Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Unidad u órgano interno | Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | Fecha última modificación |
|---|---|---|---|---|
| I. CONSEJO DIRECTIVO | Funciones | Sin modificaciones | ||
| 1.- Elegir de su seno a un Vicepresidente que en caso de ausencia o impedimento temporal del Presidente, lo reemplazará en todas sus funciones y en el orden que el mismo Consejo determine en el acto de la elección. | Art. 13 letra a) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Elegir un Secretario, que tendrá las funciones y atribuciones que el Consejo Directivo señale. | Art. 13 letra b) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Interpretar los estatutos y dictar los reglamentos que estime conducentes para la mejor marcha de la Corporación. | Art. 13 letra d) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 4.- Organizar los servicios que sean necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, como también contratar los servicios de otras entidades públicas o privadas, con el objeto de cumplir sus funciones de asistencia legal gratuita a personas de escasos recursos. | Art. 13 letra e) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 5.- Determinar el personal que crea necesario para la buena marcha de la Corporación. | Art. 13 letra g) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 6.- Designar al Director General de la Corporación. | Art. 13 letra h) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 7.- Aprobar el presupuesto que se confeccionará anualmente para ser presentado al Ministerio de Justicia y la rendición de cuentas que debe hacer al mismo de los fondos que éste le asigne. | Art. 13 letra i) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 8.- Disponer la inversión de los fondos del presupuesto destinados a gastos de operación, con excepción de los que se refieren a pagos de sueldos y gastos de ordinaria ocurrencia. | Art. 13 letra k) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 9.- Conocer de las reclamaciones que se produzcan en contra de lo resuelto por el Director General de la Corporación. | Art. 13 letra l) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 10.- Cumplir y hacer cumplir los acuerdos e instrucciones impartidas por el Ministerio de Justicia. | Art. 13 letra m) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 11.- Delegar en el Presidente o en el Director General de la Corporación las facultades económicas y directivas. | Art. 13 letra n) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 12- Aceptar o repudiar las donaciones, legados o herencias que se hicieren a la Corporación, en el entendido que no se podrán aceptar herencias sin reservarse el beneficio de inventario. | Art. 13 letra ñ) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 13.- Adoptar, acordar o resolver, con amplias facultades, lo necesario para llevar a efecto todos y cada uno de los fines de la Corporación. | Art. 13 letra o) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 14.- Calificar al personal, de acuerdo al reglamento que se dicte, previo informe del Director. | Art. 13 letra p) Decreto con Fuerza de Ley Nº 944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 15.- Resolver las apelaciones que deduzcan los postulantes en contra de los dictámenes de la Directora General que aplican medidas disciplinarias en conformidad con el Título VII del Reglamento de Práctica Profesional al Título de Abogado. | Articulo 27 Reglamento 265 de 1985 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Facultades | Sin modificaciones | |||
| 1.- Dirigir la Corporación y sus bienes con las más amplias facultades, pudiendo acordar la celebración de todos los actos y contratos que tiendan al cumplimiento de sus fines. | Articulo 8 Decreto con Fuerza de Ley Nº944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Proponer la dictación o modificación de normas legales o reglamentarias destinadas a hacer más expedita la asistencia legal gratuita. | Art. 13 letra f) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Atribuciones | Sin modificaciones | |||
| 1. Dirigir a la Corporación y sus bienes con las más amplias facultades. | Art. 13 letra c) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Designar al Director General de la Corporación. | Art. 13 letra h) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Realizar sesiones ordinarias o extraordinarias. | Art. 12 Decreto con Fuerza de Ley Nº944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 4.- Conceder permisos que sean sometidos a su decisión. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | Ver Enlace | Sin modificaciones | |
| II. PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO | Funciones | Sin modificaciones | ||
| 1.- Presidir las reuniones del Consejo Directivo. | Art. 15 letra a) Decreto con Fuerza de Ley Nº 944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Firmar los documentos oficiales de la entidad. | Art. 15 letra b) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Ejercer la supervigilancia de todo lo concerniente a la marcha de la Corporación y a la fiel observancia de los Estatutos, de las disposiciones legales pertinentes y acuerdos del Consejo Directivo. | Art. 15 letra c) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Facultades | Sin modificaciones | |||
| 1.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Corporación. En lo judicial, tendrá las facultades de ambos incisos del artículo 7º del Código de Procedimiento Civil | Art. 10 Decreto con Fuerza de Ley Nº944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Ejercer la iniciativa más directa en las actividades de la Corporación. | Art. 15 Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Atribuciones | Sin modificaciones | |||
| 1.- Ejercer todos los derechos que las leyes, reglamentos y los Estatutos le otorgan. | Art. 15 letra d) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Delegar sus funciones en un Consejero o en el Director de la Corporación. | Art. 15 letra e) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| III. DIRECTOR/A GENERAL | Funciones | Sin modificaciones | ||
| 1.- Promover, coordinar, y dirigir, de acuerdo a las instrucciones del Consejo Directivo, las labores de carácter técnico, económico y administrativo de la Corporación, organizando los trabajos de la misma, para dar cumplimiento a sus finalidades. | Art. 19 letra a) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Velar por el cumplimiento de los Estatutos y de los reglamentos que se dicten para su buen funcionamiento y ejecutar los acuerdos del Consejo Directivo. Asimismo, velar por el cumplimiento de las disposiciones legales e instrucciones de las autoridades competentes. | Art. 19 letra b) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Contratar al personal, de conformidad a las pautas fijadas por el Consejo Directivo. | Art. 19 letra d) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 4.- Presentar anualmente al Consejo Directivo una memoria de las actividades de la Corporación. | Art. 19 letra e) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 5.- Cuidar de la recaudación de las entradas y tener bajo su control los ingresos, cuando ello procediere. | Art. 19 letra f) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 6.- Preparar anualmente al Consejo Directivo para su aprobación, el presupuesto para el año siguiente. | Art. 19 letra g) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 7.- Efectuar los pagos y decidir las inversiones que proceden de acuerdo al presupuesto aprobado, debiendo dar cuenta al Consejo en caso de gastos imprevistos. | Art. 19 letra h) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Facultades | Sin modificaciones | |||
| 1.- Administrar, en forma inmediata y directa, a la Corporación. | Art. 19 letra f) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Ejercer las facultades que le sean delegadas por el Consejo Directivo o por el Presidente del Consejo Directivo. | Art. 13 letra n) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Atribuciones | Sin modificaciones | |||
| 1.- Calificar las prácticas realizadas por los postulantes a Abogados al final de su período, pudiendo aprobarlas o rechazarlas, debiendo otorgar el correspondiente certificado en cumplimiento del artículo 523 del Código Orgánico de Tribunales. | Art. 19 letra i) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Cancelar las prácticas jurídicas durante su período, en casos calificados, si el postulante no da cumplimiento a sus obligaciones. | Art. 19 letra j) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Aplicar las medidas disciplinarias en conformidad con el Título VII del Reglamento de Práctica Profesional al Título de Abogado. | Art. 27 Reglamento 265 de 1985 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 4.- Otorgar los certificados que acrediten el beneficio de asistencia jurídica, pudiendo delegar esta facultad en los Jefes de las Oficinas Regionales. | Art. 19 letra k) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 5.- Conceder los feriados al personal de la Corporación, en conformidad a la ley. | Art. 19 letra l) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 6.- Conceder licencias o permisos al personal hasta por 30 días, sin goce de sueldo. | Art. 19 letra m) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 7.- Solicitar del Presidente del Consejo su pronunciamiento sobre cualquiera materia que estime conveniente. | Art. 19 letra c) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 8.- Proponer al Consejo Directivo los Reglamentos necesarios para el buen funcionamiento de la Corporación. | Art. 19 letra n) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 9.- Ejercer aquellas facultades que le sean delegadas por el Consejo Directivo o por su Presidente, en conformidad con los estatutos. | Art. 13 letra n) Decreto con Fuerza de Ley N°944 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| IV. CONTRALORÍA INTERNA | Funciones | Sin modificaciones | ||
| 1.- Estudiar y proponer medidas y asesorar a las jefaturas de la Corporación en materias relacionadas con el control interno. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Apoyar a las distintas unidades en lo relacionado con el control de gestión y fiscalizar el correcto uso de los recursos. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Controlar el cumplimiento de las metas institucionales y cumplir las instrucciones y ejecutar las acciones que encomiende la Directora General. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Facultades | Sin modificaciones | |||
| 1.- Proponer recomendaciones a la Directora General en el diseño, implementación y optimización principalmente de los procedimientos administrativos internos, para que estos contengan mecanismos de controles suficientes y adecuados para la institución. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Requerir información o antecedentes a cualquier dependencia o funcionario de la Corporación, para el cumplimiento de sus funciones. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Proponer a la Dirección General el plan anual de auditoría. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 4.- Concurrir a las distintas dependencias de la Corporación para realizar las funciones de auditoría interna y revisar la documentación que corresponda en las materias de su competencia. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Atribuciones | Sin modificaciones | |||
| Verificar a través de revisiones a las áreas administrativas y de gestión, el funcionamiento de los procedimientos internos para evaluar y fortalecer los mecanismos de control. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| V. ASESOR JURÍDICO | Funciones | Sin modificaciones | ||
| 1.- Emitir informes jurídicos que solicite el Director/a General. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Pronunciarse respecto de las consultas, que en el ámbito de su competencia, formulen otros Departamentos o Unidades de la Corporación. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Pronunciarse acerca de la procedencia de iniciar investigaciones sumarias, de su tramitación y término. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 4.- Pronunciarse acerca de la pertinencia de las bases administrativas de los procesos de licitación que deba realizar la Corporación | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 5.- Redactar los actos administrativos que le solicite el Director/a General. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 6.- Redactar convenios, contratos y documentos, entre ellos bases de licitación, que requiera suscribir la Corporación. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 7.- Visar jurídicamente los convenios, contratos y demás documentos que le sean requeridos por el Director/a General. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 8.-Efectuar el control de legalidad de los actos relacionados con la administración de la Corporación que formalmente conozca. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 9.-Realizar las tareas que se le asignen en materia de procedimiento institucional para la aplicación de las normas de la Ley Nº20.285 sobre acceso a la información pública. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 10.-Efectuar el estudio jurídico de las Resoluciónes o informes que corresponda emitir a los demás Departamentos o Unidades de la Corporación | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 11.-Mantener permanentemente actualizada la información a su cargo. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 12.- Cumplir las instrucciones y ejecutar las acciones que le encomiende el Director /a General. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Facultades | Sin modificaciones | |||
| 1.- Pronunciarse, a través informes jurídicos, sobre materias que le sean consultadas o por su propia iniciativa. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Estudiar y proponer medidas que tiendan a la correcta ejecución de las funciones y procedimientos administrativos de la Institución desde el ámbito del ordenamiento jurídico. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Atribuciones | Sin modificaciones | |||
| 1.- Emitir opiniones fundadas en los asuntos de naturaleza jurídica que se le requieran. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Requerir a las unidades, departamentos, profesionales o funcionarios de la Corporación, los antecedentes necesarios para emitir un pronunciamiento o informe. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Tomar conocimientos de los expedientes sumariales. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 4.- Resolver acerca de la interpretación de normas jurídicas. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| VI. RELACIONES PÚBLICAS | Funciones | Sin modificaciones | ||
| 1.- Generar y coordinar actividades de difusión de la labor de la Corporación. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 2.- Estructurar los medios y estrategias adecuados en materia de difusión. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 3.- Desarrollar e informar permanentemente a los distintos medios de comunicación de la comunidad e instituciones públicas sobre el quehacer institucional. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 4.- Desarrollará políticas de comunicación e información interna de la institución. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 5.- Planificar, organizar y ejecutar eventos institucionales y de los servicios públicos relacionados que se realizan en dependencias de la corporación. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 6.- Elaborar boletines y otros instrumentos tanto de circulación interna como pública. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 7.- Gestionar el diseño e impresión del material de difusión, como cartillas, folletos, etc. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 8.- Mantener actualizados los canales externos de comunicación de la Corporación, tales como página web, correos electrónicos, material de folletería, etc. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| 9.- Prestar apoyo a la Director/a General y Subdirecciones Regionales en todas las actividades de promoción y difusión, organización de actos públicos, ceremonias, tales como inauguraciones, cuentas públicas, plazas ciudadanas etc., realizadas en el marco de sus funciones. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Facultades | Sin modificaciones | |||
| 1.- Proponer, diseñar, conducir y ejecutar estrategias comunicacionales de la Corporación en conformidad con las directrices de la Directora General. | Resolución DG Nº 276 de 2012 | ver enlace | Sin modificaciones | |
| Atribuciones | Sin modificaciones | |||
Corporación de Asistencia Judicial de la
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RUT: 70.816.800-9
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