Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente |
|---|---|---|
| Relacionar al Poder Ejecutivo con el Poder Judicial y ejecutar las acciones que la ley y el Presidente de la República le encomienden. | Art. 1° Decreto Ley N° 3.346, de 1980, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Realizar el estudio crítico de las normas constitucionales y de la legislación civil, penal, comercial y de procedimiento, a fin de proponer al Presidente de la República las reformas que estime necesarias. | Art. 2° a) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Asesorar al Presidente de la República en los nombramientos de jueces, funcionarios de la administración de justicia y demás empleados del Poder Judicial, y en el ejercicio de la atribución especial de velar por la conducta ministerial de los jueces. | Art. 2° b) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Formular políticas, planes y programas sectoriales, en especial respecto de la defensa judicial de los intereses del Estado ; del tratamiento penitenciario y la rehabilitación del reo de la organización legal de la familia e identificación de las personas: de la tuición que al Estado corresponde en la administración y realización de los bienes de las personas que caigan en falencia, y de los sistemas asistenciales aplicables a los menores que carezcan de tuición o cuya tuición se encuentre alterada y a los menores que presenten desajustes conductuales o estén en conflicto con la justicia. | Art. 2° c) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Controlar el cumplimiento de las políticas, planes y programas sectoriales y evaluar sus resultados. | Art. 2° d) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Dictar normas e impartir instrucciones a que deben sujetarse sus servicios dependientes y fiscalizar su cumplimiento | Art. 2° e) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Atender a las necesidades de organización y funcionamiento de los tribunales de justicia. | Art. 2° f) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Asesorar a los tribunales de justicia en materias técnicas, a través de los organismos de su dependencia. | Art. 2° g) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Programar y proponer la adquisición, construcción, adecuación y habilitación por el Fisco de inmuebles para los tribunales de justicia, el Ministerio y sus servicios dependientes, sin perjuicio de las atribuciones de la Junta de Servicios Judiciales. | Art. 2° h) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Proponer al Presidente de la República las medidas necesarias para solucionar las dificultades y dudas que le sean formuladas en materia de inteligencia y aplicación de las leyes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5° del Código Civil y 102 del Código Orgánico de tribunales. | Art. 2° i) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Velar por la prestación de asistencia juridica gratuita en conformidad a la ley. | Art. 2° j) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Proponer medidas para prevenir el delito por medio de planes de defensa social. | Art. 2° k) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Crear establecimientos penales y de tratamiento y rehabilitación penitenciarios. | Art. 2° l) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Dictar las resoluciones necesarias para el cumplimiento de las sentencias ejecutoriadas que condenen al Fisco. | Art. 2° m) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Asesorar al Presidente de la República en lo relativo a amnistía, indultos y al beneficio de la libertad condicional. | Art. 2° n) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Estudiar los antecedentes y proponer, en su caso la concesión de los beneficios previstos en el decreto ley N° 409, de 1932. | Art. 2° ñ) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Intervenir en la concesión y cancelación de personalidad jurídica a las corporaciones y fundaciones regidas por el Titulo XXXIII del Libro I del Código Civil, en la aprobación y reformas de sus estatutos, en su fiscalización y en el otorgamiento de certificados sobre vigencia de aquel beneficio. | Art. 2° o) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Participar en la legalización de los instrumentos otorgados o autorizados por el Poder Judicial, por el Ministerio, por sus servicios dependientes y por los organismos que se relacionen con el Gobierno a través del Ministerio. | Art. 2° p) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Otorgar las certificaciones y testimonios instrumentales que organismos internacionales o entidades extranjeras soliciten al Supremo Gobierno, en asuntos que puedan afectar al Fisco. | Art. 2° q) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus ediciones oficiales. | Art. 2° r) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Pronunciarse sobre los proyectos y ejecución de obras de Gendarmería de Chile, y sus prioridades, los que se someterán a la aprobación del Presidente de la República. Respecto de estas obras, el Ministerio de Justicia tendrá las mismas atribuciones que la ley señale al Ministerio de Obras Públicas para el resto de las obras de tal naturaleza. | Art. 2° s) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Llevar el Registro de Mediadores a que se refiere la ley N° 19.968, que crea los juzgados de familia, y fijar el arancel respectivo. | Art. 2° t) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
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