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Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareasFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondiente
La administración y servicio interno del MinisterioArtículo 9° inciso 1° Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, sistematizadver enlace
Las materias relativas a la promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de enfermedades que afectan a poblaciones o grupos de personas.Artículo 9° inciso 1° Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, sistematizadver enlace
Proponer al Ministro políticas, normas, planes y programas, velar por su cumplimiento, coordinar las acciones del Fondo Nacional de Salud y el Instituto de Salud Pública, e impartirles instrucciones, referentes a la promoción de la salud, la vigilancia, prArtículo 9° inciso 2° Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, sistematizadver enlace
Administrar el financiamiento previsto para las acciones de salud pública, correspondientes a las prestaciones y actividades que se realicen para dar cumplimiento a programas de relevancia nacional y aquellas que la ley obligue a que sean financiadas por eArtículo 9 inciso 3° del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, sistemativer enlace
Participar en la realización de los concursos para proveer en propiedad empleos afectos a la ley Nº 15.076, a requerimiento de los respectivos Servicios de Salud.Artículo 8° letra a) del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, sistemativer enlace
Coordinar a nivel nacional, a solicitud de los Servicios de Salud, los procesos de selección de médicos cirujanos, cirujanos dentistas, farmacéuticos o químicos farmacéuticos y bioquímicos, para el ingreso a la Etapa de Destinación y Formación a que llamenArtículo 8° letra b) del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, sistemativer enlace
Celebrar, cuando así lo determine el Ministro, los actos y convenios que por su materia afecten a todos o algunos de los Servicios de Salud, previo informe favorable de éstos.Artículo 8° letra c) del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, sistemativer enlace
Subrogar al Ministro de Salud en ausencia del Subsecretario titular de Salud Pública.Artículo 8° inciso final del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, sistever enlace