Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente |
|---|---|---|
| Articulación, gestión y desarrollo de la Red Asaistencial correspondiente | DFL N°1/2005. Art 16 | ver enlace |
| Ejecutar las acciones de fomento, protección y recuperación de la Salud | Decreto N°140/Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. Art. 1 | ver enlace |
| Rehabilitación de las personas enfermas. | Decreto N°140/Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. Art. 1 | ver enlace |
| Recibir y destruir las materias primas y droga incautada | Ley 20.000. Ar.41 | ver enlace |
| Remitir en el más breve plazo al Ministerio Público un Protocolo de Análisis Químico de la droga incautada y guardar contramuestras por un plazo máximo de dos años. | Ley 20.000. Ar.44 | ver enlace |
| Conocer y observar la proposición de dotación realizada por la Entidad Administradora de Salud Municipal. | Ley 19378. Art.12 | ver enlace |
| Informar al Ministerio de Salud las proposiciones de establecimientos de desempeño difícil realizado por la Entidad Administradora de Salud Municipal. | Ley 19378. Art.29 | ver enlace |
| Entregar a las Entidades Administradoras de Salud Municipal, en representación del Ministerio de Salud, el aporte estatal o per cápita | Ley 19378. Art.49 | ver enlace |
| Conocer y observar el Proyecto del Programa Anual de Salud Municipal. | Ley 19378. Art.58 | ver enlace |
Servicio de Salud Metropolitano Oriente,
S.S.M.O.
RUT: 61.608.400-3
Avenida Salvador 364, Providencia, Santiago - Fono: 56 2 575-2750
Web: www.saludoriente.cl
Contacto
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