Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Unidad u órgano interno | Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | Fecha última modificación |
|---|---|---|---|---|
| Consejo de Rectores | Proponer a las entidades que lo integran, iniciativas y soluciones destinadas a coordinar sus actividades en todos sus aspectos, para procurar un mejor rendimiento y calidad de la enseñanza superior. | DFL Nº 2, -fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Estatuto Orgánico del Consejo de Rectores(Artículo 2) | ver enlace | |
| Presidente | El Consejo de Rectores será integrado y presidido por el Ministro de Educación, quien designará un Vicepresidente de entre los miembros del Consejo. | Decreto Ley Nº 1287- Diciembre de 1975 (Artículo 1)-/DFL Nº 2 (1985) | ver enlace | |
| Secretaría General | La Secretaría General del Consejo de Rectores estará encargada de la administración del Servicio, de realizar estudios y prestar apoyo administrativo y técnico al Consejo para el cumplimiento de sus funciones y de llevar las actas y registros de acuerdos. | Resolución Nº 001, Fija Texto del Reglamento de la Secretaría General del Consejo de Rectores -abril de 1986 (Artículo 1) | ver enlace | |
| Secretario General | La Secretaría General estará a cargo de un Secretario General quien será el Ministro de Fé y le corresponderá certificar la autenticidad de todas las actuaciones o acuerdos que adopte el Consejo encargado de realizar estudios y prestar apoyo administrativo | Resolución Nº 001, Fija Texto del Reglamento de la Secretaría General del Consejo de Rectores -abril de 1986 (Artículo 2) | ver enlace | |
| Vice Presidente Ejecutivo | Delegase en el señor Víctor Pérez Vera, Rector de la Universidad de Chile, las siguientes atribuciones : a) Citar y presidir las sesiones del Consejo ; b) Firmar las actas y contratos, documentos y correspondencia del Consejo y c) ejecutar los acuerdos del | Resolución Exenta Nº 2-Julio de 2009 Punto 1. | ver enlace | |
| Vice Presidente Ejecutivo Alterno | En caso de ausencia o impedimento temporal de don Víctor Pérez Vera, las atribuciones delegadas mediante Resolución Nº 2 de 1.07.2009 recaerán en don Ignacio Sánchez Díaz | Resolución Exenta Nº 22 - 30 de Julio de 2010 | ver enlace | |