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Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareasFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondiente
Tiene a su cargo la articulación, gestión y desarrollo de la Red Asistencial correspondiente, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de las personas enfermasArtículo 16 y s.s. del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N°S. ver enlace
Le corresponde la articulación, gestión y desarrollo de la red asistencial correspondiente, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud, como también la rehabilitación y cuidados paliativos de las personas enfermasDecreto Nº 140 Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, Artículo 1º y siguientes. ver enlace
Velar y, en su caso, dirigir la ejecución de los planes, programas y acciones de salud de la Red Asistencial como asimismo, coordinar, asesorar y controlar el cumplimiento de las normas, políticas, planes y programas del Ministerio de Salud en todos los establecimientos del ServicioArtículo 23, letra a) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Organizar la dirección del Servicio y su estructura interna, así como la de los establecimientos que la integran, en conformidad con el reglamento y con las normas que imparta el MinisterioArtículo 23, letra b) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Proponer al Ministerio la creación, modificación o fusión de los establecimientos del Servicio y su clasificaciónArtículo 23, letra c) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Elaborar y presentar el proyecto de presupuesto del ServicioArtículo 23, letra d) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Ejecutar el presupuesto del Servicio de acuerdo con las normas relativas a la administración financiera del Estado y proponer las modificaciones y suplementaciones que sean necesariasArtículo 23, letra e) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Aprobar y modificar los presupuestos de los establecimientos, de acuerdo con el presupuesto del Servicio y coordinar, asesorar, inspeccionar, controlar y evaluar la ejecución presupuestaria dentro de élArtículo 23, letra f) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Designar a los funcionarios, poner término a sus servicios y, en general, ejercer respecto del personal todas las facultades que correspondan a un jefe superior de servicio descentralizadoArtículo 23, letra g) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Ejecutar y celebrar en conformidad al reglamento toda clase de actos y contratos sobre bienes muebles e inmuebles y sobre cosas corporales o incorporales, incluso aquéllos que permitan enajenar y transferir el dominio, pero en este caso sólo a título oneroso, y transigir respecto de derechos, acciones y obligaciones, sean contractuales o extracontractualesArtículo 23, letra h) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Celebrar convenios con universidades, organismos, sindicatos, asociaciones patronales o de trabajadores y, en general, con toda clase de personas naturales o jurídicas, a fin de que tomen a su cargo, por cuenta del Servicio, algunas acciones de salud que a éste correspondan por la vía de la delegación o de otras modalidades de gestión, previa calificación de la suficiencia técnica para realizar dichas accionesArtículo 23, letra i) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Ejercer, dentro del territorio del Servicio bajo su dirección, todas las atribuciones, funciones y obligaciones que las leyes y reglamentos vigentes otorgan y asignan al Director General de Salud y al Vicepresidente Ejecutivo del Servicio Médico Nacional de Empleados, en lo que no aparezcan modificadas o no sean incompatibles con la presente leyArtículo 23, letra j) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Otorgar becas a profesionales funcionarios del respectivo Servicio y a profesionales a que se refiere la letra a) del artículo 5º de la ley N°19.378, del territorio operacional que le compete, para el desarrollo de programas de perfeccionamiento o especialización que interesen al Servicio de Salud bajo su dirección, de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias del Servicio y en la forma en que lo determine el reglamentoArtículo 23, letra k) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Celebrar convenios con las respectivas municipalidades para contratar profesionales funcionarios en la Etapa de Destinación y Formación, con desempeño en establecimientos de atención primaria de salud municipalArtículo 23, letra l) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Delegar sus atribuciones conforme a la leyArtículo 23, letra m) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Conferir mandatos en asuntos determinadosArtículo 23, letra n) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Declarar la exclusión, declaración de estar fuera de uso o dar de baja, los bienes muebles del Servicio, pudiendo utilizar cualquier mecanismo que asegure la publicidad y libre e igualitaria participación de terceros en la enajenaciónArtículo 23, letra ñ) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Disponer, mediante resolución fundada, la comisión de servicios de los funcionarios de su dependencia y que no formen parte del personal del Establecimiento de Autogestión en RedArtículo 23, letra o) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Celebrar convenios de gestión con las respectivas entidades administradoras de salud municipal, o con establecimientos de atención primaria, que tengan por objeto, entre otros, asignar recursos asociados al cumplimiento de metas sanitarias, aumento de la resolutividad de sus establecimientos y mejoramiento de los niveles de satisfacción del usuarioArtículo 23, letra p) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Evaluar el cumplimiento de las normas técnicas, planes y programas que imparta el Ministerio de Salud a los establecimientos de atención primaria de salud, y el cumplimiento de las metas fijadas a dichos establecimientos en virtud de los convenios celebrados conforme a la letra anterior y al artículo 57 de la ley Nº 19.378Artículo 23, letra q) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Elaborar el presupuesto de la Red Asistencial de Salud a su cargo y formular las consideraciones y observaciones que le merezcan los presupuestos de los hospitales autogestionadosArtículo 23, letra r) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace
Desempeñar las demás funciones y atribuciones que le asignen las leyes y reglamentosArtículo 23, letra s) del D.F.L. Nº 1/2005 Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.L. N° 2763/79 y de las Leyes N ver enlace

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