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Unidad u órgano internoFacultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internosFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondienteFecha última modificación
Subsecretario de Redes AsistencialesEl Subsecretario de Redes Asistenciales es el jefe superior de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, tiene a su cargo las materias relativas a la articulación y desarrollo de la Red Asistencial del Sistema para la atención integral de su población usuarArtículo 28, decreto 136 de 2004, Reglamento del Ministerio de Saludver enlace2008-10-13
Es el colaborador inmediato y directo del Ministro en su área de competencia, correspondiéndole especialmente las siguientes funciones:
a)     Analizar, proponer y evaluar políticas, normas, planes y programas concernientes a la articulación y desarrollo de la Red Asistencial del Sistema, en particular las relativas al ámbito de los recursos humanos y la inversión en infraestructura y equi
b)     Ejecutar las siguientes tareas:
1.      Crear un Consejo de Coordinación de Redes Regionales, en todas aquellas regiones que tengan más de un Servicio de Salud, determinar quién lo presidirá e impartir las normas e instrucciones sobre su composición y funcionamiento
2.      Aprobar, mediante resolución, a más tardar el 15 de diciembre de cada año, o el siguiente día hábil si éste fuere feriado, el presupuesto de los Establecimientos de Autogestión en Red y el del Servicio de Salud, sobre la base del presupuesto aproba
3.      Realizar la evaluación anual de los Establecimientos de Autogestión en Red
4.      Resolver las contiendas de competencia entre Directores de Servicio de Salud y directores de Establecimientos de Autogestión en Red
5.      Coordinar a los establecimientos que conforman la Red Asistencial de Alta Especialidad y a éstos con las demás entidades del sector
6.      Definir el nivel de complejidad técnica, especialidades y el tipo de actividades asistenciales que deberán desarrollar los establecimientos de la Red Asistencial de Alta Especialidad
7.      Participar en la realización de los concursos para proveer en propiedad empleos afectos a la Ley Nº15.076, a requerimiento de los respectivos Servicios de Salud, en la forma y condiciones que determine el reglamento
8.      Coordinar a nivel nacional, de conformidad con la ley N° 19.664, a solicitud de los Servicios de Salud, los procesos de selección de médicos cirujanos, cirujanos dentistas, farmacéuticos o químicos farmacéuticos y bioquímicos, para el ingreso a la
c)      Analizar, proponer y evaluar políticas, normas, planes y programas concernientes a la prestación de acciones de salud, tanto en el sector público como privado, en particular las que se refieran a la regulación de estándares para la autorización san
d)     Subrogar al Ministro, a falta del Subsecretario de Salud Pública, en caso de ausencia temporal o impedimento transitorio de aquel para el cumplimiento de las funciones de su cargo.
e)     Ser el superior jerárquico de la Subsecretaría de Redes Asistenciales y de las divisiones, departamentos, secciones, oficinas, unidades y personal del Ministerio que de ella dependan y de las Secretarías Regionales Ministeriales, en las materias de
f)        Coordinar a las Secretarías Regionales Ministeriales en las materias de su competencia.
g)     Proponer al Ministro políticas, normas, planes y programas en las materias de su competencia.
h)      Comunicar las políticas, normas, planes y programas dictados en materias de atención de salud y articulación de la red asistencial, velar por su cumplimiento e impartir las instrucciones necesarias a tal efecto.
i)        Coordinar a los organismos que integran la red asistencial y a éstos con las demás entidades que integran el sector.
k)      Participar en la elaboración del listado de programas, enfermedades o condiciones de salud prioritarias y propuesta de Garantías Explícitas en Salud.
l)        Celebrar, cuando así lo determine el Ministro, los actos y convenios que por su materia afecten a todos o algunos de los Servicios de Salud en las materias de su competencia, previo informe favorable de éstos, y que surtirán los mismos efectos qu
m)   Corregir errores manifiestos de escritura y numéricos en los decretos ya firmados por el Presidente de la República y por el Ministro de Salud o por éste, en su caso.
n)      Impartir las instrucciones, fiscalizar su aplicación y coordinar la acción de los organismos del sector en las materias de su competencia.
o)     Ejercer las atribuciones y ejecutar las tareas que el Ministro le delegue.
p)     Proponer al Ministro la organización interna de la Subsecretaría a su cargo.
q) Cumplir las demás funciones y obligaciones que le asignen las leyes