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Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareasFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondiente
Asesorar técnica y científicamente a los órganos jurisdiccionales y de investigación, en todo el territorio nacional, en lo relativo a la medicina legal, ciencias forenses y demás materias propias de su ámbito.Artículo 2º Ley 20.065 sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico LegalArtículo 24º Ley 20.065 sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico Legalver enlace
Obtener, junto con las instituciones acreditadas, huellas genticas para efectos de la Ley 19.970, sobre Sistema Nacional de registros de A.D.N.Artículo 1º inciso segundo de la Ley 19.970 que Crea el Sistema Nacional de Registros de A.D.N.Artículo 14 de la Ley 19.970 que Crea el Sistema Nacional de Registros de A.D.N.ver enlac
Ser depósito de cadáveres en casos de catástrofe o accidentes colectivos y respecto de fallecidos no reclamadosArtículo 58 del Decreto 427/1943 que Aprueba el reglamento orgánico del Instituto Médico legal "Doctor Carlos Ibar" y de los Server enlac
Realizar exámen psicofísico a los postulantes a licencia de conducir que fueren reprobados en primera instanciaArtículo 22º Ley 18.290, Ley de tránsito
Impartir Instrucciones Generales respecto a los exámenes médico legales de alcoholemiaArtículo 22º Ley 18.290, Ley de tránsito
Habilitar establecimientos de salud para la práctica de toma de muestra de exámenes médico legales de alcoholemiaArtículo 183º Ley 18.290, Ley de tránsito
Destinar cadáveres no reclamados para fines de estudio e investigación cientifica, de acuerdo con el Reglamento del Libro Noveno del Código SanitarioArticulo 147º Decreto con Fuerza de Ley Nro. 725 -1968 -Minsal, Códico Santitariover
Destinar órganos de cadaveres no reclamados para la elaboración de productos cosmeticos e injertos, de acuerdo con el Reglamento del Libro Noveno del Código SanitarioArticulo 147º Decreto con Fuerza de Ley Nro. 725 -1968 -Minsal, Códico Santitariover
Llevar a cabo las pruebas periciales de carácter biológico que determinen la paternidad o maternidad que el Tribunal competente ordeneArtículo 199 Código Civil