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| Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente |
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| Relacionar al Poder Ejecutivo con el Poder Judicial y ejecutar las acciones que la ley y el Presidente de la República le encomienden. | Art. 1° Decreto Ley N° 3.346, de 1980, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Realizar el estudio crítico de las normas constitucionales y de la legislación civil, penal, comercial y de procedimiento, a fin de proponer al Presidente de la República las reformas que estime necesarias. | Art. 2° a) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Asesorar al Presidente de la República en los nombramientos de jueces, funcionarios de la administración de justicia y demás empleados del Poder Judicial, y en el ejercicio de la atribución especial de velar por la conducta ministerial de los jueces. | Art. 2° b) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Formular políticas, planes y programas sectoriales, en especial respecto de la defensa judicial de los intereses del Estado ; del tratamiento penitenciario y la rehabilitación del reo de la organización legal de la familia e identificación de las personas: | Art. 2° c) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Controlar el cumplimiento de las políticas, planes y programas sectoriales y evaluar sus resultados. | Art. 2° d) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Dictar normas e impartir instrucciones a que deben sujetarse sus servicios dependientes y fiscalizar su cumplimiento | Art. 2° e) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Atender a las necesidades de organización y funcionamiento de los tribunales de justicia. | Art. 2° f) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Asesorar a los tribunales de justicia en materias técnicas, a través de los organismos de su dependencia. | Art. 2° g) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Programar y proponer la adquisición, construcción, adecuación y habilitación por el Fisco de inmuebles para los tribunales de justicia, el Ministerio y sus servicios dependientes, sin perjuicio de las atribuciones de la Junta de Servicios Judiciales. | Art. 2° h) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Proponer al Presidente de la República las medidas necesarias para solucionar las dificultades y dudas que le sean formuladas en materia de inteligencia y aplicación de las leyes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5° del Código Civil y 102 del C | Art. 2° i) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Velar por la prestación de asistencia juridica gratuita en conformidad a la ley. | Art. 2° j) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Proponer medidas para prevenir el delito por medio de planes de defensa social. | Art. 2° k) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Crear establecimientos penales y de tratamiento y rehabilitación penitenciarios. | Art. 2° l) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Dictar las resoluciones necesarias para el cumplimiento de las sentencias ejecutoriadas que condenen al Fisco. | Art. 2° m) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Asesorar al Presidente de la República en lo relativo a amnistía, indultos y al beneficio de la libertad condicional. | Art. 2° n) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Estudiar los antecedentes y proponer, en su caso la concesión de los beneficios previstos en el decreto ley N° 409, de 1932. | Art. 2° ñ) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Intervenir en la concesión y cancelación de personalidad jurídica a las corporaciones y fundaciones regidas por el Titulo XXXIII del Libro I del Código Civil, en la aprobación y reformas de sus estatutos, en su fiscalización y en el otorgamiento de certifi | Art. 2° o) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Participar en la legalización de los instrumentos otorgados o autorizados por el Poder Judicial, por el Ministerio, por sus servicios dependientes y por los organismos que se relacionen con el Gobierno a través del Ministerio. | Art. 2° p) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Otorgar las certificaciones y testimonios instrumentales que organismos internacionales o entidades extranjeras soliciten al Supremo Gobierno, en asuntos que puedan afectar al Fisco. | Art. 2° q) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus ediciones oficiales. | Art. 2° r) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Pronunciarse sobre los proyectos y ejecución de obras de Gendarmería de Chile, y sus prioridades, los que se someterán a la aprobación del Presidente de la República. Respecto de estas obras, el Ministerio de Justicia tendrá las mismas atribuciones que la | Art. 2° s) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |
| Llevar el Registro de Mediadores a que se refiere la ley N° 19.968, que crea los juzgados de familia, y fijar el arancel respectivo. | Art. 2° t) Ley Orgánica del Ministerio de Justicia | http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=7098 |