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Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareasFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondiente
Los Servicios de Salud coordinadamente tienen a su cargo la articulación, gestión y desarrollo de la Red Asistencial correspondiente, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación y cuidados paliativos de las personas enfermas.Artículo 16 DFL Nº 1 de 2006 y artículo 1 del D.S. Nº 140 de 2005ver enlace
Recibir y destruir las materias primas y droga incautadaArtículo 41 ley 20.000ver enlace
Remitir en el más breve plazo al Ministerio Público un Protocolo de Análisis Químico de la droga incautada y guardar contramuestras por un plazo máximo de dos añosArtículo 43 y 44 ley 20.000ver enlace
Emitir informe de idoneidad sicológica para desempeñarse como asistente de educación.Artículo 3 ley 19.464ver enlace
Conocer y observar la proposición de dotación realizada por la Entidad Administradora de Salud Municipal.Artículo 12 ley 19.378ver enlace
Informar al Ministerio de Salud las proposiciones de establecimientos de desempeño difícil realizado por la Entidad Administradora de Salud MunicipalArtículo 29 ley 19.378ver enlace
Entregar a las Entidades Administradoras de Salud Municipal, en representación del Ministerio de Salud, el aporte estatal o per cápita.Artículo 49 ley 19.378ver enlace
Retener el per cápita cuando la Entidad Administradora de Salud Municipal no se encuentre al día en el pago de cotizaciones provisionales y de salud de su personal.Artículo 53 ley 19.378ver enlace
Conocer y observar el Proyecto del Programa Anual de Salud MunicipalArtículo 58 ley 19.378ver enlace

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