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Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareasFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondiente
Crea en la Región de la Araucanía, el Servicio de Salud Araucanía Norte, el cual será el continuador legal del Servicio de Salud Araucanía dentro del territorio de su competencia de la Provincia de Malleco, con los mismos derechos y obligaciones que a éste correspondían en él.Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 / 1997, Artículo 2ºNo
Define las competencias a ejercer por los Organismos Estatales de Salud, la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de las personas enfermas, así como coordinar, controlar y, cuando corresponda, ejecutar tales acciones.Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 / 2005, Artículo 17 y siguientesNo
Recibir y destruir las materias primas y droga incautadaArtículo 41 ley 20.000 Si
Remitir en el más breve plazo al Ministerio Público un Protocolo de Análisis Químico de la droga incautada y guardar contramuestras por un plazo máximo de dos añosArtículo 43 y 44 ley 20.000 Si
Emitir informe de idoneidad sicológica para desempeñarse como asistente de educaciónArtículo 3 ley 19.464 Si
Conocer y observar la proposición de dotación realizada por la Entidad Administradora de Salud MunicipalArtículo 12 ley 19.378 Si
Informar al Ministerio de Salud las proposiciones de establecimientos de desempeño difícil realizado por la Entidad Administradora de Salud MunicipalArtículo 29 ley 19.378 Si
Entregar a las Entidades Administradoras de Salud Municipal, en representación del Ministerio de Salud, el aporte estatal o per cápitaArtículo 49 ley 19.378 Si
Retener el per cápita cuando la Entidad Administradora de Salud Municipal no se encuentre al día en el pago de cotizaciones provisionales y de salud de su personalArtículo 53 ley 19.378 Si
Conocer y observar el Proyecto del Programa Anual de Salud MunicipalArtículo 58 ley 19.378 Si
Establece que el Hospital de Angol y el Hospital de Victoria, a contar del 31 de Enero del año 2010, pasan a ser Establecimientos de Autogestión en RedLey Nº 19937, artículo décimo quinto transitorio Si
Los Servicios de Salud son organismos estatales funcionalmente descentralizados y están dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio para el cumplimiento de sus fines.Señala que a los Servicios de Salud les corresponde la articulación, gestión y desarrollo de la red asistencial correspondiente, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, acción y recuperación de la salud, como también la rehabilitación y cuidados paliativos de las personas enfermas. Los Servicios, en lo que se refiere a su funcionamiento, se someterán a la supervigilancia del Ministerio de Salud y deberán cumplir con las políticas, normas, planes y programas que éste apruebe.Decreto Nº 140 / 2005, artículo 1º y siguientesNo
Otorga la calidad de altos directivos públicos a los cargos que señala, contenidos en las plantas de personal de órganos y servicios públicos, entre los que se encuentra el Servicio de Salud Araucanía NorteDecreto con Fuerza de Ley Nº37 / 2004, Artículo Único Nº20No
Aprueba Garantías Explícitas en Salud a que se refiere la ley N° 19.966, obligando a FONASA a otorgar dichas prestaciones a través de la Red Asistencial de cada Servicio de SaludDecreto Nº 1/ 2010, artículo 1º y siguientesNo
Aprueba el Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y Establecimientos de Autogestión en Red, indicando que los que obtengan la última denominación, serán órganos funcionales desconcentrados del correspondiente ServicioDecreto Nº 38 / 2005, artículo 1º y siguientesNo
Aprueba el Reglamento que se aplicará a todo los hospitales, clínicas y demás establecimientos de salud en que se preste atención cerrada para ejecutar fundamentalmente acciones de recuperación y rehabilitación a personas enfermasDecreto Nº 161 / 1982, artículo 1º y siguientesNo
Incorpora al Servicio de Salud Araucanía Norte al Sistema de Alta Dirección Pública, conforme a lo establecido en la ley 19.882Decreto Nº 306 / 2004, artículo 1º y siguientesNo

Servicio de Salud Araucanía Norte, SSARAUCANIANORTE
RUT: 61.955.100-1
Pedro de Oña 387 - Fono: +56 45 551401
Web: http://www.araucanianorte.cl
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