA | MARCOS ALFREDO | APOYAR LA GESTION DE LA UNIDAD DE ACUICULTURA | TECNICO PESQUERO | No corresponde | REGION DE LOS LAGOS | Pesos | 528770 | Si | 01/01/2010 | 31/12/2010 | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2010 | TRONCOSO | VALENZUELA | MARCOS ANTONIO | APOYAR LA GESTION DEL DEPARTAMENTO DE FISCALIZACION E INSPECCION PESQUERA | BIOLOGO MARINO | No corresponde | REGION DE LOS RIOS | Pesos | 517086 | Si | 01/01/2010 | 31/12/2010 | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2011 | CONCHA | FABREGA | MARCOS ALFREDO | APOYAR LA GESTION DE LA UNIDAD DE SALUD ANIMAL | TECNICO DE NIVEL SUPERIOR EN PESCA | No corresponde | REGION DE LOS LAGOS | Pesos | 550978 | Si | 03/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2011 | PINEDA | SOLAR | MARCO ANTONIO | APOYAR LA LABOR DE FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN PESQUERA RAE PELÁGICO | INGENIERO DE EJECUCION EN ACUICULTURA | No corresponde | REGION DEL BIO - BIO | Pesos | 212221 | Si | 01/03/2011 | 13/03/2011 | PROPORCIONAL DIAS TRABAJADOS. | |||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2008 | AGUILA | INOSTROZA | MARCO ANTONIO | ARQUITECTO | 10 | 01/10/2008 | 31/12/2008 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2008 | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | TECNOLOGO MARINO | 8 | 01/01/2008 | 31/12/2008 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2008 | CONCHA | FABREGA | MARCOS ALFREDO | TECNICO PESQUERO | 10 | 09/10/2008 | 31/12/2008 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2008 | ILABACA | CERDA | MARCOS ARTEMIO | ABOGADO | 14 | 01/01/2008 | 30/06/2008 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2008 | TRONCOSO | VALENZUELA | MARCOS ANTONIO | BIOLOGO MARINO | 14 | 01/10/2008 | 31/12/2008 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2008 | YAÑEZ | GOMEZ | MARCOS ANTONIO | INGENIERIA EN MEDIO AMBIENTE Y MANEJO COSTERO (E ) | 10 | 01/05/2008 | 31/12/2008 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2006 | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | EGRESADO DE TEC. EN RECURSOS DEL MAR | 8 | 08/03/2006 | 31/12/2006 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2006 | ILABACA | CERDA | MARCOS ARTEMIO | ABOGADO | 10 | 08/03/2006 | 21/03/2006 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2006 | ILABACA | CERDA | MARCOS ARTEMIO | ABOGADO | 10 | 10/07/2006 | 31/12/2006 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2006 | RIQUELME | BUSTOS | MARCO EDGARDO | INGENIERO EJEC. EN GESTION PESQUERA | 10 | 08/03/2006 | 06/07/2006 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2006 | VERA | GORNALL | MARCO ANTONIO | SIN PROFESION | 8 | 08/04/2006 | 30/04/2006 | |||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2007 | BUSTOS | BELTRAN | MARCO ANTONIO | EGRESADO DE Téc. EN RECURSOS DEL MAR | 08 | |||||||||||||
| Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) | Año 2007 | ILABACA | CERDA | MARCOS ARTEMIO | 10 | ||||||||||||||
| Subsecretaría de Defensa | 2013 | Enero | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | |||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Enero | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | |||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Febrero | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | |||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Marzo | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | |||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Abril | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Mayo | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Junio | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Julio | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Agosto | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Septiembre | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Octubre | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Noviembre | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Subsecretaría de Defensa | 2012 | Diciembre | REYES | MUÑOZ | MARCOS DANIEL | Realizar labores y funciones que demanda el Sistema de Acceso a la Información Pública y efectuar el diagnóstico de la situación actual de los Subsistemas que se derivan de éste: Gestión de Documentos y Archivos; Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública y Transparencia Activa. | Periodista y Licenciado en Comunicación Social. Magister en Comunicación Estratégica y Responsabilidad Social Empresarial. | NO | RM | Pesos | 1365000 | SI | 01/01/2012 | 30/06/2012 | Cese de funciones por renuncia al cargo, con fecha 30.ABR.2012 | ||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2008 | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | APOYO LOGISTICO DE EVENTOS | EXPERTO | XV | Pesos | 02/01/2008 | 31/12/2008 | |||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | GESTION TERRITORIAL | EXPERTO | XV | Pesos | 550000 | 01/01/2009 | 31/12/2009 | ||||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2010 | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | GESTION TERRITORIAL | EXPERTO | XV | Pesos | 650000 | SI | 01/01/2010 | 30/11/2010 | Termino anticipado de contrato | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Enero | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | XV | Pesos | 677300 | SI | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Febrero | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | XV | Pesos | 677300 | SI | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Marzo | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | XV | Pesos | 677300 | SI | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Abril | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | XV | Pesos | 677300 | SI | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Mayo | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | XV | Pesos | 677300 | SI | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Junio | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | XV | Pesos | 677300 | SI | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Julio | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | XV | Pesos | 677300 | SI | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Agosto | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | XV | Pesos | 677300 | SI | 01/01/2011 | 31/12/2011 | ||||||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2011 | Septiembre | ROMERO | RIVAS | MARCOS RAMON | MANTENCION | EXPERTO | No Aplica | XV | Pesos | 713175 | SI | 01/01/2011 | 30/09/2011 | MONTO INCLUYE UN BONO DE SEPTIEMBRE DE $35.875. PASA A CONTRATA A CONTAR DEL 01-10-2011 | ||||
| Ver más resultados | |||||||||||||||||||
Otros contratos sujetos al Código del Trabajo
| Servicio | Sección | Subsección | Estamento | Apellido paterno | Apellido materno | Nombres | Grado EUS | Calificación profesional o formación | Cargo | Región | Asignaciones especiales | Unidad monetaria | Remuneración Bruta Mensualizada | Horas extraordinarias | Fecha de inicio | Fecha de término | Observaciones | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Los Lagos | Año 2006 | Profesional | Cid | Bascur | Marco Antonio | 8 | 10 | 01/01/2006 | 30/04/2006 | 1 | |||||||||||
| Gobierno Regional de Aysén | Año 2010 | Gallegos | Rodriguez | Marcos Ismael | 4 | Abogado | Secretario Ejecutivo | XI | (6) | Pesos | No | 26/05/2010 | 26/05/2010 | Asimilado a Grado 4 | |||||||
| Gobierno Regional de Aysén | Año 2011 | Gallegos | Rodriguez | Marcos | 4° | Abogado | Secretario Ejecutivo | Xi | (6) | Pesos | 632922 | No | 31/05/2011 | 06/06/2011 | Asimilado a Grado 4 | ||||||
| Gobierno Regional de Aysén | Año 2011 | Gallegos | Rodriguez | Marcos | 4° | Abogado | Secretario Ejecutivo | Xi | (6) | Pesos | 632922 | No | 20/06/2011 | 28/06/2011 | Asimilado a Grado 4 | ||||||
| Gobierno Regional de Aysén | Año 2012 | Gallegos | Rodriguez | Marcos Ismael | 4° | Abogado | Secretario Ejecutivo | XI | Pesos | No | 21/02/2012 | 01/03/2012 | Asimilado a Grado 4 | ||||||||
| Gobierno Regional de Aysén | Año 2012 | Gallegos | Rodriguez | Marcos Ismael | 4° | Abogado | Secretario Ejecutivo | XI | Pesos | No | 27/08/2012 | 27/08/2012 | Asimilado a Grado 4 | ||||||||
| Subsecretaría de Relaciones Exteriores | Año 2009 | Torres | Astorga | Marco Antonio | NO A | Secretario Administrativo | ARGENTINA | Dólar USA | 1392 | 01/07/2003 | Indefinido | ||||||||||
| Ejército de Chile | Institucionales | Araneda | Lincopi | Marco Antonio | Gr A | Enseñanza Básica | Albañil Regimiento Reforzado N° 7 "Chacabuco" | VIII | Sin Asignaciones | Pesos | 321482 |
No
| 01/10/1997 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Institucionales | Cortés | Oliva | Marco Antonio | Gr A | Enseñanza Básica | Asistente mozo Regimiento de Infantería N° 9 "Chillán" | VIII | Sin Asignaciones | Pesos | 319162 |
No
| 01/03/2003 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Bienestar del Ejército | Becerra | Bustos | Marco Antonio | Técnico | Maestro de cocina Club de Campo Peñalolén | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 437972 |
NO
| 01/09/2007 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Bienestar del Ejército | Cerda | Lizana | Marco | Enseñanza Media | Recepcionista -conductor vehículo motorizado Club Militar de Chi | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 631857 |
NO
| 09/04/1996 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Bienestar del Ejército | Coronil | Ramírez | Marcos Jaime | Enseñanza Media | Mayordomo Jefatura Habitacional | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 317852 |
NO
| 01/07/2012 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Bienestar del Ejército | Ponce | Inostroza | Marco Antonio | Enseñanza Media | Maestro de Cocina Club Militar de Chile | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 331163 |
NO
| 01/12/2011 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Bienestar del Ejército | Sepúlveda | Faúndez | Marco Antonio | Enseñanza Media | Salvavida y Mantención del Centro Recreacional Quilimarí | V | Sin Asignaciones | Pesos | 367500 |
NO
| 01/12/2011 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Salud del Ejército | Marcos | Díaz | Sabrina Elizabeth | Técnico | Asistente dental | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 464698 |
NO
| 01/07/2005 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Salud del Ejército | Herrera | Muñiz | Marco Antonio | Administrativo | Jefe sección contabilidad. | II | Sin Asignaciones | Pesos | 922553 |
NO
| 01/08/2007 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Salud del Ejército | Carreño | Barrueto | Cristián Marcos | Administrativo | Sección Inventarios. | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 480496 |
NO
| 17/01/1994 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Salud del Ejército | Pavez | Romero | Marcos Orlando | Técnico | Auxiliar de enfermería unidad cuidados especiales. | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 803245 |
NO
| 05/10/1994 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando General de Personal | Comando de Salud del Ejército | Torres | Quezada | Rubén Marcos | Profesional | Tecnólogo médico - laboratorio clínico. | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 1497437 |
NO
| 01/01/1999 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando de Apoyo a la Fuerza | Comando de Ingenieros | Barrientos | Torres | Marco Hipólito | Enseñanza Básica | Carpintero de puentes. | XII | Sin Asignaciones | Pesos | 1050000 |
NO
| 01/05/2012 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | Comando de Apoyo a la Fuerza | Comando de Ingenieros | Ortega | Rodríguez | Marcos Emilio | Enseñanza Básica | Carpintero. | XII | Sin Asignaciones | Pesos | 605154 |
NO
| 04/03/2013 | 30/06/2013 | |||||||
| Ejército de Chile | Comando de Apoyo a la Fuerza | Comando de Industria Militar e Ingeniería | Rojas | Carrasco | Marco Antonio | Técnico | Analista de vestuario y equipo | RM | Sin Asignaciones | Pesos | 518487 |
NO
| 04/04/2011 | Indefinido | |||||||
| Ejército de Chile | V División de Ejército | Cuartel General de la V DE | Andrade | Torres | Marcos Antonio | Enseñanza Básica | Trabajador agrícola de los Predios Militares de Santa María y En | XII | Sin Asignaciones | Pesos | 351078 | SI | 11/10/2011 | Indefinido | |||||||
| Armada de Chile | Armada | Armada | GOMEZ | RUIZ | MARCO ANTONIO | OO.T | OO.TT | GARZON | X | $ 44.529 | Peso | 318557 | No | 16/01/2005 | Indefinido | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Armada | JAQUE | RIVEROS | MARCO ANTONIO | OO.T | OO.TT | SERVICIOS GENERAL | V | NO RECIBIO ASIGNACION ESPECIAL | Peso | 449075 | No | 01/01/1996 | Indefinido | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Armada | LAZCANO | CASTRO | MARCO ANTONIO | OO.T | OO.TT | ASEADOR | V | NO RECIBIO ASIGNACION ESPECIAL | Peso | 279350 | No | 01/10/2011 | Indefinido | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Armada | URZUA | VASQUEZ | MARCO ANTONIO | OO.T | OO.TT | PANADERO | V | NO RECIBIO ASIGNACION ESPECIAL | Peso | 435185 | No | 01/10/2010 | Indefinido | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Direcci�n de Bienestar de la Armada | DUARTE | DEL CANTO | MARCOS MANUEL | SALVAVIDAS PART-TIME | V | No | Pesos | 27150 | No | 24/11/2012 | 03/03/2013 | ||||||||
| Armada de Chile | Armada | Direcci�n de Bienestar de la Armada | MONDACA | MONTOYA | MARCO ANTONIO | CAJERO VENDEDOR | V | No | Pesos | 234716 | No | 04/02/2013 | 30/04/2013 | ||||||||
| Armada de Chile | Armada | Direcci�n de Bienestar de la Armada | OJEDA | CISTERNAS | MARCO ANTONIO | ENSE | SERV. GENERALES Y MANTENCION | V | No | Pesos | 277555 | 47.594 | 02/01/2012 | Indefinido | |||||||
| Armada de Chile | Armada | Direcci�n de Bienestar de la Armada | RIQUELME | PUEYES | MARCO ANTONIO | SERVICIOS GENERALES | V | 16.121 | Pesos | 327350 | No | 08/02/1999 | Indefinido | ||||||||
| Armada de Chile | Armada | Direcci�n de Bienestar de la Armada | GELDUN | PINOCHET | MARCO | CONS | INSPECTOR TECNICO DE OBRAS | XII | 100.345 | Pesos | 872326 | No | 01/09/2004 | Indefinido | |||||||
| Armada de Chile | Armada | Direcci�n de Bienestar de la Armada | GONZALEZ | BULJAN | MARCO ANTONIO | INGE | JEFE INFRAESTRUCTURA | V | 71.675 | Pesos | 1411509 | No | 03/07/2012 | Indefinido | |||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | QUEZADA | OSORIO | MARCO | Auxi | Auxiliar de Servicio | V | $ 77.828 | Pesos | 369058 | No | 01/02/1991 | Indefinido | 30 días trabajados | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | CARRASCO | CANELO | MARCOS PATRICIO | Admi | Administrativo | V | Pesos | 447555 | No | 01/11/2011 | Indefinido | 30 días trabajados | |||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | ANABALON | QUIROZ | MARCO ANTONIO | Ciru | Cirujano Dentista | V | $ 151.379 | Pesos | 818978 | No | 01/05/2001 | Indefinido | 30 días trabajados | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | ARAYA | MONTENEGRO | MARCO ANTONIO | Admi | Administrativo | V | Pesos | 449067 | No | 01/11/2012 | Indefinido | 30 días trabajados | |||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | RAMIREZ | ARANDA | MARCOS ENRIQUE | Inge | Ingeniero (E) Informático | V | $ 925.325 | Pesos | 2787598 | No | 16/05/2010 | Indefinido | 30 días trabajados | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | GARCES | VIVEROS | MARCO AURELIO | Auxi | Auxiliar de Servicio | VIII | $ 109.496 | Pesos | 345331 | No | 26/01/1995 | Indefinido | 30 días trabajados | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | RAMIREZ | HERRERA | MARCO ANDRES | Elec | Encargado Mantención Lavanderia | V | $ 11.040 | Pesos | 87246 | $ 24.472 | 09/12/1997 | 04/03/2013 | 4 días trabajados | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | MEJIAS | AGUILERA | MARCO ANTONIO | Prog | Técnico en Computación | V | Pesos | 504917 | No | 01/03/2013 | 31/05/2013 | 30 días trabajados | |||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | INZUNZA | GAETE | MARCOS JAVIER | Prog | Programador Computacional | V | $ 175.341 | Pesos | 904250 | $ 15.923 | 01/10/1994 | Indefinido | 30 días trabajados | ||||||
| Armada de Chile | Armada | Dirección de Sanidad de la Armada | PINOCHET | PIZARRO | MARCO ESTEBAN | Prog | Programador Computacional | V | $ 228.009 | Pesos | 1053951 | No | 01/10/1991 | Indefinido | 30 días trabajados | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | Año 2013 | ARAYA | VICENCIO | MARCOS ALBERTO | Sin | CONTADOR AUDITOR | JEFE SUBDEPTO.CONTABILIDAD | RM | (1) | Pesos | 1826349 | No | 10/03/1989 | Indefinido | Sin Observaciones | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | Año 2013 | BAABOR | AQUEVEQUE | MARCOS GUSTAVO | Sin | MÉDICO CIRUJANO | MÉDICO CIRUJANO | RM | (1) | Pesos | 693202 | No | 15/02/1985 | Indefinido | Figura contractual antigua, no es cupo planta | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | Año 2013 | CONTRERAS | DURAN | MARCO ANTONIO | Sin | AUXILIAR PARAMÉDICO DE ENFERMERÍA | AUXILIAR ENFERMERÍA | RM | (1) | Pesos | 1202644 | No | 01/06/1999 | Indefinido | Sin Observaciones | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | Año 2013 | FRANCESCHI | BASUALTO | FRANZ MARCOS | Sin | SIN PROFESIÓN | EMPLEADO DE SERVICIO | RM | (1) | Pesos | 808569 | No | 01/04/2003 | Indefinido | Sin Observaciones | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | Año 2013 | GÓMEZ | VALDÉS | MARCOS ARNOLDO | Sin | SIN PROFESIÓN | AUXILIAR SERVICIO MENOR | V | (1) | Pesos | 331482 | No | 17/05/1995 | Indefinido | Sin Observaciones | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | Año 2012 | ARAYA | VICENCIO | MARCOS ALBERTO | Sin | CONTADOR AUDITOR | JEFE SUBDEPTO.CONTABILIDAD | RM | (1) | Pesos | 2416160 | No | 10/03/1989 | Indefinido | Sin Observación | ||||||
| Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA) | Año 2012 | BAABOR | AQUEVEQUE | MARCOS GUSTAVO | Sin | MÉDICO CIRUJANO | MÉDICO CIRUJANO | RM | (1) | Pesos | 449889 | No | 15/02/1985 | Indefinido | Sin Observación | ||||||
| Ver más resultados | |||||||||||||||||||||
Otras compras y adquisiciones
| Servicio | Sección | Subsección | Fecha del acto | Número del acto | Tipo de contratación | Inicio del contrato | Término del contrato | Unidad monetaria | Monto total | Razón social | Nombres | Apellido paterno | Apellido materno | RUT | Socios y accionistas | Enlace al texto íntegro del contrato y al acto administrativo aprobatorio | Enlace a posteriores modificaciones del contrato | Observaciones | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Intendencia de Atacama | 2012 | 08/06/2012 | Comprobante de Egreso N�406 | 08/06/2012 | Pesos | 20000 | MARCO | LAZEN | ZEPEDA | 12.217.926-5 | MARCO LAZEN ZEPEDA | Ver enlace | Adquisici�n Menor a 3 UTM | |||||||||
| Gobernación de Isla de Pascua | 2013 | 21/01/2013 | OC 167 | 21/01/2013 | pesos | 28000 | Marco | Figueroa | Utrera | 9097913-2 | Marco Figueroa Utrera | Ver enlace | ||||||||||
| Gobierno Regional de Aysén | Año 2011 | 20/06/2011 | OC. N° 6880 | Arreglo de portol edificio DIPLADE | 20/06/2011 | 20/06/2011 | Pesos | 100000 | MARCO HARO | MARCO | HARO | 13.124.103-8 | ver enlace | Sin modificaciones | Sin observación | |||||||
| Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM) | Año 2013 | 12/03/2013 | Rex 270 | Aprueba trato directo por el servicio de marcos y enmarcados para montar una selección de imágenes | 12/03/2013 | 12/03/2013 | Pesos | 1999200 | Marcos Los Pepes | 78.996.640-0 | No corresponde | ver enlace | Sin modificaciones | |||||||||
| Secretaría Regional Ministerial de Valparaíso | 20/03/2013 | N°933 | ARRENDAMIENTO | 01/04/2013 | UF | 32 | MARCOS RAMON CONTRERAS VALLEJOS | MARCOS RAMON | CONTRERAS | VALLEJOS | 6467121-9 | Si | No | |||||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2009 | SEREMI V Región de Valparaíso | 11/03/2009 | RES. EXEN. 340 | Servicios impresión (fotocopias) Menor a 3 UTM | 28/01/2009 | 25/02/2009 | Pesos | 40600 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2009 | SEREMI V Región de Valparaíso | 19/03/2009 | RES. EXEN. 372 | Servicios de fotocopiado, Programa Barrios (menor a 3 UTM) | 11/02/2009 | 27/02/2009 | Pesos | 18212 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2009 | SEREMI V Región de Valparaíso | 28/04/2009 | RES. EXEN. 565 | Servicios impresión (fotocopias) Menor a 3 UTM | 26/02/2009 | 30/03/2009 | Pesos | 21272 | Herrera y Compañía Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2009 | SEREMI V Región de Valparaíso | 28/04/2009 | RES. EXEN. 560 | Servicios de fotocopiado, Programa Barrios (menor a 3 UTM) | 11/03/2009 | 31/03/2009 | Pesos | 53763 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2009 | SEREMI V Región de Valparaíso | 09/12/2009 | RES. EXEN. 1829 | Servicios de fotocopiado, Programa Barrios (menor a 3 UTM) | 09/12/2009 | 09/12/2009 | Pesos | 26992 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2009 | SEREMI V Región de Valparaíso | 29/12/2009 | RES. EXEN. 2007 | Servicios de fotocopiado, Programa Barrios (menor a 3 UTM) | 29/12/2009 | 29/12/2009 | Pesos | 15989 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | ||||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2010 | SEREMI V Región de Valparaíso | 09/03/2009 | RES. EXEN. 327 | Servicio de impresión (menor a 3 UTM) | 20/02/2009 | 20/02/2009 | Pesos | 38056 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | No aplica | sin observaciones | ||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2010 | SEREMI V Región de Valparaíso | 11/03/2009 | RES. EXEN. 340 | Servicios impresión (fotocopias) Menor a 3 UTM | 28/01/2009 | 25/02/2009 | Pesos | 40600 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | No aplica | sin observaciones | ||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2010 | SEREMI V Región de Valparaíso | 19/03/2009 | RES. EXEN. 372 | Servicios de fotocopiado, Programa Barrios (menor a 3 UTM) | 11/02/2009 | 27/02/2009 | Pesos | 18212 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | No aplica | sin observaciones | ||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2010 | SEREMI V Región de Valparaíso | 28/04/2009 | RES. EXEN. 565 | Servicios impresión (fotocopias) Menor a 3 UTM | 26/02/2009 | 30/03/2009 | Pesos | 21272 | Herrera y Compañía Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | No aplica | sin observaciones | ||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2010 | SEREMI V Región de Valparaíso | 28/04/2009 | RES. EXEN. 560 | Servicios de fotocopiado, Programa Barrios (menor a 3 UTM) | 11/03/2009 | 31/03/2009 | Pesos | 53763 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | No aplica | sin observaciones | ||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2010 | SEREMI V Región de Valparaíso | 09/12/2009 | RES. EXEN. 1829 | Servicios de fotocopiado, Programa Barrios (menor a 3 UTM) | 09/12/2009 | 09/12/2009 | Pesos | 26992 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | No aplica | sin observaciones | ||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2010 | SEREMI V Región de Valparaíso | 29/12/2009 | RES. EXEN. 2007 | Servicios de fotocopiado, Programa Barrios (menor a 3 UTM) | 29/12/2009 | 29/12/2009 | Pesos | 15989 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | No aplica | sin observaciones | ||||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | Año 2010 | SEREMI V Región de Valparaíso | 12/02/2010 | RES. EXEN. 169 | Servicio de fotocopiado Menor a 3 UTM) | 30/01/2010 | 30/01/2010 | Pesos | 36873 | Herrera y Cía. Ltda. | no aplica | no aplica | no aplica | 85784300-2 | María Herrera García, Luis Herrera García, Marco Antonio Herrera García, Marco Aurelio Herrera García y Guillermo Herrera garcía | ver enlace | No aplica | sin observaciones | ||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | 10/12/2012 | Resolucion exenta Nº 6279 | Aprueba contrato obras de remodelación piso 6º del Edificio Centenario, Serviu Región de Valparaiso - T.D. 165/2012 | Pesos | 32426890 | no corresponde | Marcos | Ilufi | Ampuero | 7.764.651-5 | Marcos Ilufi Ampuero | ver enlace | ver enlace | ||||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | 10/12/2012 | Resolucion exenta Nº 6279 | Aprueba contrato obras de remodelación piso 6º del Edificio Centenario, Serviu Región de Valparaiso - T.D. 165/2012 | 19/11/2012 | 18/01/2013 | Pesos | 32426890 | no corresponde | Marcos | Ilufi | Ampuero | 7.764.651-5 | Marcos Ilufi Ampuero | ver enlace | ver enlace | ||||||
| SERVIU RM | Año 2013 | Enero | 13/10/2011 | Resolución Nº 293 | Conservación y Mejoramiento Refugios tipo Transantiago, Redes Alimentadoras Zona Centro Sur, Resolución NºE-148 de 15/01/2013, R | 24/11/2011 | 15/08/2014 | Pesos | 398931000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Publica | ||||
| SERVIU RM | Año 2013 | Marzo | 03/12/2012 | Resolución N° 6861 | Conservación Infraestructura Transntiago 2011, Mejoramiento de Techos con eficiencia nergetica, Corredor Demostrativo Refugios 9 | 17/12/2012 | 11/03/2015 | Pesos | 262989673 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Pública | ||||
| SERVIU RM | Año 2013 | Abril | 03/12/2012 | Resolución N° 6861 | Conservación Infraestructura Transntiago 2011, Mejoramiento de Techos con eficiencia Energetica, Corredor Demostrativo Refugios | 17/12/2012 | 11/03/2015 | Pesos | 262989673 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Pública | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Febrero | 21/10/2010 | Resolución Nº 6770 | Suministro de Colocación de Mezcla asfaltica caliente, sector Oriente Resolución Nº E-1282 de 24/02/2012, aprueba devolución de | 21/10/2010 | 01/06/2011 | Pesos | 180000000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Ley de Mercado Público Nº 19.886 y el D.S. 250/2004 | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Febrero | 22/07/2011 | Resolución Nº 4115 | Conservación Vías Dañadas Sismo Febrero 2010 RM. Av. Jose Luis Caro (entre Camino Melipilla y Autopista del Sol) Resolución Nº E | 04/02/2014 | Pesos | 234889196 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | |||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Abril | 21/10/2010 | Resolución Nº 6769 | Suministro de Colocación de Mezcla asfaltica caliente, sector Nor-poniente Resolución Nº E-2293 de 11/04/2012, aprueba devolució | 21/10/2010 | 01/06/2011 | Pesos | 180000000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Ley de Mercado Público Nº 19.886 y el D.S. 250/2004 | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Abril | 22/07/2011 | Resolución Nº 4115 | Conservación Vías Dañadas Sismo Febrero 2010 RM. Av. Jose Luis Caro (entre Camino Melipilla y Autopista del Sol) Resolución Nº E | 04/02/2014 | Pesos | 234889196 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | |||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Abril | 13/10/2011 | Resolución Nº 5701 | Conservación Infraestructura Transantiago 2011, Mejoramiento de techos con eficiencia energética, Refigios tipo, Corredor 9m, tr | 27/10/2011 | 23/07/2014 | Pesos | 194825000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Mayo | 03/07/2009 | Resolución Nº 4562 | Pavimentos Participativos, 18º llamado, Agrupación Nº 5 Resolución Nº E-3262 de 31/05/2012, aprueba liquidación y finiquito del | 06/08/2009 | 16/12/2011 | Pesos | 323173929 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Junio | 13/10/2011 | Resolución Nº 5686 | Instalación y mantención refugios Tipo Transantiago Zona Nororiente, Comuna de Independencia, Conchali, Huechuraba, Recoleta, Re | 27/10/2011 | 24/04/2014 | Pesos | 277000679 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Junio | 13/10/2011 | Resolución Nº 5701 | Conservación Infraestructura Transantiago 2011, Mejoramiento de techos con eficiencia energética, Refigios tipo, Corredor 9m, tr | 27/10/2011 | 23/07/2014 | Pesos | 194825000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Junio | 13/10/2011 | Resolución Nº 293 | Conservación y Mejoramiento Refugios tipo Transantiago, Redes Alimentadoras Zona Centro Sur, Res Nº E-3394 de 08/06/2012, aprueb | 24/11/2011 | 22/05/2014 | Pesos | 398931000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Julio | 13/10/2011 | Resolución Nº 5686 | Instalación y mantención refugios Tipo Transantiago Zona Nororiente, Comuna de Independencia, Conchali, Huechuraba, Recoleta, Re | 27/10/2011 | 24/04/2014 | Pesos | 277000679 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Julio | 13/10/2011 | Resolución Nº 5701 | Conservación Infraestructura Transantiago 2011, Mejoramiento de techos con eficiencia energética, Refigios tipo, Corredor 9m, tr | 27/10/2011 | 23/07/2014 | Pesos | 194825000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Julio | 13/10/2011 | Resolución Nº 293 | Conservación y Mejoramiento Refugios tipo Transantiago, Redes Alimentadoras Zona Centro Sur, Res Nº E-4016 de 11/07/2012, aprueb | 24/11/2011 | 22/05/2014 | Pesos | 398931000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Julio | 13/10/2011 | Resolución Nº 297 | Conservación y Mejoramiento Refugios Tipo Transantiago, Redes Troncales y Alimentadoras Zona Centro Poniente Resolución NºE-3910 | 29/11/2011 | 27/05/2014 | Pesos | 399680200 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Agosto | 13/10/2011 | Resolución Nº 5686 | Instalación y mantención refugios Tipo Transantiago Zona Nororiente, Comuna de Independencia, Conchali, Huechuraba, Recoleta, Re | 27/10/2011 | 30/05/2014 | Pesos | 277000679 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Situación Particular | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Septiembre | 13/10/2011 | Resolución Nº 293 | Conservación y Mejoramiento Refugios tipo Transantiago, Redes Alimentadoras Zona Centro Sur, Res Nº E-5375 de 10/09/2012, aprueb | 24/11/2011 | 22/05/2014 | Pesos | 398931000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Publica | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Septiembre | 13/10/2011 | Resolución Nº 297 | Conservación y Mejoramiento Refugios Tipo Transantiago, Redes Troncales y Alimentadoras Zona Centro Poniente Resolución NºE-5374 | 29/11/2011 | 27/05/2014 | Pesos | 399680200 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Publica | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Octubre | 13/10/2011 | Resolución Nº 5686 | Instalación y mantención refugios Tipo Transantiago Zona Nororiente, Comuna de Independencia, Conchali, Huechuraba, Recoleta, Re | 27/10/2011 | 09/07/2014 | Pesos | 277000679 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Publica | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Octubre | 13/10/2011 | Resolución Nº 293 | Conservación y Mejoramiento Refugios tipo Transantiago, Redes Alimentadoras Zona Centro Sur, Res Nº E-5664 de 01/10/2012, aprueb | 24/11/2011 | 15/08/2014 | Pesos | 398931000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Publica | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Octubre | 13/10/2011 | Resolución Nº 297 | Conservación y Mejoramiento Refugios Tipo Transantiago, Redes Troncales y Alimentadoras Zona Centro Poniente ; Resolución NºE-56 | 29/11/2011 | 10/08/2014 | Pesos | 399680200 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Publica | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Octubre | 29/10/2012 | Resolución Nº 6166 | Conservación Vías Transantiago, Comuna de La Granja | 07/11/2012 | 27/03/2015 | Pesos | 335184827 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | No Corresponde | Licitación Publica | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Noviembre | 13/10/2011 | Resolución Nº 5686 | Instalación y mantención refugios Tipo Transantiago Zona Nororiente, Comuna de Independencia, Conchali, Huechuraba, Recoleta, Re | 27/10/2011 | 09/07/2014 | Pesos | 277000679 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Pública | ||||
| SERVIU RM | Año 2012 | Noviembre | 13/10/2011 | Resolución Nº 5701 | Conservación Infraestructura Transantiago 2011, Mejoramiento de techos con eficiencia energética, Refigios tipo, Corredor 9m, tr | 27/10/2011 | 23/07/2014 | Pesos | 194825000 | Asfaltos Vergara S.A. | No corresponde | No corresponde | No corresponde | 99.579.140-4 | Marcos Antonio Vergara Carvallo Jose Miguel Samaniego Fernandez Marcos Alberto Fuentes Perez | ver enlace | ver enlace | Licitación Pública | ||||
| SERVIU RM | Año 2007 | 26/12/2007 | CONTRATACION POR TRATO DIRECTO PARA PAVIMENTACION DE EJE VIAL LOS NOGALES NORTE . HUECHURABA | 85036541 | ALTER | MARCO LUIS | MARCO LUIS VAISBUCH ALTER | |||||||||||||||
| SERVIU XI Región | Año 2013 | 15/01/2013 | Resolucion Exentas N° 3 | Trato Directo Trabajos Generales en Cabañas Puerto Bertrand. | 03/01/2013 | 07/01/2013 | Pesos | 130000 | Marco Antonio | Monfil | Cardenas | Marco Antonio Monfil Cardenas | Ver enlace | |||||||||
| Comisión Nacional de Riego (CNR) | Información 2011 | 30/12/2011 | 4437 | Bolsas corporativas Ecológicas. | 01/01/2011 | 31/12/2011 | pesos | 523600 | MARCO ANTONIO AZOLAS MARTINEZ | MARTINEZ | MARCO ANTONIO | AZOLAS | 13.494.806-K | |||||||||
| Oficina de Estudios y Políticas Agrarias (ODEPA) | Año 2012 | 26/03/2012 | Res Ex. 196 de 2012, contarato prestacion de servicios por conce | Servicios por concepto de Jardin Infantil Marco Polo a el directivo Jose Ignacio Vargas | 26/03/2012 | 31/12/2012 | Pesos | 810000 | Sociedad Educadora Marco Polo y Compañía limitada | _ | _ | _ | 78.331.010-4 | No corresponde | ver enlace | No tiene | ||||||
| Ver más resultados | ||||||||||||||||||||||
Otras transferencias
| Servicio | Sección | Subsección | Mes de la transferencia | Fecha | Finalidad | Respaldo Jurídico | Imputación presupuestaria | Unidad monetaria | Monto | RUT | Razón social | Apellido paterno | Apellido materno | Nombres | Región | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | Abril | 2009-04-23 | Club San Marcos de Arica - Futbol Joven sin fines de lucro | Resolución 485 | Pesos | 25000000 | 65.646.160 | Club Deportivo San Marcos de Arica | XV | |||||||||
| Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) | Año 2007 | 2007-05-16 | Apotreramiento Predial Marco Antonio Lepillan Torres | 437 | 381900 | 17370988-6 | MARCO ANTONIO LEPILLAN TORRES | REGION DEL BIO BIO | |||||||||||
| Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) | Año 2007 | 2007-05-28 | MARCOS ANTONIO SEPULVEDA DELGADO LO ESPEJO | 53 | 500000 | 18912217-9 | MARCOS ANTONIO SEPULVEDA DELGADO | REGION METROPOLITANA | |||||||||||
| Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) | Año 2010 | 6 | 2010-06-17 | MARCOS ANTONIO ROJAS PEÑA | 83 | 24.01.579 | PESO (CL) | 1608000 | 13421325-6 | ROJAS | PEÑA | MARCOS ANTONIO | REGION METROPOLITANA | ||||||
| Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) | Año 2010 | 8 | 2010-08-12 | PREDIOS ADQUIRIDOS MARCO OCTAVIO PACHECO ANTILLANCA | 885 | 33.01.043 | PESO (CL) | 1490620 | 9861776-0 | PACHECO | ANTILLANCA | MARCO OCTAVIO | REGION DE LOS RIOS | ||||||
| Comisión Nacional de Investigación en Ciencia y Tecnología (CONICYT) | Año 2012 | Octubre | Octubre | 2012-10-25 | SUBT24 P-REGIONAL VIATICO MARCO ROSAS VIAJE A CONCEPCION 27 Y 28 SEPTIEMBRE PLP 629 | Decreto N° 173 del 11-4-2001 de creación del programa y D.S. N° 140, que aprueba el reglamento del programa para el año 2009. | 2403166 | Pesos | 49174 | No aplica | No Aplica | Rosas | Leutenegger | Marco | RM | ||||
| SERVIU V Región | Año 2011 | Septiembre | 2011-09-21 | PPPF - SUBS. DAMNIFICADOS AÑO 2010 OP SPS : 627891 SON 165 UF. = 3 BENEF. INDIVIDUAL QUILLOTA, TITULO II. PAGO A MARCO ALBORNOZ | RESOLUCION EXENTA N° 43 DE ENERO DEL 2011 | Subtítulo 33 | Pesos | 3629916 | ALBORNOZ | BECERRA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2011 | Octubre | 2011-10-13 | SUBSIDIO HAB. FSV RURAL III 2010 - BENEF. MARIA TERESA SALAZAR OSORIO COMUNA QUILLOTA - CTTA. ALBORNOS B. MARCO - UF. 343.- SEGUN LISTA DE CHEQUEO DEPARTAMENTO JURIDICO | RESOLUCION EXENTA N° 43 DE ENERO DEL 2011 | Subtítulo 33 | Pesos | 7559741 | ALBORNOZ | BECERRA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2011 | Noviembre | 2011-11-14 | PPPF - ORDEN DE PAGO N? 663273 OP SPS : 663273 SUBSIDIO DAMNIF. 2010 CTTA. MARCO ANTONIO ALBORNOZ BECERRA 110 UF PROY. INDIVIDUALES 2 BENEF. MERCEDES DEL CARMEN GOMEZ DIAZ Y OTROS DE QUILLOTA. | RESOLUCION EXENTA 01 DEL ENERO DE 2011 | Subtítulo 33 | Peso | 2437797 | ALBORNOZ | BECERRA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Enero | 2012-01-25 | FSV I AVC VIV. CONSTRUIDA. UN SUBSIDIO OP SPS : 44339 -- BENEF. KATHERINA DONOSO BERRIOS -- COMUNA CON CON -- SON 455 UF. = PAGO A MARCO MELENDEZ GAUDINO | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 10184006 | MELENDEZ | GAUDINO | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Febrero | 2012-02-23 | FSV CAPITULO III 2011 - BENEF. SERGIO HERRERA AHUMADA - RUT - 13.336.550-4- TERRENO EMPLAZADO PASAJE SIN NOMBRE SIN NUMERO - COMUNA QUILLOTA - CTTA. - MARCO ALBORNOZ B. - UF. 343, 000. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 7703142 | ALBORNOZ | BECERRA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Mayo | 2012-05-08 | SUBSIDIO HABITACIONAL D.S. N1 OP SPS : 2751 AÑO 2011 LLAM.1 TIT.I VIV. USADA CTTA. ELSA BOBADILLA MARCOTTI 450 UF BENEF. ALEJANDRA ANDREA LAGOS ZAMORA COMUNA QUILLOTA. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 10172142 | BOBADILLA | MARCOTTI | ELSA | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Junio | 2012-06-12 | FSV I AVC VIV. CONSTRUIDA. 1 SUBSIDIO. OP SPS : 48427, BENEF. MARCELA TAMAYO V. VIV. USADA V. ALEMANA SON 498 UF. VEND. MARCO A. MIRANDA NOCETTI | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 11268425 | MIRANDA | NOCETTI | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Junio | 2012-06-28 | FSV II AVE VIV. EXISTENTE. OP SPS : 49259 - SUBSIDIO VIVIENDA USADA AÑO 2010 - BENEF. PAULINA GALARCE ACEVEDO - COMUNA QUINTERO - VENDEDOR MARCO VERA FERNANDEZ - SUBSIDIO 290, 000. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 6561934 | VERA | FERNANDEZ | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Agosto | 2012-08-08 | SUBSIDIO FSV CONSTRUCCION (NUEVO PVT - RECONSTRUCCION) OP SPS : 16 AÑO 2011 CTTA. MARCO ANTONIO ALBORNOZ BECERRA 283,2 UF 1 BENEF. EP.1 MARCO ANTONIO ALBORNOZ BECERRA COMUNA QUILLOTA. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 6392560 | ALBORNOZ | BECERRA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Agosto | 2012-08-16 | FSV I AVC VIV. CONSTRUIDA. OP SPS : 50520, BENEF. MARIELLA VERA CARREÑO, COMUNA VALPARAISO, SON 320+165,60 = 485,60 UF. PAGO AA MARCO PIZARRO SALAS | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 10954883 | PIZARRO | SALAS | MARCO | ||||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Agosto | 2012-08-16 | PPPF - ORDEN DE PAGO OP SPS : 811254 - SUBSIDIO REGULAR TIT III AÑO 2010- CODIGO GRUPO 44794 - 08 BENEF. COMITE DE AMPLIACION CHILE BARRIO - COMUNA NOGALES - CTTA. SAN MARCO LTDA. - UF 720, 000. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 16242826 | 76.033.306 | CONSTRUCTORA SAN MARCO LIMITADA | |||||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Agosto | 2012-08-16 | PPPF - ORDEN DE PAGO OP SPS : 811211- SUBSIDIO REGULAR TIT III AÑO 2010- CODIGO GRUPO 44794 - 10 BENEF. COMITE DE AMPLIACION CHILE BARRIO - COMUNA NOGALES - CTTA. SAN MARCO LTDA. - UF 900, 000. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 20303532 | 76.033.306 | CONSTRUCTORA SAN MARCO LIMITADA | |||||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Agosto | 2012-08-17 | FSV RECONSTRUCCION 2011 CODIGO GRUPO COMITE HABITAC. SAN JOSE DE OLIVIA - 01 BENEF. RAMON ARANCIBIA PRADO - COMUNA QUILLOTA - CTTA MARCO ALBORNOS B. - UF. 141, 6000. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 3194422 | ALBORNOZ | BECERRA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Agosto | 2012-08-29 | SUBSIDIO FSV CONSTRUCCION (PVT - RECONSTRUCCION) OP SPS : 15331 AÑO 2011 CTTA. MARCOS SEPULVEDA FIGUEROA 138 UF EP.2 CANC. 30% SUBS= COMPLETA 60% AVANCE BENEF. EUGENIO DEL TRANSITO MORENO FERNANDEZ COMUNA SAN ESTEBAN. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 3113208 | SEPULVEDA | FIGUEROA | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Agosto | 2012-08-29 | SUBSIDIO FSV CONSTRUCCION (PVT - RECONSTRUCCION) OP SPS : 15330 AÑO 2011 CTTA. MARCOS SEPULVEDA FIGUEROA 138 UF EP.2 CANC. 30% SUBS= COMPLETA 60% AVANCE BENEF. SUSANA DEL TRANSITO TAPIA MALDONADO COMUNA SAN ESTEBAN. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 3113208 | SEPULVEDA | FIGUEROA | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Agosto | 2012-08-30 | FSV III 2011 ZONA RURAL -- BENEF. JAIME CORTES VARGAS, COMUNA QUILLOTA -- MEMO 170-164 SECCION VIVIENDA -- SON 343 UF PAGO A MARCO ALBORNOZ | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 7737902 | ALBORNOZ | BECERRA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Septiembre | 2012-09-24 | SUBSIDIO DS 1 TIT. 1 REGULAR AÑO 2011 OP SPS. 8810 - VIV. USADA BENEF. TERESITA V. AMBROSETTI VIDAL - COMUNA SAN ANTONIO - VENDEDOR MARCOS B. NILO ROJAS. UF. 397, 700 | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 8982667 | NILO | ROJAS | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Noviembre | 2012-11-08 | SUB HAB D.S. N1 AÑO 2011 TIT I OP 70660 SPS : 11389 BENEF JUAN RODRIGUEZ C COMUNA LA CALERA, VENDE MARCOS GUERRERO Z POR 370 UF | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 8428445 | GUERRERO | ZUÑIGA | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Noviembre | 2012-11-15 | SUB HAB D.S. N1 TIT I AÑO 2012 OP 70898 SPS : 12395 BENEF MAURICIO BADILLO G COMUNA QUILPUE, VENDE MARCO PIZARRO G POR 398 UF | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Pesos | 9079463 | PIZARRO | GUERRERO | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Diciembre | 2012-12-18 | SUB HAB D.S. N1 TIT I 2011 OP 72460 SPS : 13615 BENEF PABLO CABRERA D COMUNA CATEMU, VENDE MARCOS VILCHES Z POR 423 UF | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Peso | 9678841 | VILCHES | ZAMORANO | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Diciembre | 2012-12-19 | SUBSIDIO FSV CONSTRUCCION (CSR - RECONSTRUCCION) AÑO 2011 OP SPS : 2679 COMITE LAS HORMIGUITAS DE LA COMUNA DEPUCHUNCAVI CTTA MARCOS ILUFI AMPUERO POR 513 UF. | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Peso | 11749562 | ILUFI | AMPUERO | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2012 | Diciembre | 2012-12-21 | SUB HAB D.S. N1 TIT I 2012 OP 72774 SPS : 14819 BENEF CECILIA BRIONES V COMUNA VIÑA DEL MAR, VENDE MARCO SOZA E POR 500 UF | RESOLUCION EXENTA N° 179 16 ENERO 2012 | Subtítulo 33 | Peso | 11438860 | SOZA | ESTAY | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Enero | 2013-01-24 | SUB FSV CONST(CSRPT - RECONST) PVT 2011 OP 73521 SPS : 3572 BENEF BLANCA RAMIREZ G COMUNA LLAY LLAY, CTTA MARCOS SEPULVEDA F POR 138 UF | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 3147441 | SEPULVEDA | FIGUEROA | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Enero | 2013-01-24 | FSV - CONST ( CSRPT - RECONST) PVT 2010 SPS 3571 OP 73526 BENEF MARGARITA GALDAMES C COMUNA CALLE LARGA, CTTA MARCOS SEPULVEDA F POR 138 UF | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 3147441 | SEPULVEDA | FIGUEROA | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Enero | 2013-01-24 | SUB HAB DS1 TIT I 2012 SPS 15425 OP 73380 BENEF ANA MALDONADO Z COMUNA VIÑA DEL MAR, VENDE MARCO MENDOZA L POR 500 UF | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 11403770 | MENDOZA | LOPEZ | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Enero | 2013-01-31 | SUB HAB D.S. N1 TIT I 2011 OP 73624 SPS : 15730 BENEF MARCO ARAKI V COMUNA ISLA DE PASCUA, VENDE MARCO ARAKI V POR 577,62 UF | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 13174091 | ARAKI | VISCARA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Enero | 2013-01-31 | SUB HAB D.S. N1 TIT I 2012 OP 73646 SPS : 16490 BENEF JULIA URBINA G COMUNA QUILPUE, VENDE MARCOS CONTERRAS V POR 500 | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 11403770 | CONTRERAS | VALLEJOS | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Febrero | 2013-02-14 | FSV I AVC VIV. CONSTRUIDA DAMNIFICADOS 2010 OP 74142 SPS 54637 BENEF JORGE CORTEZ L COMUNA SAN FELIPE, VENDE MARCO SOTO C POR 376 UF | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 8578696 | SOTO | CARTAGENA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Febrero | 2013-02-18 | SUBSIDIO FSV CONSTRUCCION (CSR - RECONSTRUCCION) AÑO 2011 - BENEF. JUANA CISTERNAS VERGARA Y OTROS - COMUNA PUCHUNCAVI - CTTA. MARCOS ILUFI A. - UF. 990, 000. | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 22585910 | ILUFI | AMPUERO | MARCOS | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Marzo | 2013-03-05 | D.S. N1 AÑO 2011 SPS 18685 BENEFICIARIO RAFAEL APABLAZA GUZMAN DE LA COMUNA DE VIÑA DE MAR VENDEDOR MARCO TAPIA CORDOVA Y OTROS POR 357,40 UF. | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 8166551 | TAPIA | CORDOVA Y OTROS | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Marzo | 2013-03-12 | SUBSIDIO PPPF REGULAR AÑO 2010 CODIGO GRUPO 44794 - 12 BENEF. COMITE DE AMPLIACION CHILE BARRIO - COMUNA NOGALES CTTA. CONST. SAN MARCO LTDA. UF. 1.080, 000. | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 24685387 | 76.033.306 | CONSTRUCTORA SAN MARCO LIMITADA | V | ||||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Marzo | 2013-03-15 | DS49 ARRIENDO INCENDIO VALPARAISO MES DE MARZO 2013 Y MES DE GARANTIA ENTREGAR CHEQUE CONTRA DECLARACION JURADA DE BENEF. MARCO UBEDA VERGARA 9948965-0 COMUNA VALPARAISO | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 200000 | UBEDA | VERGARA | MARCO | V | |||||||
| SERVIU V Región | Año 2013 | Marzo | 2013-03-18 | SUB HAB DS 1 TIT I 2011 OP 75422 SPS 19782 BENEF LORENA PITTO D COMUNA VILLA ALEMANA, VENDE MARCO PIZARRO G POR 500 UF | RESOLUCION EXENTA N° 001 02 ENERO 2013 | Subtítulo 33 | Peso | 11429895 | PIZARRO | GUERRA | MARCO | V | |||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Abril | 2009-04-29 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 624/2009 | Pesos | 1335931 | WINKLER MEYER MARCOS ANDRÉS | WINKLER MEYER MARCOS ANDRÉS | WINKLER MEYER MARCOS ANDRÉS | X | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Agosto | 2009-08-20 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 1243/2009 | Pesos | 6018240 | SCHURCH GROLLMUS MARCOS EDUARD | SCHURCH GROLLMUS MARCOS EDUARD | SCHURCH GROLLMUS MARCOS EDUARD | IX | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Septiembre | 2009-09-30 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 857/2009 | Pesos | 6018240 | KUSANOVIC UNKOVIC MARCO ANTONI | KUSANOVIC UNKOVIC MARCO ANTONI | KUSANOVIC UNKOVIC MARCO ANTONI | XII | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Octubre | 2009-10-14 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 1226/2009 | Pesos | 3009120 | ESPINOZA MARCO JUAN CARLOS | ESPINOZA MARCO JUAN CARLOS | ESPINOZA MARCO JUAN CARLOS | XIV | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Octubre | 2009-10-16 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 1442/2009 | Pesos | 6018240 | VALDEBENITO ORTIZ MARCO ANTONI | VALDEBENITO ORTIZ MARCO ANTONI | VALDEBENITO ORTIZ MARCO ANTONI | VIII | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Octubre | 2009-10-23 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 0772/2009 | Pesos | 3645256 | MUÑOZ APE MARCOS ANTONIO | MUÑOZ APE MARCOS ANTONIO | MUÑOZ APE MARCOS ANTONIO | XV | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Octubre | 2009-10-30 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 1787/2009 | Pesos | 2061588 | MARCOS SERGIO YAKASOVIC KUSANO | MARCOS SERGIO YAKASOVIC KUSANO | MARCOS SERGIO YAKASOVIC KUSANO | V | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Octubre | 2009-10-31 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 1710/2009 | Pesos | 3430900 | AGUILAR DUARTE MARCO ANTONIO | AGUILAR DUARTE MARCO ANTONIO | AGUILAR DUARTE MARCO ANTONIO | X | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Noviembre | 2009-11-16 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 1501/2009 | Pesos | 1989903 | MUÑOZ ORUEX MARCO ANTONIO | MUÑOZ ORUEX MARCO ANTONIO | MUÑOZ ORUEX MARCO ANTONIO | VII | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Diciembre | 2009-12-02 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 1602/2009 | Pesos | 6018240 | REBOLLEDO BIDEGAN MARCOS | REBOLLEDO BIDEGAN MARCOS | REBOLLEDO BIDEGAN MARCOS | VIII | ||||||||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Año 2009 | Diciembre | 2009-12-22 | Programa Sistema de Incentivos para la Recuperación de Suelos Degradados, Ley N° 19.604 DLF N°235/1999 Ministerio de Agricultura | Res N° 1703/2009 | Pesos | 2690616 | BORQUEZ CARDENAS MARCOS E. | BORQUEZ CARDENAS MARCOS E. | BORQUEZ CARDENAS MARCOS E. | X | ||||||||
| Ver más resultados | |||||||||||||||||||
Resultados y aclaraciones
| Servicio | Sección | Subsección | Nombre del informe | Número del informe | Entidad que efectuó la auditoría | Unidad auditada | Materia | Periodo auditado | Fecha de inicio | Fecha de término | Enlace al informe final de auditoría | Fecha de publicación | Enlace al documento de respuesta |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Dirección de Compras y Contratación Pública (Chilecompra) | Año 2010 | Informe Final 243-10 Dirección de Compras y Contratación Pública | 243 | Contraloría General de la República | División de Convenios Marco - Sistema Mercado Público. | Procesos licitatorios de los Convenios Marco, CM, y sus prórroga | 01/01/2009 - 31/12/2009 | 05/07/2010 | 08/10/2010 | Ver enlace | 14/03/2011 | ||
| Dirección de Compras y Contratación Pública (Chilecompra) | Año 2011 | Sobre seguimiento de las observaciones contenidas en el Informe | 243 | Contraloría General de la República | División de Convenios Marco - Sistema Mercado Público. | Sobre seguimiento de las observaciones contenidas en el Informe | 01/01/2009 - 31/12/2009 | 10/08/2011 | 09/09/2011 | Ver enlace | 30/01/2012 | ||
| Servicio de Salud Antofagasta | Resultados y aclaraciones | Informe Final Auditoria de Turnos y Horas Extraordinarias Hospit | Contraloria Regional de Antofagasta | Hospital Marcos Macuada de Tocopilla | Sistemas de Turnos y Horas Extraordinarias en el Hospital Marcos | 01/03/2010 - 30/04/2010 | 02/11/2010 | 31/12/2010 | Si | 10/05/2012 | |||
Otros trámites
| Servicio | Sección | Subsección | Nombre/Título | Descripción | Requisitos | Documentos requeridos | A quien esta dirigido | Trámites a realizar y/o etapas | Donde se realiza | Tiene costo | Unidad monetaria | Valor del servicio | En línea | Enlace al trámite en linea | Enlace a mayor información |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobernación de Melipilla | SERNAC | Orientacion y recepcion de reclamos en el marco de la Ley del consumidor | que el consumidor haya realizado el reclamo ante el proveedor sin obtener una respuesta satisfactoria. | cedula de identidad, boleta , factura o contrato. | A todos los consumidores que viven en la Provincia. | Solicitud de reclamo | En la oficina del encargado de Sernac. | NO | NO APLICA | Ver mayor informaci�n | |||||
| Gobierno Regional de Tarapacá | Fondo de Innovación para la Competitividad F.I.C. | La provisión FNDR Fondo de Innovación para la Competitividad es parte del Programa de Inversión Pública del Gobierno Regional.La provisión FIC constituye un marco mínimo de recursos públicos regionales destinados a promover la competitividad,el desarrollo | Cumplir con los requerimientos de las bases de postulación. | Formulario de postulación, según bases. | Universidades Estatales o reconocidas por el Estado o, aquellas | Postular según plazos establecidos en bases. | En Gobierno Regional de Tarapacá | No | No Aplica | Sí | ver enlace | ver enlace | |||
| Gobierno Regional de O'Higgins | Fondo de Innovación para la Competitividad | La provisión FNDR Fondo de Innovación para la Competitividad es parte del Programa de Inversión Pública del Gobierno Regional.La provisión FIC constituye un marco mínimo de recursos públicos regionales destinados a promover la competitividad,el desarrollo | Cumplir con los requerimientos de las bases de postulación. | a) Fotocopia del Rol Único Tributario de la institución proponente.b) Certificado original de vigencia de la persona jurídica.c) | Universidades Estatales o reconocidas por el Estado o, aquellas | Postular según plazos establecidos en bases. | En el Gobierno Regional | No | No Aplica | Sí | ver enlace | ver enlace | |||
| Gobierno Regional del Maule | Postulación a fondos FNDR destinados a subvención de iniciativas culturales | Es función de los Gobiernos Regionales, fomentar las expresiones culturales, cautelar el patrimonio histórico, artístico y cultural de la Región. En este marco, la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2012, en las Glosas Comunes para todos lo | Instituciones Publicas o Instituciones privadas sin fines de lucro | Según documento de orientacines que rigen el proceso | Dirigido a municipalidades e instituciones privadas sin fines de | Según documento de orientacines que rigen el proceso | Publicada la convocatoria y los documentos orientadores, en la f | No | Pesos | No | ver enlace | ||||
| Gobierno Regional del Maule | Postulación a fondos FNDR destinados a subvención de iniciativas de carácter deportivo | La LOC. de Gobierno y Administración Regional señala como objeto de los Gobiernos Regionales el el desarrollo social, cultural y económico de la región. En este marco, la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2012, en las Glosas Comunes para t | Instituciones Publicas o Instituciones privadas sin fines de lucro | Según documento de orientacines que rigen el proceso | Dirigido a municipalidades, otras entidades públicas e instituci | Según documento de orientacines que rigen el proceso | Publicada la convocatoria y los documentos orientadores, en la f | No | Pesos | No | ver enlace | ||||
| Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA) | Solicitud de vivienda social en comodato para adultos mayores | En el marco del programa institucional Derecho a Techo y Convenio suscrito con Minisiterio de Vivienda y Urbanismo en Junio 2007, SENAMA asumió la administración progresiva de viviendas de patrimonio fiscal transferidas por SERVIU y destinadas a adultos ma | Programa dirigido a mujeres y hombres mayores de 60 años en situ | La solicitud del beneficio debe realizarse en las oficinas de la | NO Excepto pago | NO | |||||||||
| Comisión Nacional de Acreditación (CNA) | Autorizaci�n de Agencias de Acreditaci�n | De acuerdo con la Ley N�20.129, las agencias de acreditaci�n son las instituciones responsables de acreditar carreras y programas de pregrado, mag�ster y especialidades del �rea de la salud, en aquellas �reas y niveles en las que sean autorizadas. Las agen | La autorizaci�n se otorgar� despu�s de haberse verificado el cumplimiento de los siguientes requisitos: � La definici�n expl�cit | Para que una agencia sea autorizada, debe contar con lo siguiente: � Solicitud por escrito a la CNA, cumpliendo los requisitos e | Constituciones jur�dicas que en el marco de las disposiciones de | 1. Solicitud de incorporaci�n y evaluaci�n formal 2. Evaluaci�n Comit� Consultivo MASA 3. Pronunciamiento de la Comisi�n | En CNA-Chile | S� | Pesos Chilenos | No | Enlace | ||||
| Servicio de Salud Antofagasta | Plan Ambulatoria Intensivo Población General (Adultos) | Tratamiento Intensivo especializado ambulatorio para personas con consumo problemático de drogas, con compromiso biopsicosocial moderado a severo | Consumo abusivo de drogas, compromiso biopsicosocial moderado a severo, mayores de 20 años | Documentación de Fonasa al Día | Población General Adulta, mayor de 20 años | Asistir a evaluación de ingreso y a las Jornadas de Tratamiento del Programa | Hospital Marcos Macuada de Tocopilla en horario diurno y Cosam S | No | No | No | |||||
| Servicio de Salud Valparaíso - San Antonio | Entrega de Ayudas Tecnicas , mayor de 65 años GES (Garantia Explicita en Salud) y menores de 65 Años a través de convenio Marco | Corresponde a la entrega de Sillas de ruedas, colchones antiescaras, bastones, andadores para pacientes que lo requieran. | Mayor de 65 años y menores de 65 años, beneficiario del sistema publico. | Solicitud de ayuda Tecnica, Informe Social, Indicación médica | Poblacion mayor de 65 y menor de 65 años años beneficiaria del s | Ingreso de paciente en Centro de Salud de Atencion Primaria | Centros de Salud de Atencion Primaria ( Ces, CESFAM, Cecosf, Pos | No | N/A | No | Si | No | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI I Región de Tarapacá | Suscripción de Convenio Marco Único Regional | Todo interesado en desempeñarse como EGIS/PSAT en la Región suscribe un Convenio con la SEREMI en que se establece el marco normativo en que deberá operar | Si es Persona Natural, debe tener iniciación de actividades en un giro asociado a la Prestación de Servicios de Asistencia Técni | Antecedentes legales de constitución de la Persona y de su representación certificados de antecedentes comerciales, laborales y | A todos los interesados en operar como Entidad de Gestión Social | 1. Entrega de antecedentes legales y administrativos ; 2. Revisión de antecedentes administrativos ; 3. Supervisión de la existe | SEREMI de Vivienda y Urbanismo / Departamento Planes y Programas | No | NO APLICA | No | No | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI II Región de Antofagasta | Solicitud de suscripcion Convenio Marco Unico Regional con la Seremi | Es el acto a través del cual la SEREMI Regional suscribe un Convenio con una persona natural o jurídica habilitándolo para operar como EGIS o PSAT. | Los que exigen cada una de las clausulas del Convenio Marco Regional | Los indicados en la Clausula Segunda del Convenio Marco Regional | A personas naturales y juridicas | I.- Información II.-Obtención del modelo del Convenio Marco Regional y sus Anexos EGIS/PSAT, se distinguen 3 modelos , uno que c | Se realiza ante la encargada de SIAC. Avenida Angamos N° 721. An | No | Pesos | NO | No | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI III Región de Atacama | Solicitud de suscripcion Convenio Marco Unico Regional con la Seremi | Es el acto a través del cual la SEREMI Regional suscribe un Convenio con una persona natural o jurídica habilitándolo para operar como Entidad Patrocinante. | Los que exigen cada una de las clausulas del Convenio Marco Regional | Los indicados en la Clausula Segunda del Convenio Marco Regional | A personas naturales y juridicas | I.- Solicitud de suscripción de Convenio Marco Único Regional por parte del Interesado.- II.-Entrega de modelo de Convenio y Ane | Se realiza ante el Encargado Regional de Registros Técnicos el c | No | NO | No | ver enlace | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI IV Región de Coquimbo | Suscripción Convenio Marco Regional SEREMI EGIS/PSAT | Es el acto a través del cual la SEREMI Regional suscribe un Convenio con una persona natural o jurídica habilitándolo para operar como EGIS o PSAT. | Los que exige las clausulas del Convenio Marco Regional | Los indicados en la Clausula Segunda del Convenio Marco Regional | A personas naturales y Jurídicas interesadas y que cumplan los r | I.- Información II.-Obtención del modelo del Convenio Marco Regional y sus Anexos EGIS/PSAT, se distinguen 3 modelos , uno que c | SEREMI-Planes y Programas,Unidad Regional del Registro Almagro N | NO | Pesos | NO | No | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI V Región de Valparaíso | Solicitud de suscripción Convenio Marco Único Regional con la Seremi | Es el acto a través del cual la SEREMI Regional suscribe un Convenio con una persona natural o jurídica habilitándolo para operar como ENTIDAD PATROCINANTE. | Los que exigen cada una de las cláusulas del Convenio Marco Único Regional | Los indicados en la Clausula Segunda del Convenio Marco Regional | A personas naturales y jurídicas | I.- Entrega de Información por correo electrónico, telefónicamente y/o presencia II.-Envío de Ficha de Solicitud con requisitos | Se realiza en la Oficina de Registros Técnicos el cual se encuen | No | NO | No | ver enlace | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI VII Región del Maule | Solicitud de antecedentes para la suscripcion de Convenio Marco Unico Regional con la Seremi | Es el acto a través del cual la SEREMI Regional suscribe un Convenio con una persona natural o jurídica habilitándolo para operar como EGIS o PSAT. | Los que exigen cada una de las clausulas del Convenio Marco Regional | Los indicados en la Clausula Segunda del Convenio Marco Regional | A personas naturales y juridicas | I.- Información II.-Obtención del modelo del Convenio Marco Regional y sus Anexos EGIS/PSAT, se distinguen 3 modelos , uno que c | Se realiza ante la encargada de Registros Ingrit Gunther K. (1 O | No | NO | No | ver enlace | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI VIII Región del Bío Bío | Suscripción de Convenio Marco Único Regional | Todo interesado en desempeñarse como Entidad Patrocinante/PSAT en la Región suscribe un Convenio con la SEREMI en que se establece el marco normativo en que deberá operar | Si es Persona Natural, debe tener iniciación de actividades en un giro asociado a la Prestación de Servicios de Asistencia Técni | Antecedentes legales de constitución de la Persona y de su representación certificados de antecedentes comerciales, laborales y | A todos los interesados en operar como Entidad Patrocinante o Pr | 1. Entrega de antecedentes legales y administrativos ; 2. Revisión de antecedentes administrativos ; 3. Supervisión de la existe | SEREMI de Vivienda y Urbanismo del Bio Bio Departamento Planes y | No | NO APLICA | No | No | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI IX Región de Araucanía | Solicitud de suscripcion Convenio Marco Unico Regional con la Seremi | Es el acto a través del cual la SEREMI Regional suscribe un Convenio con una persona natural o jurídica habilitándolo para operar como EGIS o PSAT. | Los que exigen cada una de las clausulas del Convenio Marco Regional | Los indicados en la Clausula Segunda del Convenio Marco Regional | A personas naturales y juridicas | I.- Información II.-Obtención del modelo del Convenio Marco Regional y sus Anexos EGIS/PSAT, se distinguen 3 modelos , uno que c | Oficina de Partes- Arturo Prat 834 - Temuco | No | NO | No | ver enlace | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI X Región de Los Lagos | Suscripción Convenio Marco Regional y/o Adendum SEREMI EGIS/PSAT/Entidad Patrocinante | Es el acto a través del cual la SEREMI Regional suscribe un Convenio o Adendum con una persona natural o jurídica habilitándolo para operar como EGIS/PSAT/Entidad Patrocinante. | Los que exige las clausulas del Convenio Marco Regional o Adendum | Los indicados en el Convenio Marco Regional y/o Adendum | A personas naturales y Jurídicas interesadas y que cumplan los r | I.- Entrega Información a usuario II.- Entrega de información a través de Ofina de Partes de la documentación III.-Recepción y R | SEREMI-Planes y Programas,Unidad Regional del Registro Avenida X | NO | Pesos | NO | No | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI XII Región de Magallanes | Inscripción en el Registro de Apoyo Técnico para Entidades Patrocinantes y/o Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica. | Las Entidades Patrocinantes y/o Prestadores de Servicios de Asistencia Técnica, suscriben un Convenio Marco con la Seremi respectiva para ser habilitados a operar en determinados programas habitacionales del MINVU en la región. | Los requisitos se encuentran establecidos en la Cláusula Primera del Convenio Marco y son los siguientes: 1. Acreditar solvencia | 1. Boleta Bancaria de Garantía que caucione el Convenio Marco, con vigencia de 2 años. 2. Copia del o los Certificado/s de Títul | Personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, con o sin f | 1. Presentación de los antecedentes establecidos en la cláusula primera del Convenio Marco, en la Seremi respectiva. 2. Revisión | Croacia 722, 8 piso, Punta Arenas | NO | NO APLICA | NO | No | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI XIII Región Metropolitana | Suscripción de Convenio Marco Único Regional | Todo interesado en desempeñarse como EGIS/PSAT en la Región suscribe un Convenio con la SEREMI en que se establece el marco normativo en que deberá operar | Si es Persona Natural, debe tener iniciación de actividades en un giro asociado a la Prestación de Servicios de Asistencia Técni | Antecedentes legales de constitución de la Persona y de su representación certificados de antecedentes comerciales, laborales y | A todos los interesados en operar como Entidad de Gestión Social | 1. Entrega de antecedentes legales y administrativos ; 2. Revisión de antecedentes administrativos ; 3. Supervisión de la existe | SEREMI Metropolitana de Vivienda y Urbanismo / Departamento Plan | No | NO APLICA | No | No | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI XIV Región de Los Ríos | Suscripción de Convenio Marco Único Regional | Todo interesado en desempeñarse como Entidad Patrocinante/PSAT en la Región suscribe un Convenio con la SEREMI en que se establece el marco normativo en que deberá operar | Si es Persona Natural, debe tener iniciación de actividades en un giro asociado a la Prestación de Servicios de Asistencia Técni | Antecedentes legales de constitución de la Persona y de su representación certificados de antecedentes comerciales, laborales y | A todos los interesados en operar como Entidad Patrocinante o Pr | 1. Entrega de antecedentes legales y administrativos ; 2. Revisión de antecedentes administrativos ; 3. Supervisión de la existe | SEREMI de Vivienda y Urbanismo de Los Ríos Departamento Planes y | No | NO APLICA | No | No | |||
| Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo | SEREMI XV Región de Arica y Parinacota | Solicitud de suscripcion Convenio Marco Unico Regional con la Seremi | Es el acto a través del cual la SEREMI Regional suscribe un Convenio con una persona natural o jurídica habilitándolo para operar como EGIS o PSAT. | Los que exigen cada una de las clausulas del Convenio Marco Regional | Los indicados en la Clausula Segunda del Convenio Marco Regional | A personas naturales y juridicas | I.- Información II.-Obtención del modelo del Convenio Marco Regional y sus Anexos EGIS/PSAT, se distinguen 3 modelos , uno que c | Se realiza ante la encargada de SIAC. Sotomayor N° 216, 1° piso | No | NO | No | ||||
| Hospital de San Camilo | Entrega de Ayudas Técnicas , mayor de 65 años GES (Garantía Explicita en Salud) y menores de 65 Años a través de convenio Marco | Corresponde a la entrega de Sillas de ruedas, colchones anti escaras, bastones, andadores para pacientes que lo requieran. | Mayor de 65 años y menores de 65 años, beneficiario del sistema publico. | Solicitud de ayuda Técnica, Informe Social, Indicación médica | Población mayor de 65 y menor de 65 años años beneficiaria del s | Ingreso de paciente en Centro de Salud de Atención Primaria | Coordinación GES. Hospital San Camilo, San Felipe. Centros de Sa | No | No | No | No | ||||
| Hospital San Borja Arriarán | * Visitas para pacientes hospitalizados en salas institucionales. | En el marco de los derechos de los pacientes hospitalizados, está la visita de la menos 6 horas diarias, que se cumple en todos los servicios clínicos con pacientes en camas no críticas. Quien representa a los familiares es el tutor, quien cumple la funci? | Horario de visitas de Tutores o apoderados de lunes a domindo 6 horas diarias. Servicios Pediátricos: para los padres desde 10:0 | Brazalete de identificación para tutores | Público en general | Tutores pueden concurrir en la primera visita a la Oficina de Atención y Gestión al Usuario del Servicio Correspondiente, para r | Oficina de Atención y Gestión al Usuario del Servicio Correspond | A nivel de consu | No | No | |||||
| Hospital Roberto del Río | Servicios de Hospitalizaciones (Unidades de Pacientes Criticos (UCI- UTI)-Cirugia, Traumatologia, Plastica y Quemados, Pediatria | Brindar atencion de forma oportuna, eficaz y eficiente y con un claro marco valórico, a todo paciente pediátrico enfermo que requiere de nuestros servicios. La atención será en equipo, liderada por el médico, centrado en el paciente y su familia, buscando | Cumplir con los criterios clinicos de hospitalizacion | Evaluación médica, carnet de indentidad, previsión al día. | Poblacion menor de 15 años de las comunas del area norte de Sant | Pacientes del Servicio de Urgencia: son derivados a las unidades de hospitalizacion según indicacion medica. Paciente ambulatori | Presencial: Unidad de Admision de Urgencia: Calle Domingo Santa | Si | Pesos | No | Si | Si | |||
| Hospital Claudio Vicuña de San Antonio | Entrega de Ayudas Tecnicas , mayor de 65 años GES (Garantia Explicita en Salud) y menores de 65 Años a través de convenio Marco | Corresponde a la entrega de Sillas de ruedas, colchones antiescaras, bastones, andadores para pacientes que lo requieran. | Mayor de 65 años y menores de 65 años, beneficiario del sistema publico. | Solicitud de ayuda Tecnica, Informe Social, Indicación médica | Poblacion mayor de 65 y menor de 65 años años beneficiaria del s | Ingreso de paciente en Centro de Salud de Atencion Primaria | Centros de Salud de Atencion Primaria ( Ces, CESFAM, Cecosf, Pos | No | No | ||||||
Mecanismos de participación ciudadana
| Servicio | Sección | Subsección | Nombre/Título | Descripción | Tiene consejo consultivo | Enlace a consejo consultivo | Requisitos para participar | Propósito de la aplicación o implementación del mecanismo | Participantes y/o beneficiarios | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Atacama | Acceso de las personas a la información del Servicio | El Servicio pondrá a disposición del público la información relevante acerca de sus políticas, planes, programas acciones y presupuestos, asegurando que ésta sea oportuna, completa y ampliamente accesible. | No | No Corresponde | Sin Requisitos | La información se encontrará disponible principalmente a través del Sistema Integral de Atención de Clientes/as, Usuarios/as y Beneficiarios/as implementado, actualmente, en el Servicio Administrativo del Gobierno Regional de Atacama , en el marco de la Le | Ciudadanos y Ciudadanas de la Región de Atacama | ver enlace | ||
| Gobierno Regional de Coquimbo | Consejo de la Sociedad Civil | Consiste en generar una instancia institucionalizada y formal de participación y consulta ciudadana que recoge las visiones de la sociedad civil sobre el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas. En el marco de la estrategia regional de des | No | No tiene | Pertenecer a las organizaciones que componen el consejo de acuerdo a los estatutos y reglamentos que los rigen. En el Comité urb | El propósito de este mecanismo de participación es generar un espacio de análisis, discusión, desarrollo de propuestas y seguimiento en las diversas problemáticas y acciones que afectan e interactúan con todo lo concernientes a cada uno de los territorios, | Mesa Regional de Desarrollo Rural: Representantes de las Organizaciones Campesinas, Gobierno Regional, Servicios Públicos, Conse | Mesa Rural | ||
| Gobierno Regional de Los Lagos | ENCUENTROS INTERSECTORIALES PARA ZONAS AISLADAS | En el marco de la Ley de Gobiernos Regionales se incerta la actividad Encuentros Intersectoriales para Zonas Aisladas, que consiste en acercar a las autoridades a las comunidades, que por su condición geográfica se encuentran en situación de aislamiento y | NO | NO | Ser miembro de la comunidad que se va a intervenir. Tener calidad de autoridad, tanto de Gobierno, como Municipal u otra. Ser fu | Acercar a las autoridades de Gobierno y servicios a las localidades más aisladas. Hacer llegar la información a los lugaresmás alejados de la Región. | Todos los habitantes de la localidad | ver enlace | ||
| Servicio Nacional de Menores (SENAME) | Sección web "Gobierno Transparente | Es una sección web que publica información relevante del Servicio Nacional de Menores. Esta sección web es actualizada dentro de los 10 primeros días hábiles de cada mes. Aquí se explicitan los siguientes contenidos: -Estructura Orgánica -Las facultades, f | No | No tiene | no tiene requitos para participar | Proveer acceso a la información sobre el funcionamiento de SENAME en el marco del cumplimiento de la Ley N° 20.285 (Artículo N°7) Sobre Acceso a la Información Pública, promulgada el 11 de Agosto del 2008, referente a "Transparencia Activa" de los Organism | Personas que naveguen por el sitio web del Servicio. | ver enlace | ||
| Superintendencia de Salud | Dialogo Participativo | Es un espacio de encuentro entre la ciudadanía y la Superintendencia de Salud, Es un proceso donde la ciudadanía canaliza inquietudes, propuestas y soluciones en materias específicas de políticas públicas. | Sí | ver enlace | Recibir invitación con minuta de posición. | Su objetivo es promover la conversación entre actores sociales e institucionales, se busca generar una cultura de escucha y decisión activa en el marco de las políticas públicas, incorporando criterios de co-responsabilidad con el fin de ampliar la base de | Representantes de la Sociedad Civil del sector Salud, Personas Beneficiarias del sector salud público y privado. | ver enlace | ||
| Centro de Referencia de Salud de Maipú | CONSULTA CIUDADANA | Ser un espacio de participación, interacción y acceso de las personas a todas las Instituciones que correspondan al Sector Salud, | No | No Aplica | Acercarse con un medio de identificación a las vías de atención de OIRS, sea presencial en las dependencias de la organización, | Garantizar el derecho de los ciudadanos sin discriminación, a informarse, sugerir, reclamar y/o felicitar, acerca de las materias propias del sector, en un marco de respeto a todas las personas que constituyen el medio y la finalidad de las acciones del se | Usuarios directos o ciudadanos que requieren información de este Servicio Público | Trámite en Línea | ||
| Centro de Referencia de Salud de Maipú | ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA: OIRS (SOLICITUDES CIUDADANAS) Y GOBIERNO TRANSPARENTE | OIRS Ser un espacio de participación, interacción y acceso de las personas a todas las Instituciones que correspondan al Sector Salud. Gob.Transparente Espacio de acceso a la información pública, de forma activa. | No | No Aplica | OIRS Acercarse con un medio de identificación a las vías de atención de OIRS, sea presencial en las dependencias de la organizac | Garantizar el derecho de los ciudadanos sin discriminación, a informarse, sugerir, reclamar y/o felicitar, acerca de las materias propias del sector, en un marco de respeto a todas las personas que constituyen el medio y la finalidad de las acciones del se | Usuarios directos o ciudadanos que requieren información de este Servicio Público | Trámite en Línea | ||
| Servicio de Salud Maule | Presidente: Marco Toro Muñoz | |||||||||
| Servicio de Salud Maule | Marco Toro Muñoz, Presidente Consejo Desarrollo | |||||||||
| Secretaría Regional Ministerial de Tarapacá | Consejo Consultivo Asesor de la SEREMI de Salud | Instancias de participación de la sociedad civil organizada, se reúnen de acuerdo a programa de trabajo 4 veces al año, en dónde la comunidad plantea necesidades hacia la autoridad sanitaria y esta se compromete a abordarlas, dentro del marco de sus compet | Sí | Si | Interés en participar en la instancia | Contribuir a la elaboración e implementación del Plan Regional de Salud y en la planificaicón de las acciones de la Autoridad Sanitaria, con el fin de elevar la calidad de vida de la población de la región de Tarapacá. | Juntas de Vecinos, Uniones Comunales de Vecinos, de Asociaciones de Padres y Apoderados, Directores de establecimientos educacio | Si | ||
| Secretaría Regional Ministerial Metropolitano de Santiago | Cuentas Publicas | Es el informe anual de la gestión institucional que se entrega cada año al público interno y externo, sobre el cumplimiento del Plan de Salud Pública, objetivos y metas programadas, uso de recursos financieros, entre otros, en el marco de las directrices d | No | No tiene | Pertenecer a una de las entidades del Consejo Asesor. Además, se publica por 3 meses en nuestro sitio web www.asrm.cl | Entregar a la comunidad la información y transparentar el quehacer de la institución. | Los integrantes del Consejo Asesor, organismos públicos, Intendencia, Carabineros, Servicios de Salud, representantes de Colegio | ver enlace | ||
| Secretaría Regional Ministerial de O’Higgins | Cuentas Públicas Participativas | Es el informe anual de la gestión institucional que se entrega cada año al público interno y externo, sobre el cumplimiento del Plan de Salud Pública, objetivos y metas programadas, uso de recursos financieros, entre otros, en el marco de las directrices d | SI | No | Los integrantes del Consejo Asesor, organismos públicos, Intendencia, Carabineros, Servicios de Salud, representantes de Colegio | Informar sobre la gestión realizada por parte de la Institución y de las prioridades futuras, recoger las preguntas y planteamientos de la ciudadanía y dar respuesta a éstas, transparentando de este modo el quehacer institucional. | Autoridades Políticas Intendente, Senadores y Diputados de la Región, 33 Alcaldes. Director Servicio de Salud, Directores de Con | Si | ||
| SERVIU IX Región | Año 2009 | Ceremonia de Inauguración. | Las familias del comité inauguran sus viviendas en el marco de una ceremonia protagonizada por ellos. | Que las familias conmemoren el término del proceso constructivo y reciban las llaves de sus viviendas. | No existe vinculo a mayor información | |||||
| SERVIU IX Región | Año 2009 | Mesas Trimestrales de seguimiento. | De acuerdo a convenio Marco de las Egis, cada tres meses, a lo menos, éstas deben informar a las familias de los comités en contrucción los avances que ha tenido el proyecto, tanto desde el ámbito de la construcción como del avance del Plan de Habilitación | Que las familisa se encuentren informadas respecto de los procesos que se están llevando a cabo en sus comités. | No existe vinculo a mayor información | |||||
| SERVIU IX Región | Año 2011 | OIRS | Recepci�n y gesti�n de Reclamos , Sugerencias y Felicitaciones, dirigido a usuarios/as del Serviu regi�n de La Araucanía. Este servicio opera en el marco de la Ley 19.880, que establece plazos de respuesta. | No | No tiene | No hay | Entregar a la comunidad una v�a de contacto presencial o telef�nica para exponer sus demandas y mecanismos de resoluci�n de las mismas, retroalimentando a la vez la gesti�n del servicio. | Ciudadano o ciudadana que requiere expresar una sugerencia, reclamo o felicitaci�n dirigida al Serviu Regi�n de La Araucanía o a | ver enlace | |
| Comisión Nacional de Energía (CNE) | Consejo Consultivo de la Sociedad Civil | Contar con una entidad de carácter consultivo, con la participación de representantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con el ámbito de competencia y atribuciones de la Comisión. | Sí | Si tiene | La integración del Consejo estará conformada por:A) Un representante, elegido por el respectivo Decano, de las Facultades de Ing | Permitir una instancia de diálogo, análisis y discusión con la participación de actores de la sociedad civil, sobre aspectos específicos de planes, políticas, acciones o medidas que el Servicio pueda adoptar dentro del marco de sus atribuciones legales. | Representantes de la sociedad civil | ver enlace | ||
| Hospital Leonardo Guzmán de Antofagasta | Consulta ciudadana | Su propósito es consultar a la ciudadanía su opinión sobre materias de interes sectorial. | SI | No | accesible a toda la ciudadania | Propiciar participación ciudadana en el marco de la corresponsabilidad. | accesible a toda la ciudadania | No | ||
| Hospital Leonardo Guzmán de Antofagasta | Consejos de la Sociedad Civil | Son organos participativos en que actores integrantes de organizaciones sin fines de lucro inciden en la gesttión pública de salud. | SI | No | De acuerdo a los reglamentos internos de cada organización con por ejemplo: Bomberos, Scout | Propiciar la participación ciudadana en el marco de la corresponsabilidad | De acuerdo a los reglamentos internos de cada organización con por ejemplo: Bomberos, Scout | No | ||
| Hospital San Pablo de Coquimbo | Consulta ciudadana | Su propósito es consultar a la ciudadanía su opinión sobre materias de interes sectorial. Hasta el momento la organización no ha realizado Consultas Ciudadanas, ya que se encuentra en proceso de ampliación y reformulación de sus mecanismos de participación | No | No | No establecidos | Propiciar participación ciudadana en el marco de la corresponsabilidad. | Hasta el momento la organización no ha realizado Consultas Ciudadanas, ya que se encuentra en proceso de ampliación y reformulac | No | ||
| Hospital San Borja Arriarán | Asociación de Scouts del Hospital Clínico San Borja Arriarán | Asociación de jóvenes residentes de la comuna de Santiago e hijos de funcionarios que participan realizando alctividades como cuidado del medio ambiente. | 20 | No | Ley de Participación Ciudadana | Integrar a los jóvenes en áreas de participación ciudadana en el marco de las acciones cívicas. | Grupo Scout del HCSBA. | No | ||
| Hospital Roberto del Río | Consulta Ciudadana | Su proposito es consultar a la ciudadania su opinion sobre materias de interes sectorial | No | No | No tiene requisitos para participar | opiciar la participacion ciudadana en el marco de la corresponsabilidad | Población en general | Si | ||
| Hospital Sótero del Río | Hospital Amigo | Estrategia del CASR, de contar con horarios extendidos de visita a pacientes hospitalizados Adultos, Mujer de 6 horas, con la denominación de "Tutores". En Área Pediátrica horario contínuo de 24 horas de acompañamiento de padres. Acompañamiento de padre al | No | Las visitas extendidas se circunscriben a Servicios Clínicos Básicos, se excluyen los Servicios de Críticos que cuentan con hora | El "Hospital Amigo" del CASR forma parte de las líneas programáticas ministeriales, en el marco de implementación de un modelo de atención de salud integral, con enfoque familiar y comunitario. Esta línea programática agrupa actividades relacionadas con la | Los pacientes, familiares y/o acompañantes de pacientes hospitalizados en Servicios Básicos Adultos y Mujer del CASR. Todos los | ver enlace | |||
| Hospital de Curicó | Consulta ciudadana | Su propósito es consultar a la ciudadanía su opinión sobre materias de interes sectorial. | No | No | La ciudadanía expresa su opinión sobre materias de interes en la atencion de salud. | Propiciar participación ciudadana en el marco de la corresponsabilidad. | Para la ciudadanía en general. | Si | ||
| Hospital de Curicó | Consejos de la Sociedad Civil | Son organos participativos en que actores integrantes de organizaciones sin fines de lucro inciden en la gesttión pública de salud. | Sí | Si | Ser presidente o representante de Organizaciones e instituciones públicas o privadas como: Consejos de Desarrollo de la Provinci | Propiciar la participación ciudadana en el marco de la corresponsabilidad | Repesentantes de Consejos de Desarrollo, Uniones Comunales, gremios, Directivos, entre otras organizaciones | Si | ||
| Hospital de Puerto Montt | VOLUNTARIADO DEL HOSPITAL | Es un espacio de encuentro entre la ciudadanía y el Hospital de Puerto Montt. Es un proceso donde la ciudadanía canaliza inquietudes, propuestas y soluciones en materias específicas de mejoras en la atención y servicios de la institución. Esta actividad se | No | No | Recibir invitación al taller. | Su objetivo es promover la conversación entre actores sociales e institucionales, se busca generar una cultura de escucha y desición activa en el marco de las políticas, incorporando criterios de co- responsabilidad con el fin de ampliar la base de legitim | Representantes de organizaciones sociales, consejo consultivo, voluntariado, oirs y representantes de los funcionarios. | No | ||
| Instituto Psiquiátrico | Consulta ciudadana | Su proposito es consultar a la ciudadania su opinion sobre materias de interes sectorial | No | No | No tiene requesitos para participar | Propiciar participación ciudadana en el marco de la corresponsabilidad. | Ciudadania en general | ver enlace | ||
| Hospital El Pino | Acceso a Informaci¢n | Acceso a la Informacion de la institucion por parte de la ciudadania en el marco de la Ley 20,285 de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica | No | No | No hay | En el marco de la Ley 20,285 de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica el hospital se encuentra a disposicion de la ciudadania, para dar cumplimiento a los requerimientos de acceso a informacion de la institucion, salvo las excepciones que la mism | ciudadania | Si | ||
| Hospital Luis Calvo Mackenna | Consulta ciudadana | Su propósito es consultar a la ciudadanía su opinión sobre materias de interes sectorial. | No | No tiene | Padre, madre, tutor de un niño que recibe atención de salud en el hospital y que desea participar | Propiciar participación ciudadana en el marco de la corresponsabilidad. | Participan en forma estable representantes de Agrupaciones de Padres de pacientes crónicos y padres o tutores de pacientes que d | Enlace1 | ||
| Hospital Luis Calvo Mackenna | Consejos de la Sociedad Civil | Son organos participativos en que actores integrantes de organizaciones sin fines de lucro inciden en la gestión pública de salud. | Sí | No tiene | Esta instancia de participación convoca a presidentes y/o representantes de diferentes intancias intra y extra hospitalarias dea | Propiciar la participación ciudadana en el marco de la corresponsabilidad | Director del hospital, Encargada de Participacion, representantes del Comité de usuarios, representante de los voluntariados, re | Enlace1 | ||
Programas de subsidios y otros beneficios
| Servicio | Sección | Subsección | Nombre/Título | Fuente legal | Periodo | Unidad monetaria | Monto | Criterio | Enlace a mayor información | Enlace a nómina de beneficiarios |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | Año 2009 | CLUB DEPORTIVO SAN MARCOS DE ARICA | LEY Nº 20.314 PRESUPUESTO 2009, GLOSA 20 DEPORTE | 23/04/2009 - 23/08/2009 | Pesos | 25000000 | DIRECTO CORE | |||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Año 2012 | Programa para la Internacionalización de la Innovación CONTACTCh | Res. Exenta Nro. J-688 | 31/03/12 al 31/12/12 | Dólares | Personas naturales mayores de dieciocho años, o personas jurídicas que presentan un proyecto en el marco de este programa y que | ver enlace | No es Programa Social | ||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Año 2013 | Programa para la Internacionalización de la Innovación CONTACTCh | Res. Exenta Nro. J-688 | 31/03/12 al 31/12/12 | Dólares | Personas naturales mayores de dieciocho años, o personas jurídicas que presentan un proyecto en el marco de este programa y que | ver enlace | No es Programa Social | ||
| Subsecretaría de Pesca | Año 2011 | AUTORIZA ENTREGA DE FONDOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE EMPLEABIL | Res.Ex.1.548 | Desde el 02/09/2010 Hasta el 15/09/2010 | Pesos | 30000000 | Trabajadores desplazados del sector Pesquero Indistrial bajo la vigencia de la Ley 19.713, año 2010 | Res.Af. N° 20 de 01/09/2010 | ||
| Subsecretaría de Pesca | Año 2011 | Autoriza entrega de Fondos en el Marco del Programa de Empleabil | Res.Ex.2.219 | Desde el 02/09/2010 Hasta el 15/09/2010 | Pesos | 155000000 | Trabajadores desplazados del sector Pesquero Industrial bajo la vigencia de la Ley 19.713, año 2010 | Res. Ex. N° 1.700, Titulo III, Art. 6° y 7°, letras a), b), c), d), f), g), h) e i) | Res.Af. N° 20 de 01/09/2010 | |
| Subsecretaría de Pesca | Año 2011 | Autoriza entrega de Fondos en el Marco del Programa de Empleabil | Res.Ex.2.831 | Desde el 07/10/2010 Hasta el 20/10/10 | Pesos | 180000000 | Trabajadores desplazados del sector Pesquero Industrial bajo la vigencia de la Ley 19.713, año 2010 | Res.Af. N° 20 de 01/09/2010 | ||
| Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) | Año 2010 | Programa de Profesionalización Campesina | Resolución Exenta Nº 359 del Ministerio de Agricultura convenio Marco de colaboración MINAGRI y Subsecretaría del Trabajo y Prev | Inicio 28/11/ 2008, término 28/11/2010 renovable | Pesos | Suscribir una carta compromiso en la cual el o la postulante declare que cumple con Título III, artículo 11, letra d, del Reglam | ver enlace | ver enlace | ||
| Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) | Año 2011 | Programa de Formación y Capacitación para Mujeres Campesinas (Co | Resolución N° 31493. Aprueba Convenio Marco INDAP-PRODEMU. | Inicio 02/01/ 2008/ - Vigente a la fecha | Pesos | Suscribir carta de compromiso con el programa declarando que tienen tiempo compatible para la actividad del programa | ver enlace | ver enlace | ||
| Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) | Año 2012 | Programa de Formación y Capacitación para Mujeres Campesinas (Co | Resolución N° 31493. Aprueba Convenio Marco INDAP-PRODEMU. | En diciembre de cada año, luego de los 3 años de intervención de | Pesos | .* Mujeres que cumplan con los requisitos de ser usuarias de INDAP. .* Mujeres que estén dispuestas a trabajar de manera asociat | ver enlace | ver enlace | ||
| Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) | Año 2013 | Programa de Formación y Capacitación para Mujeres Campesinas (Co | Resolución N° 31493. Aprueba Convenio Marco INDAP-PRODEMU. | En diciembre de cada año, luego de los 3 años de intervención de | Pesos | .* Mujeres que cumplan con los requisitos de ser usuarias de INDAP. .* Mujeres que estén dispuestas a trabajar de manera asociat | ver enlace | ver enlace | ||
Participación, representación e intervención
| Servicio | Sección | Subsección | Entidad | Tipo | Descripción | Fecha de inicio | Fecha de término | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Gobierno Regional de Atacama | Convenio Marco entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, Direccion Regional de Cultura Atacama y el GORE Atacama | Participación | Impulsar planes de integración cultural | 07/09/2011 | Indefinido | Convenio Marco de fecha 07/09/2011 | ver enlace | ||
| Gobierno Regional de Arica y Parinacota | SECRETARA TECNICA DE LA REGION DE ARICA Y PARINACOTAEN EL MARCO DEL PROGRAMA DE INTERVENCION EN ZONAS CON PRESENCIA DE POLIMETALES | Paricipación | PRESIDE COMISION DE POLIMETALES | 21/06/2010 | 31/12/2011 | RESOLUCION EXENTA 617 | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE) | Comité Interministerial para el Desarrollo de Arica | Participación | La Secretaría Ejecutiva está incorporada a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para potenciar la relación con las regiones y profundizar la gestión de los territorios especiales en el marco del proceso de descentralización del país. | 18/05/1994 | Indefinido | Decreto Nº 655 del 18/05/1994, del Ministerio del Interior. Crea el Comité Interministerial para el Desarrollo del Arica | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE) | Comité Interministerial para el Desarrollo de Aysen | Participación | La Secretaría Ejecutiva está incorporada a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para potenciar la relación con las regiones y profundizar la gestión de los territorios especiales en el marco del proceso de descentralización del país. | 30/12/1994 | Indefinido | Decreto Nº 2.885 del 30/12/1994, del Ministerio del Interior. Crea el Comité Interministerial para el Desarrollo del Aysén | ver enlace | ||
| Intendencia Arica y Parinacota | SECRETAR�A T�CNICA DE LA REGI�N DE ARICA Y PARINACOTA EN EL MARCO DEL PROGRAMA DEINTERVENCI�N EN ZONAS CON PRESENCIA DE POLIMETALES | PARTICIPACI�N | 21/06/2010 | RESOLUCI�N EXENTA N� 617 | Ver norma jur�dica | ||||
| Gobierno Regional de Los Ríos | Convenio Marco de Colaboración en Materia de Información Territorial | Representación | Convenio entre el Gobierno Regional y las SEREMIS de: Bienes Nacionales, Obras Públicas, Planificación, Vivienda, Economía, Educación, Salud, Transporte, Mineria y CONAMA | 16/10/2009 | Indefinido | Resolución Exenta N° 2058 de fecha 16/10/2009 | |||
| Gobierno Regional de Los Lagos | Complementariedad en Base al PMG GT | Participación | Acciones complementaria que se llevan a cabo con otros servicios en el marco del Pmg Gestión Territorial | 01/01/2008 | Indefinido | Resolución Exenta Nº 1991 de fecha 31 de Octubre de 2007 | ver enlace | ||
| Gobierno Regional de Los Lagos | Coordinación Regional del Gasto Público | Participación | Armonizar en los territorios (Provincias, comunas y localidades), las acciones que las instuciones realizan en cada ejercicio presupuestario. Elaborar para cada periodo presupuestario el ARI y el PROPIR. Realizar el seguimiento y monitoreo del PROPIR y otros instrumentos de programación plurialnual, tales como ; convenio marco, planes sectoriales, entre otros. Elaborar para cada periodo presupuestario el ARI y el PROPIR. Elaborar informes de avance de los distintos programas de inversión regional. Desarrollar un Plan Comunicaional Anual de Inversión, con los antecedentes proporcionados por las entidades públicas regionales. | 24/05/2010 | Indefinido | Resolución Nº 1244. de fecha 24 de mayo de 2010 | ver enlace | ||
| Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena | Intendente Regional | Representación | Comisión Regional Bicentenario Coordina Regionalmente las iniciativas Bicentenario | Indefinido | Resolución Exenta Nº 2055 del Minvu, que aprueba protocolo marco Comisión Asesora presidencial para el Bicentenario de la República de Chile, que fija normas para el funcionamiento de la Comisión Bicentenario y determina la estructura y funciones de la Sec | ver enlace | |||
| Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR) | Región Metropolitana - Corporación de Orquestas Infantiles y Juveniles | Participación | Convenio de colaboración tendiente a coordinar acciones para incorporar el trabajo musical de las orquestas juveniles e infantiles locales en actividades recreativas en el marco del desarrollo de los programas sociales del SERNATUR, entendiendo estas actividades como un aporte cultural a dichos programas | 04/12/2008 | Indefinido | ver enlace | |||
| Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR) | Región Metropolitana - CNCA, Consejo Nacional de la Cultura y las Artes | Participación | Convenio marco de colaboración, cooperación y apoyo técnico permanente orientado especialmente en aquellas acciones que se relacionen con poner en valor el turismo cultural del pais | 08/09/2004 | Indefinido | ver enlace | |||
| Instituto Nacional de la Juventud (INJUV) | Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA | Participación | Complementar los esfuerzos de ambas instituciones para contribuir a fortalecer el desarrollo de los jóvenes del sector agropecuario y rural de Chile. Dar marco y fundamento legal a futuros Convenios, Contratos de operación o Cartas de entendimiento específicos, entre el INJUV y el IICA | ver enlace | |||||
| Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) | Ministerio del Medio Ambiente Regi�n Metropolitana | Participaci�n | Participaci�n en la implementaci�n del manual de fiscalizaci�n elaborado en el marco del proyecto Acuerdo para la Conservaci�n del Cord�n de Cantillana | Indefinido | Ley 18.902; Ley N�19.300; Oficio SISS N�188/2009. (Art 4° ley 18.902 Corresponderá al Superintendente “ h) Ejecutar los actos y celebrar las convenciones necesarias para el cumplimiento de los fines del Servicio.") | Ley 18.902 | |||
| Comisión Chilena del Cobre (COCHILCO) | Comisión de Coordinación Técnica en el marco del Comité Interministerial de Política Hídrica | Participación | Facilitador de acuerdos y coordinación interinstitucional para cumplimiento tareas del Comité: (i) asesorar en la formulación de una propuesta de lineamientos de una política nacional de recursos hídricos de largo plazo, (ii) proponer lineamientos para la adecuación del actual régimen jurídico a la propuesta de política, (iii) solicitar información a organismos y coordinar sus acciones | Indefinido | GAB.PRES.N°003 de 19 junio 2009 | ver enlace | |||
Registro de respuesta de solicitudes
| Servicio | Sección | Subsección | Materia | Folio | Fecha de la solicitud | Resumen de la solicitud | Enlace al documento de respuesta |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2013 | Marzo 2013 | Comunicaciones, información y datos | AE007C-0000226 | 2026-03-13 | Solicito datos y contactos de empresas peruanas, bolivianas u otro país vecino que exporte a Chile puertas, marcos y molduras de madera, las cuales cumplan con la normativa chilena vigente. | ver enlace |
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2013 | Marzo 2013 | Funcionarios y servidores públicos | AE007W-0004105 | 2022-02-13 | Quisiera saber si Marcos Vargas trabaja en aduanas, pues no lo he encontrado en las nóminas disponibles vía web. El se identificó como funcionario cuando fué a mi domicilio a entregar un sobre a mi nombre que se negó a entregar a mi conserje, quien tiene un poder para recibir correspondencia (y que jamás ha habido problemas con eso). | ver enlace |
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2013 | Abril 2013 | Políticas, sistemas y procesos | AE007W-0004216 | 2007-04-13 | Quisiese saber si fuera posible me envíen el P.A.C. 2013, para tener posibilidad de licitar a través de CONVENIO MARCO o MERCADO PUBLICO. | ver enlace |
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2012 | Diciembre 2012 | Comunicaciones, información y datos | AE007W-0003870 | 2011-12-12 | 1) cada vez que marco 00-56-2-2995261 / 00-56-32-213450 me sale una grabacion que el numero no existe, 2) No hay ningun correo electronico para poder comunicarse con alguien en aduanas. 3) Para los chilenos en el exterior es muy desagradable no tener con quien hablar, mientras seguramente no estan metiendo en una maquina moledora de carne | ver enlace |
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2012 | Julio 2012 | Comunicaciones, información y datos | AE007W-0003425 | 2020-07-12 | información respecto de una compra de maquinaria realizada por Don Marcos Franklin Aguirre Varas . Cédula Id. 4.816.165-0 | ver enlace |
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2012 | Julio 2012 | Comunicaciones, información y datos | AE007W-0003425 | 2020-07-12 | información respecto de una compra de maquinaria realizada por Don Marcos Franklin Aguirre Varas . Cédula Id. 4.816.165-0 | ver enlace |
| Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS) | Proyectos, asesorías, estudios | AI004C-0000051 | 0000-00-00 | Junto con salurlo cordialmente y por intermedio de la presente, gengo a bien solicitar en el marco de la ley 20.285 de Transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado, los resultados de la evaluación ex antes de todos los proponenetes, correspondientes a la primera convocatoria de la licitación pública del programa Yo Emprendo Semilla - Chile Solidario, 2012, terrtorios San Felipe 1, San Felipe 2, San Felipe - Los Andes y Los Andes. Cabe señalar que dicha inf | |||
| Subsecretaría de Telecomunicaciones | Calidad del Servicio | AN002C-0000257 | 0000-00-00 | Solicita acceso a información pública adicional en el marco de los resultados del Modelo de Competencia por calidad de Servicio, publicados por Subtel en el mes de enero de 2013 | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Telecomunicaciones | Documentos oficiales | AN002W-0000450 | 0000-00-00 | Solicita acceso a los siguientes documentos: Normativa complementaria dictada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones en el marco de la Ley 20.599 (Ley de Antenas) ; últtimas modificaciones al Reglamento General de Servicios de Telecomunicaciones ; últimas modificaciones al Reglamento de Reclamos ; Norma general dictada por la Subtel en relación a Operadores Virtuales Móviles Norma general dictada por la Subtel en relación a operadores de infraestructura de telecomunicaciones | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Telecomunicaciones | Operador de Infraestructura | AN002W-0000544 | 0000-00-00 | Solicita acceder a los antecedentes que obran en el expediente formado para otorgar a la empresa American Tower la concesión, para convertirse en Operador de Infraestructura, en el marco de la Ley vigente 20.478 | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Agricultura | Informe favorable para la construcción (Ex Cambio de Uso de Suel | AR-001-W-00000179 | 0000-00-00 | "Autorizaciones otorgadas por las Secreteríaas Regionales Ministeriales (SEREMI( del Ministerio de Agricultura 2010-2012. Solicito la siguiente información relativa a los permisos que a su servicio le corresponde otorgar, cualesquiera sean estos, y que hayan sido solicitados fuera del marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA): 1.- Número de permisos solicitados a su servicio, por año, desde 2010 a la fecha (2010, 2011 y 2012). 2.- Número de permisos otorgados por su servicio, por año, desd | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Agricultura | PMG Seguridad de la Información | AR-001-W-00000244 | 0000-00-00 | "En el marco de un proyecto de investigación en materias de seguridad de la información y continuidad del negocio, les agradeceríamos nos pudiesen proporcionar la siguiente información: ? Política de Seguridad de la Información ? Procedimiento de Gestión de Incidentes ? Política de Continuidad del Negocio ? Procedimientos de Análisis del Impacto en el Negocio ? Planes de Continuidad del Negocio desarrollados ? Planes de Recuperación de Desastres desarrollados ? Planilla EXCEL PMG Sistema de Seguridad de la | ver enlace | ||
| Servicio Agrícola Ganadero (SAG) | Comunicaciones, información y datos | AR006W-0000619 | 0000-00-00 | Solicito la siguiente información relativa a los permisos que a su servicio le corresponde otorgar, cualesquiera sean estos, y que hayan sido solicitados fuera del marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA): 1.- Número de permisos solicitados a su servicio, por año, desde 2010 a la fecha (2010, 2011 y 2012). 2.- Número de permisos otorgados por su servicio, por año, desde 2010 a la fecha (2010, 2011 y 2012). 3.- ¿Respecto de qué tipo de permisos su servicio exige que el particular que lo so | ver enlace | ||
Índice de actos y documentos calificados como secretos o reservados
| Servicio | Sección | Subsección | Nombre/titulo del acto, documento, o informacion secreto o reservada | Nombre/titulo del acto o resolución en que consta tal calificación | Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial | Fundamento legal y causal de secreto o reserva | Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Servicio Nacional de Aduanas | Año 2011 | Licitaciones adjudicadas en la implementación ISO 9001 en sistemas PMG, convenio marco de la calidad, en el Servicio Nacional de | Resolución Exenta N° 3035 | Licitación Pública 586-144-LP09 | Artículo 21 N° 1 letra b) Ley N° 20.285 | 2011-06-13 | ver enlace | |
| Instituto Nacional de Estadísticas (INE) | Resolución Exenta 1273 de fecha 20 de abril de 2009. | Ord. N° 430 División Jurídica | "Estimada(o)s, En el marco de un proyecto de investigación en materias de seguridad de la información y continuidad del negocio, | Denegación parcial Art. 10 y 13 ley 20.285. Inexistente. | 2013-03-04 | ver enlace | ||
| Instituto Nacional de Estadísticas (INE) | Resolución Exenta 1273 de fecha 20 de abril de 2009. | Ord. N° 417 División Jurídica | "En el marco de la ley 20.285, agradeceré a Ud., facilitarnos "Cartografía el formato Shape o en PDF y resultados del Precenso 2 | Denegación parcial Art. 21 N° 1 letra b) ley 20.285 y Art. 7 N°1 letra b) del Reglamento ley 20.285. Acto Intermedio y Art. 10 y | 2013-02-28 | ver enlace | ||
| Instituto Nacional de Estadísticas (INE) | Resolución Exenta 1273 de fecha 20 de abril de 2009. | Ord. N° 416 División Jurídica | "Estimada(o)s, En el marco de un proyecto de investigación en materias de seguridad de la información y continuidad del negocio, | Denegación parcial Art. 10 y 13 ley 20.285. Inexistente. | 2013-02-28 | ver enlace | ||
| Instituto Nacional de Estadísticas (INE) | Resolución Exenta 1273 de fecha 20 de abril de 2009. | Ord. N° 415 División Jurídica | "Estimada(o)s, En el marco de un proyecto de investigación en materias de seguridad de la información y continuidad del negocio, | Denegación parcial Art. 10 y 13 ley 20.285. Inexistente. | 2013-02-28 | ver enlace | ||
| Instituto Nacional de Estadísticas (INE) | Resolución Exenta 1273 de fecha 20 de abril de 2009. | Ord. N° 414 División Jurídica | "Estimada(o)s, En el marco de un proyecto de investigación en materias de seguridad de la información y continuidad del negocio, | Denegación parcial Art. 10 y 13 ley 20.285. Inexistente. | 2013-02-28 | ver enlace | ||
| Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS) | Los Rol Únicos Tributarios y Curriculums de personas propuestas a la Dirección Nacional en la postulación al cargo de Jefe de De | Resolución Exenta N°2,682 de 11 de abril de 2013 | Números de cédula nacional de identidad de los postulantes propuestos a la Dirección nacional en el marco del concurso, así como | importaría una infracción a la Ley 19,628 sobre Protección de la Vida Privada, artículo segundo artículo 21 N°2 de la Ley 20,285 | 2013-05-09 | ver enlace | ||
| Subsecretaría de Justicia | Año 2013 | Datos cuya publicidad, comunicación o conocimiento afecte tanto el debido cumplimiento de las funciones del órgano, como la segu | Ord. N° 1993 de fecha 18 de marzo 2013 | Solicita información en el marco de un proyecto de investigación en materias de seguridad de la información y continuidad del ne | La información trata sobre datos cuya publicidad, comunicación o conocimiento afecte tanto el debido cumplimiento de las funcion | 2013-03-18 | Ord. N° 1993 | |
| Dirección General de Obras Públicas | Deniega entrega de información relativa a Oferta T�cnica Empresa Cruz y D�vila en el marco de la licitaci�n del contrato " Aseso | Resoluci�n DGOP Exenta N� 141/2012 | No Aplica | Artículo 21 Ley 20.285 sobre acceso a la informaci�n p�blica, N� 1: Cuando su publicidad, comunicaci�n o conocimiento afecte el | 2012-01-06 | Ver Documento | ||
| Subsecretaría de Transporte | Manifestaciones de inter�s presentadas por todos los postores, durante el mes de agosto de 2011, en el marco del proceso de asig | Resoluci�n Exenta N�3, de 2011, de la Subsecretar�a de Transportes | No aplica | Art. 21 N�1, letra b, Ley N� 20.285. Cuando su publicidad, comunicaci�n o conocimiento afecte el debido cumplimiento de las func | 2011-10-12 | ver enlace | ||
| Servicio de Salud Coquimbo | Actos que se dicten o emitan en el marco de procesos sumariales y dctos que forman parte de los expedientes disciplinario mientr | Resolución Exenta Nº229/04.02.2010 | No Aplica | Art.137 del DFL Nº29/2005 | 2010-02-04 | Ver enlace | ||
| Servicio de Salud del Reloncaví | Antecedentes, informes, propuestas presentados por los oferentes en el marco de la ejecución de obra denominada "Normalización H | Resolución Nº 2348 de 2009 | No aplica | Artículo 21 Nº1 letra b) Ley 20.285 | 2009-09-04 | Si | ||
| SERVIU RM | Actual domicilio de las familias que habitaban en la Población "Las Viñitas" y que en el marco de la intervención de Serviu Metr | Of. Ord. N° 3884 de fecha 09 de Mayo de SERVIU Metropolitano | Parcial | Artículo 10 y siguientes de la Ley Nº 20.285, "Sobre Acceso a la información Pública", y lo dispuesto por el artículo 2 letra f) | 2012-05-09 | ver enlace | ||
| SERVIU RM | Subsidios habitacionales que fueron entregados en el marco del Programa de Reconstrucción entre marzo del 2010 y el mes de mayo | Of. Ord. N° 6878 de fecha 03 de Agosto de SERVIU Metropolitano | Parcial | Artículo 21, letra c) de la Ley de Transparencia | 2012-08-03 | ver enlace | ||
| Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) | Año 2010 | Nómina de correos electrónicos o números telefónicos de personas que realizaron consultas en el marco de la Ley Nº 20.285. | Carta Nº 191 | Se deniega el acceso sobre la totalidad de la información requerida. | Artículo 2 letra f) de la Ley Nº 19.628 sobre Protección de la Vida Privada Artículo 21 número 2º de la Ley Nº 20.285 de Transpa | 2010-09-01 | ver enlace | |
| Coordinación de Concesiones | Deniega entrega de información relativa a Oferta T�cnica Empresa Cruz y D�vila en el marco de la licitaci�n del contrato " Aseso | Resoluci�n DGOP Exenta N� 141/2012 | No Aplica | Artículo 21 Ley 20.285 sobre acceso a la informaci�n p�blica, N� 1: Cuando su publicidad, comunicaci�n o conocimiento afecte el | 2012-01-06 | Ver Documento | ||
| Consejo de Defensa del Estado | ACUERDOS ADOPTADOS POR EL CDE CON LOS BANCOS SANTANDER Y ESPÍRITU SANTO, AMBOS APROBADOS EN SESIÓN DE CONSEJO, EN EL MARCO DE LA | OFICIO 1558 15.03.2011 | TEXTOS DEFINITIVOS DE LOS ACUERDOS | ART 21 Nº 1 LETRA A), Nº 2, Nº 4 Y Nº 5 DE LA LEY 20.285 ART 61 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CDE | 2011-03-15 | Enlace | ||
Formularios y antecedentes de propuestas normativas que afecten a empresas de menor tamaño (EMT)
| Servicio | Sección | Subsección | Fecha de publicación | Organismo que dicta la norma | Denominación, título o nombre de la propuesta normativa | Tipo de norma | Efectos de la norma | Enlace al formulario | Enlace a mayor información |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Subsecretaría de Pesca | 14/06/2012 | Subsecretaría de Pesca | Revisión de la Talla mínima de jurel en el marco de la Ley 20.485. | Resolución | Modifica normativa existente | Ver enlace | ver enlace | ||
Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos
| Servicio | Sección | Subsección | Unidad u órgano interno | Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | Fecha última modificación | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | División de Regulación de Valores | Elaboración de Normas: corresponde a las actividades de estudio y análisis de riesgos de los distintos negocios o conflictos que requieren ser abordados o solucionados, y el desarrollo, presentación, discusión y emisión de los cuerpos normativos que establecerán el marco de acción de tales negocios o de solución para los conflictos. | D.L.N° 3.538, Art. 8 y 10 | ver enlace | |||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | Unidad de Monitoreo | La Unidad de Monitoreo, dependiente de la Intendencia de Valores, tiene como principal misión la vigilancia contínua de los mecanismos de negociación de valores, de modo de resguardar que las transacciones se efectúen dentro un marco competitivo, ordenado, equitativo y transparente. Esto respecto de la información de oferta y demanda de valores y de los cierres resultantes, así como de la información de valores y sus emisores. | D.L.N° 3.538, Art. 8 y 10 | ver enlace | |||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | En este marco, el Area estará a cargo del conocimiento e investigación de reclamaciones y denuncias, y de las consultas relacion | ||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | g) Ejecutar las gestiones y tareas relativas al cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Superintendencia en el Marco d | ||||||||||
| Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) | b) Supervisar el cumplimiento oportuno de la entrega de información solicitada en el marco de la Ley 20.285; | ||||||||||
| Subsecretaría del Interior | Ministro del Interior y Seguridad P�blica | Proponer al Presidente de la Rep�blica las normas y acciones sobre pol�ticas internas orientadas a mantener el orden p�blico, la seguridad y la paz social. Aplicar, por medio de las autoridades de Gobierno Interior, las normas que para este efecto se dicten. Promover e impulsar pol�ticas de desarrollo regional, provincial y local, evaluando su ejecuci�n. Fiscalizar el cumplimiento de normas legales, reglamentarias y t�cnicas y de las instrucciones que se dicten para la administraci�n civil del Estado, en materias atingentes a las �reas de desarrollo regional, modernizaci�n y reforma administrativa. Proponer al Presidente de la Rep�blica las pol�ticas de migraci�n, y asumir la representaci�n judicial del Gobierno en todos los casos que le se�alan las leyes y, en general, cumplir y ejercer las atribuciones que le encomiende el Presidente de la Rep�blica o la ley. Revisar y substanciar sumarios administrativos e investigaciones sumarias. Redactar y patrocinar renuncias, querellas y requerimientos que el Ministerio presente ante los tribunales de justicia por infracciones a las leyes de seguridad interior del Estado, control de armas, antiterrorista y a otras disposiciones legales. Entregar a la ciudadan�a los resultados preliminares de los eventos de elecci�n popular que se efect�en en el pa�s. Coordinar, evaluar y controlar la ejecuci�n de planes y programas que se desarrollen en materia de prevenci�n y control de la delincuencia, rehabilitaci�n de infractores de ley y su reinserci�n social, en la forma que establezca la ley y dentro del marco de la Pol�tica Nacional de Seguridad P�blica Interior. Asimismo, le corresponde la gesti�n de los asuntos y procesos administrativos que las Fuerzas de Orden y Seguridad P�blica requieran para el cumplimiento de sus funciones y que sean de su competencia. | Art. 3� D.F.L. N� 7912 Art. 1� al 5� Ley N� 20.502 Art. 175 bis Ley N�19.237 | Ver Documento | 2011-02-21 | ||||||
| Servicio Electoral (SERVEL) | UNIDAD DE ADQUISICIONES | Dependiente de la División de Gestión Interna a) Adquirir bienes y contratar servicios de acuerdo a las necesidades institucionales b) Proponer y administrar un programa de adquisiciones sobre la base de las necesidades, antecedentes técnicos y estadísticas que desarrolle la unidad sobre la materia, dentro del marco presupuestario definido por las instancias correspondientes c) Mantener un registro de las adquisiciones asignadas por proveedor con su nivel de cumplimiento d) Proponer las bases administrativas y técnicas que sean requeridas para el desarrollo de los procesos de compra, en concordancia con los antecedentes entregados por las unidades demandantes e) Asesorar a las unidades de compra y unidades demandantes del Servicio para garantizar el cumplimiento de los procedimientos de compra establecidos f) Proponer los reglamentos e instructivos necesarios para el desarrollo de los procesos de adquisiciones g) Adjudicar las licitaciones y emitir las órdenes de compras ; efectuando los trámites con los proveedores para asegurar la ejecución de las compras de bienes y servicios, por parte de las unidades demandantes h) Asesorar al Comité de Adquisiciones del Servicio y cumplir las labores de secretaría del mismo i) Administrar los fondos de dinero en efectivo, para adquirir bienes o servicios, según los términos del Reglamento respectivo y j) Cumplir las demás instrucciones que imparta la jefatura respectiva. | Art. 60, Ley N° 18.556, Ley N° 20.395 y Resolución N° 1600/08 ver ley | ver enlace | |||||||
| Intendencia Arica y Parinacota | Departamento de Comunicaciones | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regi�n Metropolitana, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n Metropolitana.� | DFL 1 Fija Texto Ref., coord., sistem. y act.LOC N� 19175 sobre Gob. y Adm. Reg., Art�culo N� 2. | Ver Documento | 2009-02-04 | ||||||
| Intendencia de Aysén | Departamento de Comunicaciones | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regi�n Metropolitana, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n Metropolitana.� | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175, Articulo N� 2 | Ver Documento | 2012-01-31 | ||||||
| Intendencia de Coquimbo | Comunicaciones | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regi�n Metropolitana, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n Metropolitana.� | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175, art. N� 2 | Ver Documento | 2009-02-04 | ||||||
| Intendencia de La Araucanía | Oficina de Comunicaciones y RR.PP | Mantener imagen corporativa de la Intendencia de La Araucania, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n. | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175, art. N� 2�� | Ver Documento | 2009-02-04 | ||||||
| Intendencia de Los Lagos | Planificaci�n, Desarrollo y Control de Gesti�n | Responsable de ejecutar e implementar los Programas de Mejoramiento de Gesti�n (PMG) Responsable de ejecutar e implementar el Convenio de Desempe�o Colectivo Responsable de elaborar y mantener actualizada la matriz de riesgo del Servicio Efectuar estudios, proponer planes y medidas de organizaci�n y racionalizaci�n de funciones y procedimientos, para optimizar la gesti�n del Servicio. Responsable de transparencia activa, es decir, mantener actualizada la informaci�n que se re-quiere publicar en el sitio web de la Intendencia Regional, en cumplimiento de la ley de Transpa-rencia. Fiscalizar el cumplimiento de procedimientos, y que �stos se apeguen al marco legal, con la co-laboraci�n de los Encargados o Jefes de Deptos. Colaborar en el cumplimiento de metas y compromisos de gesti�n del Servicio. Dar cumplimiento a las disposiciones de la ley de bases de procedimientos administrativos y la ley de transparencia. | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175, art. N� 2 | Ver Documento | 2009-02-04 | ||||||
| Intendencia de Los Ríos | Unidad de Comunicaciones | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regi�n de Los R�os, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n de Los R�os.�� | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175, art. N� 2 | Ver Documento | 2012-01-31 | ||||||
| Intendencia de Magallanes | Departamento de Comunicaciones | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regi�n Metropolitana, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n Metropolitana.� | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175, art. N� 2 | Ver Documento | 2012-01-31 | ||||||
| Intendencia de Tarapacá | Asesor de Comunicaciones | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regional de Tarapac�, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n de Tarapac�.� | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175, art. N� 2 | Ver Documento | 2012-01-31 | ||||||
| Intendencia de Tarapacá | Unidad de Promoci�n Social | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regional de Tarapac�, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n de Tarapac�.� | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175, art. N� 76 | Ver Documento | 2012-01-31 | ||||||
| Intendencia de Valparaíso | Comunicaciones | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regi�n Metropolitana, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n Metropolitana.�� | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actuaizado de la ley N�19.175��Art. N�2 | Ver Documento | 2005-11-08 | ||||||
| Intendencia del Maule | Departamento de Comunicaciones | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regi�n Metropolitana, difundiendo las actividades que realiza el Intendente regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n Metropolitana.� | DFL N� 1 , Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado y actualizado de la ley N�19,175� | Ver Documento | 2010-05-04 | ||||||
| Intendencia Metropolitana | ASESORIA COMUNICACIONAL | Mantener imagen corporativa de la Intendencia Regi�n Metropolitana, difundiendo las actividades que realiza el Intendente Regional, en dicho marco le corresponde, fortalecer las estrategias comunicacionales, de manera de mantener adecuadamente informada a la poblaci�n de la Regi�n Metropolitana | Resoluci�n Exenta N�1445 que aprueba la estructura y manual de funciones de la Intendencia Regi�n Metropolitana | Ver Documento | 2011-07-15 | ||||||
| Gobernación de Arica | Adquisiones e Inventario | Solicitar cotizaciones para la adquisici�n de bienes y servicios de consumo que requiere la unidad para su funcionamiento, de acuerdo a normativa legal vigente en materias de compras y contrataciones p�blicas Realizar compras de acuerdo a convenios marco suscritos con proveedores locales. Mantener al d�a inventario con reportes de alta y baja de bienes para dictar la resoluci�n exenta correspondiente. Encargado de elaborar la documentaci�n relacionada con el padr�n de inventarios, altas, bajas, traspasos, comodatos, etc. Responsable del inventario f�sico y de las actualizaciones de las hojas murales en las diferentes dependencias y de comunicarlo al Jefe de Administraci�n y Finanzas. Encargado de revisar las rendiciones de cuentas del Cuerpo de Bomberos y sus 7 compa��as. Asumir la responsabilidad de los bienes fiscales asignados a su dependencia Cumplir con los requerimientos y exigencias del GDM | DFL N� 1 y actualizado de la ley N�19,175, art. N� 3 y 4, R.exenta 2382 de 10 de JULIO de 2012 de la GPA | Ver Documento | 2012-07-10 | ||||||
| Gobernación del Bío Bío | EXTRANJERIA | Dar cumplimiento, en estrecha coordinaci�n con el Departamento de Extranjer�a y Migraci�n del nivel central, a la legislaci�n de extranjer�a relativa al ingreso, egreso, residencia definitiva o temporal, expulsi�n y regulaci�n de los ciudadanos extranjeros que permanecen en el territorio nacional, en el marco de los principios orientadores de la Pol�tica Nacional Migratoria del Gobierno de Chile | DFL N�1 Fija Texto refundido coordinado y sistematiza y actauliazdo de la Ley N� 19175 Art.N� 3 y 4 | Ver Documento | 2012-01-31 | ||||||
| Gobierno Regional Metropolitano de Santiago | DEPARTAMENTO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL | DEPARTAMENTO DE GESTIÓN INSTITUCIONAL - Coordinar la planificación estratégica institucional del Servicio. - Coordinar y organizar el proceso de actualización de la estructura orgánica y funciones del Servicio. - Coordinar y estructurar el proceso de levantamiento de los presupuestos institucionales. - Coordinar y organizar la Jornada de Planificación Institucional. - Coordinar y estructurar el levantamiento de los Planes Operativos Anuales del Servicio. - Apoyar el Proceso de Formulación Presupuestaria. - Coordinar y estructurar en el Formulario A1 DIPRES, las Definiciones Estratégicas del Servicio. - Coordinar y estructurar en el Formulario H DIPRES, los Indicadores de Desempeño. - Ejercer la Secretaría Ejecutiva de los Sistemas Programa de Mejoramiento de Gestión (PMG), coordinando e implementando medidas orientadas al mejoramiento continuo. - Administrar, controlar y verificar el Sistema de PMG Monitoreo del Desempeño Institucional. - Apoyar a los responsables de los Sistemas Programa de Mejoramiento de Gestión en el cumplimiento de sus respectivos indicadores de gestión. - Coordinar y estructurar en el Formulario F DIPRES, la Formulación PMG. - Coordinar, controlar e implementar medidas orientadas al mejoramiento continuo del proceso del Convenio de Desempeño Colectivo (CD- y de la Gestión de Riesgo. - Verificar, revisar, controlar y comprobar el desarrollo de las metas institucionales del Servicio, a través del Sistema de Información para la Gestión (SIG). - Coordinar, estructurar y administrar la Matriz de Riesgo, identificando y actualizando los procesos y controlando los compromisos anuales. - Apoyar y coordinar la elaboración, actualización y diseño de los procesos y establecer procedimientos estandarizados en el Servicio. - Ejercer la Secretaría Ejecutiva del Sistema de Acreditación de la Calidad. - Coordinar la actualización de la Matriz de Marco Lógico del Programa Aspirado de Calles y el cumplimiento de sus compromisos asociados. | Resolución Exenta N°938 del 14 de Junio de 2011 | ver enlace | 2011-06-14 | ||||||
| Gobierno Regional Metropolitano de Santiago | UNIDAD DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO | - Formular, coordinar y evaluar la implementación de la Estrategia de Desarrollo Regional. - Formular, coordinar y evaluar la implementación de las Políticas Públicas de la Región. - Formular, coordinar y evaluar la implementación del Plan Regional de Ordenamiento Territorial (PROT). - Coordinar la formulación, implementación y evaluación de Planes Maestros de Proyectos Urbanos Integrales, Patrimoniales Arquitectónicos y de Barrios Típicos en la Región Metropolitana de Santiago. - Coordinar la formulación, implementación y evaluación de los Planes de Desarrollo Comunal, PLADECOS - Coordinar acciones estratégicas en la gestión territorial en conjunto con el sector público y privado a través de mesas regionales. - Estudiar, gestionar planes e iniciativas de inversión con tendencias en materia de desarrollo sustentable aplicables en la Región Metropolitana. - Implementar iniciativas de inversión en los ámbitos que competen al Gobierno Regional en el marco del Plan de Prevención y descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana de Santiago (PPD-. - Asesorar a las distintas Comisiones de Consejo Metropolitano de Santiago en materias como Fomento Productivo, Asistencia Técnica y Desarrollo Tecnológico ; Ordenamiento Territorial e Instrumentos de Planificación ; de Salud y Medio Ambiente. - Coordinar y proponer acciones relativas al desarrollo, tecnología, investigación aplicada e innovación en el ámbito productivo regional. - Coordinar la implementación del Plan Maestro de Cicloruta asesorando a los municipios y haciendo seguimiento de la inversión. - Otorgar pertinencia estratégica a las iniciativas de inversión regionales privadas y públicas en el ámbito del SEIA y de la implementación de las Políticas Públicas Regionales. | Resolución Exenta N°938 del 14 de Junio de 2011 | ver enlace | 2011-06-14 | ||||||
| Gobierno Regional de O'Higgins | Unidad de Transparencia | Dar cumplimiento de la Ley N° 20.285 todas sus modificaciones y reglamentos asociados, en el marco del total funcionamiento del Gobierno Regional, asegurando el rpincipio de la transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los organos de la administración del estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepiones a la plublicidad de la información. | Resolución Exenta N° 0526 del 15.04.2009 | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Departamento de Certificación y Verificación de Origen | Controlar el proceso de verificación de origen que solicitan las aduanas de importación en el marco de otros Acuerdos donde DIRECON ha delegado o encomendado las funciones de certificación de origen tales como: MERCOSUR, ALADI, Japón e India | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378. Resolución Exenta Nº J-162. | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Departamento Regulatorio | responsable de promover un marco regulatorio del comercio internacional que sea transparente y eficiente, que brinde seguridad jurídica, que no se aplique de manera que constituya una restricción encubierta al comercio internacional, con el fin de asegurar la protección de objetivos legítimos y promueva un ambiente favorable para el comercio internacional. | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378. Resolución Exenta Nº J-162. | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Sección de Innovación y emprendimiento | Responsable de planificar, coordinar, ejecutar y dar seguimiento al programa de innovación y emprendimiento en el marco de la estrategia institucional de internacionalización de la innovación; coordinar las acciones institucionales de acuerdo a los lineamientos de la política nacional de innovación, trabajando conjuntamente con los organismos públicos y privados que incentivan y fomentan la innovación en Chile. | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378. Resolución Exenta Nº J-0205. Resolución Exenta Nº J-1024. | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Subdepartamento de Derecho Nacional y Transparencia | Responsable de asesorar al Servicio en materias de orden jurídico propias del derecho interno chileno, en el marco de las funciones que el Artículo 11º del Estatuto Orgánico de La Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales asigna al Departamento Jurídico. | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378. Resolución Exenta Nº J-0656 | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Subdepartamento de Derecho Extranjero y Contratación en el Exterior | Encargado de asesorarencargado de asesorar al Servicio en materias de derecho extranjero y contrataciones fuera del país, inherentes al quehacer institucional, en el marco de las funciones que el Artículo 11º del Estatuto Orgánico de La Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales asigna al Departamento Jurídico. | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378. Resolución Exenta Nº J-0656 | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Subdepartamento de Derecho Internacional | Encargado de coordinar la estrategia de defensa de los intereses de Chile en situaciones de controversia, en el marco de los diversos acuerdos Comerciales suscritos por Chile. | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378. Resolución Exenta Nº J-0656 | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Sección Viajes Institucionales | Administrar y controlar la gestión relacionada con los viajes del personal del Servicio: comisiones de servicio, compra de pasajes, reembolsos de gastos, movilización y liquidación de viáticos, como asimismo viajes de personas chilenas y extranjeras ajenas a la institución, que se realizan en el marco de proyectos de promoción comercial y administrar los respectivos convenios | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378. Resolución Exenta Nº J-0412. | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Sección Administración de Personal | Asegurar el adecuado cumplimiento del marco normativo relativo a la administración de personal del sector público en Chile, en materias de incorporación, permanencia y desvinculación del personal de DIRECON, a través de los actos administrativos pertinentes. Además de sustentar un nexo con la Red Externa de DIRECON, satisfaciendo las necesidades en materia de recursos humanos mediante los procesos de selección, registro (destinaciones, contrataciones locales, ya sea con legislación local o chilena, y a honorarios), permanencia y desvinculación del personal (adscripciones y término de contratos). | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378 | ver enlace | |||||||
| Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (DIRECON) | Sección Desarrollo de Personas | Gestionar adecuadamente los procesos relacionados con capital humano (formación y competencias laborales, confección de descripción de cargos, selección de personal, evaluación de desempeño y asistencia social y psicológica), ambiente general de trabajo (diagnósticos e intervención de climas organizacionales en equipos de trabajo, higiene y seguridad de ambientes laborales y buenas prácticas laborales), convenios y beneficios para los funcionarios de DIRECON, en el marco de los lineamientos estratégicos de la institución. | Decreto con fuerza de Ley Nº 53. Resolución Exenta Nº J-0378 | ver enlace | |||||||
| Dirección de Compras y Contratación Pública (Chilecompra) | División de Convenios Marco | Establecer, implementar, operar y mejorar continuamente los procesos de su ámbito, considerando además las actividades de administración eficiente de los recursos, gestión de los contratos asignados a su cargo, el control de gestión respectivo, así como el análisis y gestión de los riesgos potenciales para el adecuado cumplimiento de metas e iniciativas definidas. Analizar el mercado de las compras públicas y sus posibilidades de optimización y agregación de valor, evaluando la viabilidad de potenciales convenios marco y/o pertinencia de los ya existentes. Diseñar y gestionar el modelo de negocios de cada Convenios Marco para el uso eficiente de los recursos del Estado y la satisfacción de compradores y proveedores, procurando incrementar la eficiencia y aplicabilidad de los mismos, considerando criterios de sustentabilidad. Desarrollar el proceso de Licitación de Convenio Marco, contemplando etapas tales como diseño y preparación de bases, convocatoria, evaluación y adjudicación de ofertas y puesta en producción del convenio marco en la tienda electrónica. Gestionar la operación de los Convenios Marco y de los servicios prestados a sus clientes compradores y proveedores durante su periodo de vigencia. Realizar la gestión de precios y condiciones más ventajosas de los productos y servicios de la Tienda electrónica Gestionar los estándares y niveles de servicio de los productos y servicios y soporte a compradores y proveedores de Convenio Marco, asegurando la calidad de servicio y la orientación al cliente. Desarrollar y mantener la Tienda Electrónica, así como proponer e implementar soluciones de negocio para los Convenios Marco y su tienda on line. Otras que le sean asignadas por la Dirección. | Resolución exenta N° 219B, de 2011. Punto 2.8 | ver enlace | |||||||
| Subsecretaría de Planificación | Jefe(a) División Administrativa | I. En materias de personal. 1) Resolución pago horas extraordinarias. 2) Resolución descanso complementario. 3) Certificación cargos pecuniarios. 4) Postergación de feriados. 5) Reconocimiento asignación profesional 6) Reconocimiento derecho y a pago de salas cuna y/o jardines infantiles. II. En materia de contrataciones públicas regidas por la Ley N° 19.886 y su reglamento: A) Contrataciones a través de convenio marco. Efectuar las contrataciones vía convenio marco de montos superiores a 100 UTM e iguales o inferiores a 1000 UTM. Asimismo, emitir las resoluciones, ordenes de compras o u otros actos análogos que se requieran para la ejecución de dichos convenios. B) Licitaciones públicas y privadas para contrataciones de montos superiores a 100 UTM e inferiores a 1000 UTM. 1) Aprobar bases de licitación y sus modificaciones. 2) Adjudicar las licitaciones. 3) Declarar desiertas las licitaciones o inadmisibles las ofertas que en ellas se presentaren. Los actos administrativos antes citados por intermedio de los cuales se ejerzan las facultades anteriormente indicadas, deberán ser firmados, además, por el (la) Jefe (a) de la División Jurídica. C) Contrataciones excluidas del Sistema de Información. Efectuar las contrataciones que se efectúen con cargo a los gastos de representación, específicamente los contenidos en la letra c) del artículo 53 del reglamento de la Ley N° 19.886, de montos superiores a 100 UTM e inferiores a 1000 UTM. En materia de contrataciones excluídas de la Ley N° 19.886:Dictar resoluciones, ordenes de compras u otros actos analogos que involucren montos superiores a 100UTM e inferiores a 1000 UTM, relativos a suministro de bienes muebles y servicios que se requieren para ejecución de conformidad con procedimiento específico de un organismo internacional, asociados a créditos que este otorgue de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 3° de la Ley N° 19.886 | Resolución Exenta N° 0179, que deroga Resoluciones que indica y delega facultad de firmar "Por Orden del Subsecretario" en materias que señala a funcionarios que individualiza | ver enlace | |||||||
| Subsecretaría de Planificación | Jefe(a) Departamento Administración Interna | I. En materia de contrataciones públicas regidas por la Ley N° 19.886 y su reglamento. A) Contrataciones a través de convenio marco. Efectuar las contrataciones vía convenio marco por montos iguales o inferiores a 100 UTM. Asimismo, emitir las resoluciones, ordenes de compra u otros actos análogos que se requieran para la ejecución de dichos convenios. B) Licitaciones públicas y privadas para contrataciones de montos iguales o inferiores a 100 UTM. 1) Aprobar bases de licitación y sus modificaciones. 2) Adjudicar las licitaciones. 3) Declarar desiertas las licitaciones o inadmisibles las ofertas que en ellas se presentaren. 4) Emitir las resoluciones de compra u otros actos análogos que se requieran para la ejecución de los contratos de suministro o de servicios originados a causa de licitaciones que da cuenta esta letra. En cuanto a las licitaciones privadas se requerirá que previo al llamado las bases cuenten con el visto bueno del (la) Jefe (a) de la División Jurídica. C) Trato o contratación directa por montos iguales o inferiores a 10 UTM. Efectuar los tratos o contrataciones directas que da cuenta el N° 8 del artículo 10 del reglamento de la Ley N° 19.886. D) Contrataciones excluidas del Sistema de Información. Efectuar las contrataciones y pagos consignados en las letras a), b), c) y d) del artículo 53 del reglamento de la Ley N° 19.886. En cuanto a las relativas a la letra c) del citado artículo, siempre que estas sean de montos iguales o inferiores a 100 UTM. En lo que respecta a la letra b) del mencionado precepto, en la medida que se le autoricen recursos para ese efecto. II. En materia de contrataciones excluidas de la Ley N° 19.886 y su reglamento: Dictar las resoluciones de compra u otros actos análogos que involucren montos iguales o inferiores a 100 UTM, relativos al suministro de bienes muebles y servicios que se requieran para la ejecución de contratos efectuados de acuerdo con el procedimiento específico de un organismo internacional, asociados a créditos o aportes que éste otorgue de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 3° de la Ley N° 19.886. | Resolución Exenta N° 0179, que deroga Resoluciones que indica y delega facultad de firmar "Por Orden del Subsecretario" en materias que señala a funcionarios que individualiza | ver enlace | |||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Subdirección de Servicios al Cliente | Estará a cargo de un Subdirector, Grado 1C, Alto Directivo Público del Segundo Nivel Jerárquico, salvo el caso de subrogación legal. Objetivo General Proponer al Jefe Superior del Servicio el modelo de atención presencial y no presencial del Instituto, dirigirlo, coordinarlo y controlarlo. Asimismo le corresponderá la administración de los proyectos definidos por el Instituto en el marco de la red multiservicios y el diseño y gestión de iniciativas de innovación y desarrollo estratégico en las áreas de su competencia. Funciones Estratégicas a. Diseñar y mantener un modelo de atención de los clientes ciudadanos, clientes empleadores y otras instituciones. b. Implementar, dirigir, controlar y evaluar el modelo de atención, aprobado por el Director/a Nacional, velando, especialmente, por la cobertura y la calidad del servicio entregado a los clientes ciudadanos y a las instituciones, tanto públicas como privadas en el marco de la red de multiservicios del Estado. c. Dirigir, coordinar, evaluar y controlar los recursos humanos, financieros y materiales, necesario para la operación del modelo de atención. d. Dirigir y controlar la operación del modelo de atención con las direcciones regionales del Instituto. e. Proponer la estructura orgánica y funciones de la División y Departamentos de su dependencia. f. Liderar, coordinar y evaluar al personal bajo su dependencia en base al logro de los objetivos y el cumplimiento de las metas de la Subdirección, promoviendo adecuados ambientes de trabajo y fortaleciendo el compromiso de los funcionarios. g. Cumplimiento del Convenio de Desempeño de Alta Dirección Pública definido para el cargo de Subdirector/a de Servicio al Cliente. h. Cumplimiento del Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) y del Convenio de Desempeño Colectivo. | Resolución Exenta Nº 320, 19-07-2012, de la Dirección Nacional IPS | ver enlace | |||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Departamento de Personas | Estará a cargo de un Jefe/a de Departamento grado 3, Alto Directivo Público del Segundo Nivel Jerárquico, salvo el caso de subrogación. Objetivo General Coordinar, operar y controlar, a nivel nacional, el modelo de gestión de personas con el objeto de generar las condiciones necesarias para contar con funcionarios competentes y motivados que desarrollen sus funciones con los estándares de servicio definido por el Instituto. Funciones Estratégicas a. Coordinar y controlar la ejecución y cumplimiento a nivel nacional del Modelo de Gestión de Personas en el marco de las buenas prácticas laborales y objetivos estratégicos de la organización e implementar mejoras o adecuaciones a éste, en el contexto del mejoramiento continuo de la gestión. b. Gestionar, controlar y evaluar los procesos de vinculación, desarrollo y desvinculación de funcionarios, ausentismo y pago de remuneraciones, asegurando el estricto cumplimiento de la normativa vigente y de los estándares de calidad de servicio definidos institucionalmente, debiendo dictar y/o ejecutar los actos administrativos pertinentes, según corresponda a sus facultades. c. Proponer a la Subdirección los proyectos y programas de desarrollo organizacional y humano orientados a mejorar el desempeño, calidad y motivación de los funcionarios del Instituto ; ejecutarlos, evaluarlos y controlarlos. d. Proponer a la Subdirección los planes y programas para el desarrollo de competencias y habilidades de los funcionarios, la gestión del conocimiento y el desarrollo de carrera funcionaria, en el marco de las buenas prácticas laborales y objetivos estratégicos de la organización. e. Proponer a la Subdirección la ejecución de programas, iniciativas, servicios, beneficios e incentivos que contribuyan al mantenimiento y mejoramiento del bienestar laboral ; gestionarlos, coordinarlos, evaluarlos y controlarlos. f. Planificar, gestionar y controlar la dotación institucional, conforme a la normativa vigente y los objetivos estratégicos definidos, velando por la oportuna y adecuada provisión de personal. g. Supervisar y controlar la gestión de los recursos presupuestarios asociados al Departamento con criterios de transparencia y eficiencia. h. Proponer al Subdirector/a, la estructura orgánica del departamento o modificaciones a ésta, las que una vez aprobadas debe implementar. i. Dirigir, coordinar y evaluar al personal bajo su dependencia en base al logro de objetivos estratégicos y al cumplimiento de las metas del Departamento, promoviendo adecuados ambientes de trabajo y fortaleciendo el compromiso de los funcionarios. j. Proporcionar a la Subdirección cada vez que le sea requerida, la información en materia de personas, relevante para las decisiones institucionales. k. Asesorar a directivos y jefaturas del Instituto en todas las materias relativas a gestión de personas, conforme a la normativa vigente y objetivos estratégicos institucionales. l. Cumplimiento del Convenio de Desempeño de Alta Dirección Pública definido para el cargo de Jefe de Desarrollo de las Personas. m. Cumplimiento del Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) y del Convenio de Desempeño Colectivo. n. Proporcionar al Departamento de Compromisos Institucionales, la información de su área de responsabilidad, necesaria para la elaboración mensual del Informe de Gestión Institucional. | Resolución Exenta Nº 320, 19-07-2012, de la Dirección Nacional IPS | ver enlace | |||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Departamento Finanzas | Estará a cargo de un funcionario de la Planta Directiva o de un funcionario/a a contrata con asignación de funciones directivas de Jefe/a de Departamento. Objetivo General Organizar, coordinar, evaluar y controlar la gestión financiera del Instituto, asegurando el manejo y custodia eficiente de los recursos financieros, proporcionando información relevante para la administración presupuestaria y contable de la institución, que permitan el cumplimiento de los objetivos estratégicos definidos, en el marco de la normativa vigente. Funciones estratégicas a. Organizar, coordinar, evaluar y controlar las operaciones presupuestarias, contables y financieras del Instituto, debiendo proponer a la Subdirección las medidas correctivas o adecuaciones necesarias, en el marco del mejoramiento continuo de la gestión. b. Proporcionar mensualmente, y cada vez que le sea requerida por la Subdirección, información presupuestaria y contable relevante para las decisiones institucionales. c. Elaborar y proponer a la Subdirección el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto, controlar su ejecución y proporcionar la información correspondiente a los organismos externos pertinentes. d. Elaborar el Balance General de la Institución y entregarlo a la subdirección para su gestión. e. Preparar la información financiera contable del Instituto y remitirla a los organismos contralores en las fechas predeterminadas o cuando sea requerida por éstos. f. Administrar la inversión periódica de fondos propios y de terceros. g. Gestionar los recursos financieros necesarios que permitan cumplir oportuna y eficientemente con las funciones encomendadas al Instituto. h. Informar y difundir la política financiera vigente en el Instituto. i. Realizar y controlar oportunamente y conforme a la normativa vigente los pagos a proveedores externos del Instituto. j. Proponer a la Subdirección la estructura orgánica del Departamento o modificaciones a ésta, las que una vez aprobadas debe implementar. k. Dirigir, coordinar y evaluar al personal bajo su dependencia en base al logro de objetivos estratégicos y al cumplimiento de las metas del Departamento, promoviendo adecuados ambientes de trabajo y fortaleciendo el compromiso de los funcionarios. l. Establecer y controlar el mejoramiento continuo de los procesos del Departamento. m. Cumplimiento del Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) y del Convenio de Desempeño Colectivo. respecto de los compromisos correspondientes al Departamento de Finanzas. n. Proporcionar al Departamento de Compromisos Institucionales, la información de su área de responsabilidad, necesaria para la elaboración mensual del Informe de Gestión Institucional. | Resolución Exenta Nº 320, 19-07-2012, de la Dirección Nacional IPS | ver enlace | |||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Departamento de Contrataciones | Estará a cargo de un funcionario/a de la Planta Directiva o de un funcionario/a a contrata con asignación de funciones directivas de Jefe/a de Departamento. Objetivo General: Gestionar, coordinar y controlar la legalidad de los procesos de contratación del Instituto y la participación jurídica de éste en la negociación y redacción de los textos definitivos de Convenios Internacionales y de Acuerdos Administrativos en materia de Seguridad Social, de los convenios que se suscriban, en el marco de sus facultades, con entidades públicas y privadas para el cumplimiento de sus funciones, y en las demás materias propias del derecho público. Funciones Estratégicas: a. Gestionar y controlar la legalidad de los procesos de contratación del Instituto para la adquisición de bienes y contratación de servicios, conforme a la normativa vigente y a las políticas institucionales sobre la materia. Esta función comprende la redacción y/o revisión y aprobación de las correspondientes bases administrativas y la revisión de bases técnicas sólo en aquellos aspectos de relevancia jurídica en el proceso ; prestar asesoraría jurídica en la etapa de aclaraciones, preguntas y respuestas ; participar en la constitución en la comisión evaluadora ; redacción y/o revisión y aprobación de los contratos definitivos y ; la asesoría permanente para su correcta ejecución. b. Gestionar y controlar la legalidad de los convenios que suscriba el Instituto con entidades públicas y privadas ; función que comprende la intervención en la redacción y/o revisión y aprobación de los textos definitivos y asesoraría jurídica permanente para su correcta ejecución y cumplimiento. c. Gestionar, coordinar y controlar la participación jurídica del Instituto en la negociación y redacción de los textos definitivos de Convenios Internacionales y de Acuerdos Administrativos en materia de Seguridad Social. d. Coordinar y controlar el registro físico o virtual de los contratos y/o convenios en los que ha intervenido, sea a nivel de asesoría, elaboración y/o aprobación jurídica de los referidos instrumentos. e. Gestionar y controlar la emisión de pronunciamientos e instrucciones jurídicas del Instituto en materia de contrataciones, controlar su aplicación y proponer a la jefatura de la División las acciones correctivas, modificaciones y actualizaciones necesarias conforme a la normativa vigente y los objetivos estratégicos institucionales, en el marco del mejoramiento continuo de la gestión. f. Gestionar, coordinar y controlar la participación jurídica del Instituto en las instancias determinadas por los organismos supervisores y fiscalizadores relativas a procesos de contratación. g. Gestionar y controlar el ingreso y registro de la información generada por el Departamento en los sistemas de control y registro definidos por la institución. h. Proponer al Jefe/a de la División la estructura orgánica del Departamento o modificaciones a esta, las que una vez aprobadas debe implementar. i. Dirigir, coordinar y evaluar al personal bajo su dependencia en base al logro de los objetivos estratégicos y el cumplimiento de las metas del Departamento, promoviendo adecuados ambientes de trabajo y fortaleciendo el compromiso de los funcionarios. j. Cumplimiento del Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) y del Convenio de Desempeño Colectivo. k. Proporcionar al Departamento de Gestión y Apoyo administrativo de la División, la información de las áreas de su responsabilidad, requerida para la elaboración mensual del Informe de Gestión Institucional. | Resolución Exenta Nº 320, 19-07-2012, de la Dirección Nacional IPS | ver enlace | |||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Departamento Gestión Normativa | Estará a cargo de un funcionario/a de la Planta Directiva o de un funcionario/a a contrata con asignación de funciones directivas de Jefe/a de Departamento. Objetivo General: Coordinar y controlar la legalidad de la gestión de la División, especialmente le corresponderá gestionar la correcta aplicación de la normativa vigente y directrices jurídicas institucionales en materia de concesión, mantención, pago, suspensión y extinción de los beneficios cuya administración corresponde a la División Operaciones. Además, de gestionar y controlar la eficiencia, eficacia y oportunidad de respuesta a los requerimientos hechos a la División a través desde los canales de atención del Instituto, en el marco de la Red Multiservicios del Estado. Funciones Estratégicas: a. Gestionar y controlar la realización de estudios, informes o minutas jurídicas relevantes para el quehacer de la División, sean requeridas por la Jefatura o se originen en la propia labor de oficio del Departamento. b. Gestionar y controlar la aplicación de la normativa legal, reglamentaria y administrativa vigente en los procesos de concesión, mantención, pago, suspensión y extinción de beneficios a cargo de la División. c. Coordinar y controlar la difusión y conocimiento en la División de la información jurídica existente, estudiada, aceptada y definida institucionalmente y, estimada necesaria para la gestión de la División. d. Mantener una debida coordinación con la División Jurídica en materia de control de legalidad de los procesos de concesión, mantención, pago, suspensión y extinción de beneficios a cargo de la División. e. Gestionar y controlar la oportuna, eficiente y eficaz atención de las consultas y requerimientos de apoyo jurídico concreto, efectuadas por los Departamentos de la División, en las materias de Seguridad Social que sean de su competencia. f. Asesorar a los diversos Departamentos de la División que requieran propuestas de respuesta fundadas en informes o actuaciones, con visación jurídica de tales actuaciones internas. g. Gestionar y controlar la eficiencia, eficacia y oportunidad de respuesta a los requerimientos hechos a la División a través desde los canales de atención del Instituto, en el marco de la Red Multiservicios del Estado. h. Proponer al Jefe de División la estructura orgánica del Departamento o modificaciones a ésta, las que una vez aprobadas debe implementar. i. Dirigir, coordinar y evaluar al personal bajo su dependencia, en base al logro de los objetivos estratégicos y al cumplimiento de las metas del Instituto, promoviendo adecuados ambientes de trabajo y fortaleciendo el compromiso de los funcionarios. j. Cumplimiento del Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) y del Convenio de Desempeño Colectivo. k. Proporcionar al Departamento de Planificación y Control de Gestión, la información de su área de responsabilidad, necesaria para la elaboración mensual del Informe de Gestión Institucional. | Resolución Exenta Nº 320, 19-07-2012, de la Dirección Nacional IPS | ver enlace | |||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | División Planificación y Desarrollo | Estará a cargo de un Jefe/a de División Grado 2, Alto Directivo Público del Segundo Nivel Jerárquico, salvo el caso de subrogación. Objetivo General Proponer al Jefe Superior del Servicio la formulación de los planes estratégicos y modelo de control de gestión del Instituto y, realizar su coordinación, evaluación y control de cumplimiento. Además, le corresponderá coordinar y controlar el cumplimiento de los estudios y proyectos estratégicos definidos como necesarios por la institución y que faciliten generar las bases para su desarrollo sustentable, en conformidad a la normativa vigente, los objetivos estratégicos y las políticas institucionales. Funciones Estratégicas a. Dirigir y coordinar la formulación de los objetivos y demás definiciones estratégicas de la institución, proponiendo al Jefe Superior de Servicio los planes y proyectos institucionales, en el marco de la normativa vigente y los lineamientos gubernamentales y ministeriales. b. Coordinar con las áreas claves los proyectos estratégicos del IPS. Evaluar y controlar la correcta ejecución de los planes y proyectos estratégicos anuales del Instituto, en lo relacionado al cumplimiento de objetivos, plazos y presupuesto, analizar los riesgos y proponer a la Dirección Nacional las medidas correctivas o adecuaciones necesarias, en el marco del mejoramiento continuo de la gestión. c. Gestionar, coordinar, evaluar y controlar la correcta ejecución de los sistemas institucionales de Gestión de Calidad y Gestión de Riesgos, proponer a la Dirección Nacional las medidas correctivas o adecuaciones en el marco del mejoramiento continuo de la gestión. d. Gestionar, coordinar y controlar la operación del sistema de información para la gestión, a fin de asegurar la medición y monitoreo permanente del estado de cumplimiento de los índices, metas y compromisos institucionales, asociados al Programa de Mejoramiento de la Gestión, los Convenios de Desempeño Colectivo, Compromisos de Alta Dirección Pública, directivas ministeriales y programación gubernamental. e. Dirigir, coordinar y controlar la correcta y oportuna generación de reportes, informes estadísticos u otra documentación que el Instituto debe remitir a los organismos externos de fiscalización y control. f. Elaborar y proponer a la Dirección Nacional el Informe Anual de Gestión del Instituto. g. Elaborar y proponer a la Dirección Nacional los Convenios de Desempeño de toda la Institución, previa coordinación con las Subdirecciones, Divisiones y Departamentos que corresponda. h. Modelar y utilizar un sistema de control de gestión que permita visualizar el desempeño de las metas estratégicas y los indicadores definidos como relevantes de los principales procesos del IPS. i. Gestionar, coordinar y controlar desde un punto de vista de prospectiva estratégica, la elaboración, ejecución y seguimiento de estudios, planes y programas estratégicos relacionados con asegurar el funcionamiento sustentable y mejoramiento continuo de la gestión del IPS, conforme a la normativa vigente, objetivos estratégicos y políticas institucionales. j. Dirigir y controlar la gestión de estandarización y documentación de los procesos estratégicos de la institución, debiendo coordinar el diseño y/o desarrollo de los instrumentos definidos al efecto, su aplicación y actualización y velar por la incorporación de medidas o acciones correctivas, en el marco del mejoramiento continuo de la gestión. k. Dirigir y coordinar la correcta implementación del Reglamento Orgánico Funcional. l. Asesorar al Director/a Nacional y demás Jefaturas del Instituto para la correcta ejecución y cumplimiento de los compromisos de gestión, aplicación de la política y lineamientos institucionales y generación o desarrollo de iniciativas de modernización. m. Coordinar con el Departamento de Finanzas la formulación del anteproyecto de presupuesto anual, información contable y recursos financieros de la División. n. Proponer al Director/a Nacional la estructura orgánica de la División o modificaciones a ésta, las que una vez aprobadas debe implementar. o. Dirigir, coordinar y evaluar al personal bajo su dependencia, en base al logro de los objetivos estratégicos y al cumplimiento de las metas de la División, promoviendo adecuados ambientes de trabajo y fortaleciendo el compromiso de los funcionarios. p. Cumplimiento del Convenio de Desempeño de Alta Dirección Pública definido para el cargo de Jefe División Planificación y Desarrollo. q. Cumplimiento del Programa de Mejoramiento de la Gestión y del Convenio de Desempeño Colectivo. | Resolución Exenta Nº 320, 19-07-2012, de la Dirección Nacional IPS | ver enlace | |||||||
| Instituto de Previsión Social (IPS) | Departamento Planificación y Control de Gestión | Estará a cargo de un funcionario/a de la Planta Directiva o de un funcionario/a a contrata con asignación de funciones directivas de Jefe/a de Departamento, con arreglo a la ley que autoriza esto último. Objetivo General: Coordinar, evaluar y controlar el cumplimiento de objetivos, plazos y presupuestos de los estudios y proyectos definidos como estratégicos por la institución y aquellos necesarios para la División y asegurar su desarrollo sustentable, el proceso integral de la planificación estratégica institucional. La formulación, seguimiento y control de los indicadores estratégicos relevantes de la gestión del Instituto a nivel nacional, y la correcta implementación de políticas institucionales de responsabilidad del área de Planificación y Desarrollo, tales como la Estructura Orgánica Funcional. En caso de presentación de desviaciones, proponer medidas correctivas en el marco del mejoramiento continuo, conforme a la normativa vigente y a las políticas institucionales. Funciones Estratégicas: a. Dirigir y controlar la ejecución de los estudios, planes y programas que le sean asignados, asegurando que su desarrollo sea conforme a los objetivos, costos, alcance y metodología definidos. b. Coordinar la planificación y controlar la ejecución de los proyectos estratégicos del Instituto. Administrar el Mapa de Proyectos Estratégicos, controlar el cumplimiento de objetivos, plazos, presupuestos y análisis de riesgos. Elaborar los informes requeridos por la Jefatura de División, Dirección Nacional y los organismos externos supervisores y contralores. Generar las alertas y acciones correctivas y de mejora, las cuales una vez aprobadas, deben ser coordinadas y controladas. c. Monitorear, detectar y analizar oportunidades de mejoras de los procesos del Instituto, proponiendo a las áreas pertinentes, a través de la Jefatura de la División, las acciones que permitan optimizar los recursos tecnológicos, humanos, financieros y materiales asociados al respectivo proceso, todo en el marco del mejoramiento continuo de la gestión. d. Recopilar, organizar y mantener el registro oficial de la información sobre la gestión del Instituto, especialmente, de los proyectos estratégicos y de los procesos claves, proponer e implementar los indicadores de gestión estratégicos desagregados por niveles y perfiles, disponibilizando reportes a las Jefaturas pertinentes, generar las alertas pertinentes y proponer acciones correctivas. e. Planificar, organizar, coordinar y evaluar, previa aprobación de la Dirección Nacional, las jornadas de planificación estratégica del Instituto, confeccionar Mapa Estratégico y controlar cumplimiento de objetivos, metas y programas. Gestionar la correcta y permanente difusión dentro la organización de los objetivos y planes estratégicos del Instituto, asegurando el conocimiento de éstos por parte de los funcionarios. f. Dirigir y coordinar la investigación y análisis de impacto de las novedades del entorno sectorial y gubernamental que afecten favorable o negativamente el funcionamiento sustentable del IPS. g. Proponer al Jefe/a de División la estructura orgánica del Departamento o modificaciones a ésta, las que una vez aprobadas debe implementar. h. Dirigir, coordinar y evaluar al personal bajo su dependencia, en base al logro de los objetivos estratégicos y al cumplimiento de las metas del Departamento, promoviendo adecuados ambientes de trabajo y fortaleciendo el compromiso de los funcionarios. i. Cumplimiento del Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) y del Convenio de Desempeño Colectivo. | Resolución Exenta Nº 320, 19-07-2012, de la Dirección Nacional IPS | ver enlace | |||||||
| Superintendencia de Pensiones (SP) | División de Desarrollo Normativo | Esta división se preocupa principalmente de mantener recopilación actualizada de normativa y leyes ; responder consultas externas referidas al marco legal y normativo del Sistema de Pensiones, de Seguro de Cesantía y convenios de SS ; participación en la elaboración/modificación de Reglamentos y Decretos Supremos ; participación en la elaboración y tramitación de proyectos de ley ; participación en la negociación de convenios internacionales de Seguridad Social asesoría y apoyo permanente a la Superintendenta y al resto de la institución en relación al marco normativo de la SP. | Art. 49 Ley 20.255 | ver enlace | |||||||
| Servicio de Salud Metropolitano Occidente | DEPARTAMENTO SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS FISICOS Y FINANCIEROS | I. En el ámbito de los Recursos Financieros a) Integrar y consolidar la formulación del presupuesto anual del Servicio, en el marco de la planificación de la Red Asistencial. Asimismo deberá conocer, analizar y acordar la propuesta de presupuesto de los Establecimientos de Autogestión en Red y asesorar al Director en la elaboración de un informe al respecto a la Subsecretaría de Redes Asistenciales ; b) Proponer la distribución del presupuesto entre los establecimientos dependientes del Servicio, controlar su ejecución y proporcionar información consolidada del Servicio en su conjunto ; c) Analizar la información financiera, realizar la planificación correspondiente y establecer mecanismos de control y evaluación de la gestión financiera de acuerdo a las necesidades de la Red. II. En el ámbito de los Recursos Físicos y Abastecimiento a) Identificar los requerimientos para estudios de vulnerabilidad de la estructura física y equipamiento de los establecimientos de la Red Asistencial y definir orientaciones de mantenimiento preventivo y reparativo de la estructura, equipamiento y medios de transporte ; b) Ajustar el diseño de nuevas estructuras y normalizaciones a guías y criterios de diseño vigentes, dentro del marco jurídico ; c) Instaurar un sistema continuo de provisión, que le asegure a la Red contar con los insumos y medicamentos necesarios para otorgar las prestaciones de salud ; d) Elaborar y proponer anualmente un programa de inversiones en recursos físicos que considere las necesidades en construcciones, remodelaciones, ampliaciones, habilitaciones, equipamiento y reparaciones de los establecimientos y dependencias del Servicio ; e) Proponer el programa de inversiones y evaluar su cumplimiento y la aplicación de las normas correspondientes ; f) Preparar y proponer las bases administrativas y técnicas y demás antecedentes relativos a los llamados a propuestas del Servicio para adjudicar las obras, compras de bienes y servicios y otras inversiones, de acuerdo a las normas que imparta el Ministerio de Salud y materializar su convocatoria ; g) Elaborar y proponer políticas y programas internos relacionados con la adquisición, administración, conservación, mantención y enajenación de los recursos físicos, equipamiento sanitario y demás elementos e insumos que requieran los establecimientos y dependencias del Servicio ; h) Prestar asesoría técnica a todas las jefaturas y establecimientos del Servicio, en lo relativo a aplicación de planes, programas, normas técnicas y demás disposiciones e instrucciones relativas a recursos físicos y abastecimiento, como asimismo controlar y evaluar dicha aplicación por parte de todos los establecimientos del Servicio ; i) Proponer el programa anual de aquellas compras que el Director del Servicio haya dispuesto se efectúen centralizadamente ; j) Velar por el cumplimiento de las políticas y normativas en materia de infraestructura, recursos físicos y abastecimiento. | Decreto Supremo N°140/2004 | Si | |||||||
| Servicio de Salud Iquique | DEPARTAMENTO DE SUBDIRECCION DE RECURSOS FISICOS Y FINANCIEROS | En el ámbito de los Recursos Financieros a) Integrar y consolidar la formulación del presupuesto anual del Servicio, en el marco de la planificación de la Red Asistencial. Asimismo deberá conocer, analizar y acordar la propuesta de presupuesto de los Establecimientos de Autogestión en Red y asesorar al Director en la elaboración de un informe al respecto a la Subsecretaría de Redes Asistenciales ; b) Proponer la distribución del presupuesto entre los establecimientos dependientes del Servicio, controlar su ejecución y proporcionar información consolidada del Servicio en su conjunto ; c) Analizar la información financiera, realizar la planificación correspondiente y establecer mecanismos de control y evaluación de la gestión financiera de acuerdo a las necesidades de la Red. II En el ámbito de los Recursos Físicos y Abastecimiento a) Identificar los requerimientos para estudios de vulnerabilidad de la estructura física y equipamiento de los establecimientos de la Red Asistencial y definir orientaciones de mantenimiento preventivo y reparativo de la estructura, equipamiento y medios de transporte ; b) Ajustar el diseño de nuevas estructuras y normalizaciones a guías y criterios de diseño vigentes, dentro del marco jurídico ; c) Instaurar un sistema continuo de provisión, que le asegure a la Red contar con los insumos y medicamentos necesarios para otorgar las prestaciones de salud ; d) Elaborar y proponer anualmente un programa de inversiones en recursos físicos que considere las necesidades en construcciones, remodelaciones, ampliaciones, habilitaciones, equipamiento y reparaciones de los establecimientos y dependencias del Servicio ; e) Proponer el programa de inversiones y evaluar su cumplimiento y la aplicación de las normas correspondientes ; f) Preparar y proponer las bases administrativas y técnicas y demás antecedentes relativos a los llamados a propuestas del Servicio para adjudicar las obras, compras de bienes y servicios y otras inversiones, de acuerdo a las normas que imparta el Ministerio de Salud y materializar su convocatoria ; g) Elaborar y proponer políticas y programas internos relacionados con la adquisición, administración, conservación, mantención y enajenación de los recursos físicos, equipamiento sanitario y demás elementos e insumos que requieran los establecimientos y dependencias del Servicio ; h) Prestar asesoría técnica a todas las jefaturas y establecimientos del Servicio, en lo relativo a aplicación de planes, programas, normas técnicas y demás disposiciones e instrucciones relativas a recursos físicos y abastecimiento, como asimismo controlar y evaluar dicha aplicación por parte de todos los establecimientos del Servicio ; i) Proponer el programa anual de aquellas compras que el Director del Servicio haya dispuesto se efectúen centralizadamente ; j) Velar por el cumplimiento de las políticas y normativas en materia de infraestructura, recursos físicos y abastecimiento. | Resolución Exenta Nro. 318 27/04/2006 | Si | 2012-07-06 | ||||||
| Servicio de Salud Magallanes | I, 1- Unidad Desarrollo y Ciclo de Vida Laboral Apoyar la gestión mediante la administración del proceso de especialización y perfeccionamiento ejecutando eficiente y eficazmente las políticas, planes y programas del área, requeridos por la institución, en el marco de las estrategias de gestión y desarrollo de recursos humanos. Apoyar el cumplimiento de los marcos laborales, Instalando una cultura de la formación que facilite el desarrollo del personal de salud en los ámbitos del perfeccionamiento y especialización. | No | |||||||||
| Servicio de Salud Magallanes | II.1 - Unidad de Especialización y Perfeccionamiento Apoyar la gestión mediante la administración del proceso de especialización y perfeccionamiento ejecutando eficiente y eficazmente las políticas, planes y programas del área, requeridos por la institución, en el marco de las estrategias de gestión y desarrollo de recursos humanos. Apoyar el cumplimiento de los marcos laborales, Instalando una cultura de la formación que facilite el desarrollo del personal de salud en los ámbitos del perfeccionamiento y especialización. | No | |||||||||
| Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) | Jefe Departamento Administración y Finanzas (Departamento Administrativo) | Administrar los recursos financieros y materiales de la institución. 2. Administrar la gestión de abastecimientos institucional. 3. Coordinar y supervisar el proceso de ejecución y/o certificación de los sistemas pmgs dependientes del departamento de administración. 4. Planificar, coordinar y supervisar las actividades anuales de mantención y reparación de vehículos e inmuebles institucionales. 5. Colaborar con la Dirección Nacional en la planificación y fijación de políticas generales de su ámbito de acción y materializar su ejecución. 6. Proponer y supervisar la estructura y presupuesto de remuneraciones, contratación y prevención de riesgos. 7. Administrar las remuneraciones y compensaciones que el servicio otorga a sus funcionarios, teniendo en vista lograr un alto nivel de satisfacción y desempeño, de acuerdo al marco jurídico que rige a la institución. 8. Participar en todas aquellas instancias institucionales que traten aspectos vinculados con su área de acción. 9. Relacionarse en representación del servicio con la estructura interna y aquellos organismos de representación profesional, gremial, social, o cultural que requiera. 10. Mantener un contacto directo y permanente con los jefes, para asesorarlos en materias de su ámbito de acción. 11. Proponer y ejecutar medidas tendientes al desarrollo organizacional del servicio. 12. Planificar y administrar los recursos humanos requeridos en el servicio, reclutarlos seleccionarlos de acuerdo a procedimientos establecidos. 13. Participar en las reuniones de coordinación del Servicio. 14. Elaborar y Entregar los informes mensuales de gestión de recursos humanos. 15. Planificar y Coordinar las actividades del Encargado de prevención para asegurar condiciones estables y adecuadas de trabajo de los funcionarios. 16. Distribuir al personal adecuado según las competencias individuales y las características y necesidades de cada proyecto. 17. Elaborar políticas, normas y procedimientos de su área acorde a los objetivos del servicio. 18. Integra y asesora a la Junta calificadora del servicio. 19. Dar asesoría y consultoría a la línea en aspectos legales de su ámbito de acción. 20. Proponer al Director Nacional los perfiles de cargos y competencias para las unidades y/o secciones que tenga bajo su jerarquía y dentro del marco de sus funciones específicas, de conformidad con el organigrama vigente. | Resolución Exenta 2699 | ver enlace | 2011-09-02 | ||||||
| Hospital de Puerto Montt | DEPTO. COORD. (CR) APOYO DIAGNÓSTICO / TERAPÉUTICO | Conformar los equipos de trabajo del Centro de Responsabilidad. Definir los objetivos del Centro de Responsabilidad, con participación de los equipos de trabajo. Definir, con los equipos de trabajo, los factores críticos de éxito para la consecución de los objetivos y metas. Presentar los objetivos definidos a la Comisión de Implementación. Negociar objetivos, metas y presupuestos, y evaluar periódicamente tanto los procesos como los resultados de la gestión del Centro de Responsabilidad. Coordinar los esfuerzos y gestión del personal y con otros Centros. Facilitar un desarrollo homogéneo e integrado de la gestión del Establecimiento. Ser referente de las distintas instancias del Establecimiento. Generar instancias participativas al interior del Centro. Asesorar y colaborar con las Subdirecciones y la Dirección en la gestión del Establecimiento. Sugerir a la Dirección y Subdirecciones del establecimiento las medidas de mejoramiento técnico o de gestión que se consideren pertinentes. Supervisar, coordinar y controlar el cumplimiento y ejecución del Plan de Implementación de su Centro. Dirigir la ejecución de las acciones del Plan de Implementación de su Centro. Encargada de gestionar, tramitar y analizar diagnósticos cito e histológicos, diagnósticos de autopsias y biopsias efectuadas en el servicio que tengan una latencia adecuada. Preparar casos para presentaciones en reuniones con otros servicios (oncología, mama, tiroides, respiratoria, patología cervical, pediatria, etc.)Planificación oferta y demanda según necesidad de la red, administración de recursos (materiales, humanos y tecnológicos), administración de presupuesto de gastos, administración de producción según campo de acción, organizar y mantener sistema de información de prestaciones, de gastos y otros y coordinar acciones con los Departamentos de Atención Cerrada y Abierta. Descripción Especifica de Funciones 1. Elaborar en coordinación con el Departamento de Atención Cerrada, Atención Abierta y la Subdirección Médica, la programación anual de prestaciones, de acuerdo a los lineamientos definidos por el Ministerio de Salud y el Gestor de redes. 2. Definir la cartera de oferta de servicios de todas las unidades de apoyo como ser: Intervenciones quirúrgicas, exámenes de Laboratorio, Banco de Sangre, Radiología, procedimientos de Anatomía Patológica, de Medicina física y rehabilitación, de Diálisis, prescripciones y preparaciones de Farmacia, minutas y/o raciones de alimentación, material esterilizado. 3. Organizar las actividad quirúrgicas, las acciones de anestesia y de reanimación post operatoria a pacientes hospitalizados, ambulatorios y de emergencia, en conjunto con la Unidad de Pabellón Central y Pabellón de Parto, Pabellón Ambulatorio, con los recursos disponibles de pabellones, horas médicas, personal de apoyo, equipos e instrumentales, insumos de farmacia y otros. 4. Definir en conjunto con el departamento de atención cerrada, las horas medicas disponibles para la actividad quirúrgica, las cuales deberán ser concordante con la programación anual de al red asistencial, criterios de priorización de lista de espera quirúrgica, demanda de la Macro red, demanda GES, u otro requerimiento de los programas especiales. 5. Elaborar en conjunto con Pabellón Central, el calendario semanal de intervenciones a realizar considerando los estándares de rendimiento optimo de horas disponibles de pabellón. 6. Organizar en conjunto con el Subdepartamento de unidades de apoyo, la actividad de la unidad de esterilización de tal manera de coordinar la entrega de material estéril según calendario programado de intervenciones diarias, obteniendo un optimo rendimiento de los ciclos de esterilización del instrumental disponible. 7. Organizar en conjunto con el Subdepartamento de unidades de apoyo el accionar de las unidades de apoyo diagnostico y terapéutico como: Laboratorio, Banco de Sangre, Radiología, Anatomía Patológica, Medicina Física y rehabilitación, y Diálisis, en sus respectivos campos de acción, acorde con los requerimientos diagnósticos y tratamiento que efectúen las unidades clínicas de los departamentos de atención cerrada y abierta. 8. Analizar permanentemente la capacidad de oferta de servicios ; programación de prestaciones de la red ; requerimientos de demanda de programas especiales ; demanda GES ; desarrollo tecnológico y de investigación diagnóstica de acuerdo al nivel de complejidad acreditada o factible de acreditar, dependiendo de las normas técnicas del Minsal, la existencia de programas de financiamiento de inversión y de la capacidad financiera del establecimiento para asumir los costos operacionales. 9. Planificar en conjunto con el Subdepartamento de apoyo clínico y terapéutico el accionar de las unidades de Farmacia y Alimentación según los requerimientos de las unidades clínicas de los departamentos de atención cerrada y abierta, de acuerdo a las normas técnicas correspondientes y al marco presupuestario de gastos fijado. 10. Establecer mecanismos de regulación y control a través de comité de farmacia para el uso racional de medicamentos tendiente a lograr una acción terapéutica adecuada, con costos racionales, y acorde con las exigencias de la ciencia y la tecnología y los recursos existentes. 11. Establecer mecanismos de control y supervisión a objeto la Unidad de Alimentación y Sedile otorgue una alimentación cualitativa y cuantitativamente equilibrada y a un costo racional a los pacientes hospitalizados y al personal del establecimiento que en razón de la naturaleza de sus funciones deba percibir este beneficio. 12. Definir la estructura de funcionamientos bajo la modalidad de centro de responsabilidad del Departamento de apoyo clínico y terapéutico, para la administración del presupuesto de inversiones, Gastos personales y bienes y servicios de consumo en los ítems sujetos de control, delegación de facultades, atribuciones y responsabilidades, indicadores de Gestión de costos, de acuerdo a los lineamientos entregados por el Departamento Subdirección Ejecutiva y el Comité operativo de centros de responsabilidad. 13. Adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a los requerimientos de información del establecimiento, ya sea en formularios establecidos o digitación en sistemas informáticos (registro de estadísticas de prestaciones, registros de insumos para cobro a pacientes, solicitudes de pedidos a bodega de farmacia y abastecimiento, y otros). 14. Efectuar la programación anual con evaluaciones mensuales de los insumos de farmacia y otros por Subdepartamento y unidades de apoyo. 15. Elaborar el programa anual de capacitación del personal de los subdptos y unidades de apoyo. 16. Cumplir y hacer cumplir las normas legales y reglamentos y disposiciones internas del establecimiento en materia de personal (provisión de cargos, reemplazos suplencias, sistemas de turno, horas extras, evaluación de desempeño, permisos y otros). 17. Adoptar las medidas necesarias para optimizar el rendimiento y eficiencia del personal en la realización de prestaciones médicas y de apoyo. 18. Velar por el bienestar del personal y condiciones de trabajo. 19. Controlar la eficiente utilización y rendimiento de los equipos e instrumentos médicos. 20. Elaborar en conjunto con el Subdepartamento de Mantenimiento la programación de la mantención preventiva y reparativa de máquinas, equipos e instalaciones. 21. Proponer iniciativas de inversión de reposición de equipamiento o implementación de nuevas áreas de desarrollo. 22. Controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos sanitarios, metas de programas especiales, compromisos de gestión del Minsal, Servicio de Salud Llanquihue, Chiloé y Palena, y Hospital Puerto Montt, a través de informe periódicos (mensual bimensual). 23. Efectuar monitoreo permanente de los indicadores de producción de prestaciones de cada unidad de apoyo, como por ejemplo, nº de exámenes realizados, nº de raciones de alimentación, nº de procedimientos, nº de intervenciones quirúrgicas, e indicadores de gestión de midan el resultado de la aplicación de recursos como por ejemplo: costo promedio de insumo por examen, procedimiento o intervención quirúrgica. 24. Realizar labores de regulación y coordinación con centros formadores de educación superior con los cuales suscriba convenio el Hospital, en cuanto a cupos de práctica y cobro de insumos. 25. Colaborar con las instituciones de educación superior en la elaboración de proyectos de investigación y desarrollo que contribuyan al perfeccionamiento de la función asistencial. 26. Planificar en conjunto con el Subdepartamento de asistencia social, el trabajo social requerido por los pacientes hospitalizados, coordinación del accionar del voluntariado y de las actividades de participación comunitaria. 27. Otras que le asigne el Director o el Departamento Subdirección Ejecutiva. Responsabilidad del cargo de Jefe Apoyo Clínico y Terapéutico1. Dirigir los procesos clínicos, de apoyo y administrativos que permitan abordar las funciones encomendadas. 2. Definir la oferta de prestaciones de todas las unidades de apoyo. 3. Determinar las brechas de prestaciones en relación a la programación de demanda de la red y elaborar un plan de acción para abordarlas. 4. Administrar y optimizar el uso de los recursos asistenciales, materiales, recursos humanos, equipos e instalaciones. 5. Gestionar el departamento de apoyo clínico y terapéutico como centro de responsabilidad de acuerdo a los lineamientos de la Subdirección Médica. 6. Llevar los registros de control de prestaciones, que permitan cautelar los ingresos de PV, AUGE y P.P.P. en los formatos el Depto de Atención Médica y Usuaria. 7. Adoptar todos los procedimientos y registros que sean necesarios para la gestión técnica y administrativa del Departamento. 8. Otras que se le asignen. Atribuciones del cargo de Jefe Apoyo Clínico y Terapéutico 1. Distribuir y reasignar el presupuesto de gastos de personal, bienes y servicios de consumo e inversión a los subdepartamentos Dependientes. 2. Autorizar la programación de adquisiones de farmacia e insumos de los subdepartamentos y unidades. 3. Definir los sistemas de turno del personal del departamento. 4. Autorizar los reemplazo, suplencias, horas extras, jornadas de capacitación, permisos, feriados y otros de similar naturaleza, de acuerdo al marco presupuestario fijado. 5. Redistribuir el personal dentro de las dependencias del departamento de apoyo clínico y terapéutico. 6. Organizar al interior del Departamento la creación fusión, desagregación o redistribución física de unidades de apoyo. 7. Otras que se deleguen. | DFL Nº 1 DE 2005 DELMINISTERIO DE SALUD | Si | |||||||
| Ver más resultados | |||||||||||