Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Unidad u órgano interno | Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | Fecha última modificación |
|---|---|---|---|---|
| Dirección de Servicio | La Dirección del Servicio de Salud Magallanes, estará a cargo del Director seleccionado, designado y evaluado conforme al Sistema de Alta Dirección Pública, establecido en el Título VI de la ley Nº 19.882, cuyas funciones y facultades están definidas en el D.L. N°2.763/79 y en el Decreto Supremo N°140 del 2004 Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, quien será el jefe superior del Servicio para todos los efectos legales y administrativos y tendrá su representación judicial y extrajudicial. | Decreto Supremo 140/2004, (Capitulo II, Titulo I, Párrafo I, Art. 6º al 10º) | Si | Sin modificaciones |
| Al Director le corresponderá la organización, planificación, coordinación, evaluación y control de las acciones de salud que presten los establecimientos de la Red Asistencial del territorio de su competencia, para los efectos del cumplimiento de las políticas, normas, planes y programas del Ministerio de Salud. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | No | 29/02/2012 | |
| Deberá, asimismo, velar por la referencia, derivación y contra derivación de los usuarios del Sistema, tanto dentro como fuera de la mencionada Red conforme a las normas técnicas que dicte al efecto el Ministerio de Salud. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | No | 29/02/2012 | |
| Departamento de Auditoría | Creado por Resolución Exenta N° 80, de fecha 15.01.2007, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | Si | 29/02/2012 |
| La función de Auditoria tiene por objeto asesorar y colaborar con el Director de Servicio en la fiscalización, control y evaluación de las acciones que debe cumplir el Servicio, en materias de orden asistencial, técnico administrativo, financiero, patrimonial y de gestión, comprendidas en el campo de su competencia. | No | Sin modificaciones | ||
| Departamento Jurídico | Creado por Resolución Exenta N° 2212, de fecha 23.06.2010, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | Si | 29/02/2012 |
| Tiene por objeto asesorar al Director del Servicio, a los directivos del mismo y a los establecimientos integrantes de la Red, en la interpretación y aplicación de las normas legales y reglamentarias relativas al Servicio, emitiendo los informes que le sean requeridos sobre las materias de su competencia y cumplir las demás funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. | No | Sin modificaciones | ||
| Unidad Relaciones Públicas y Comunicaciones: | Creado por Resolución Exenta N° 2214, de fecha 23.06.2010, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | Si | 29/02/2012 |
| Estará encargado de diseñar, proponer y coordinar políticas comunicacionales corporativas y las relaciones públicas de la institución, con el fin de lograr una adecuada difusión de los programas y actividades del Servicio entre la comunidad interna y externa. En este marco, también le corresponderá diseñar y coordinar planes y actividades de comunicación y promoción en salud, generando redes y alianzas estratégicas con los medios de comunicación, y desempeñar otras actividades propias de su naturaleza, y/o que se le encomienden o deleguen, lo anterior de conformidad al art. 16 del Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud. | No | Sin modificaciones | ||
| Consejo Integrado de la Red Asistencial (CIRA) | Creado por Resolución Exenta Nº 2147/16.06.2009 y actualizada su conformación mediante Resolución exenta Nº 3657 de fecha 01.09.2011 y Resolcuión Nº 4461 del 17.10.2011, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | Si | 29/02/2012 |
| Le corresponderá asesorar al Director y proponer todas las medidas que considere necesarias para optimizar la adecuada y eficiente coordinación y desarrollo entre la Dirección, sus establecimientos dependientes en todos los niveles de atención, los Establecimientos de Autogestión en Red y establecimientos municipales de atención primaria de salud. Asimismo, le corresponderá analizar y proponer soluciones en las áreas en que se presenten dificultades en la debida integración de los referidos niveles de atención de los usuarios. | No | Sin modificaciones | ||
| Departamento de la tecnología de Información y Comunicación - TIC | Tendrá como objetivo principal Asesorar, Planificar y Gestionar la implementación de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Asesorar al Director del Servicio, en materias de informática, tecnologías e información de lo que se refiere el Servicio de Salud Magallanes y su red asistencial. Así como también se hará cargo de dirigir el equipo de contraparte técnica del Proyecto SIDRA que depende del Departamento de Subdirección de Gestión Asistencial del Servicio. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | Si | 29/02/2012 |
| Unidad de Calidad y Seguimiento del Paciente | Creado por Resolución Exenta N° 2213, de fecha 23.06.2010, que mantiene plenamente su vigencia, de carácter asesor y consultivo, presidido por el Director de Servicio. Las funcionaes a desarrollar la Unidad de Calidad Asistencial y Seguridad del Paciente serán: | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | Si | 29/02/2012 |
| Asegurar que los establecimientos del Servicio cumplan las disposiciones establecidas para la Autorización Sanitaria. | No | Sin modificaciones | ||
| Asegurar que los requisitos de las Normas Técnicas Básicasse incorporen a los proyectos. | No | Sin modificaciones | ||
| Velar poruqe istalaciones nuevas inicien sus actvidades con Autorización Sanitaria. | No | Sin modificaciones | ||
| Coordinar con la Subsecretaria Regional Ministerial de Salud la solución de situaciones especiales. | No | Sin modificaciones | ||
| Elaboración de la(s) política(s) local(es) de calidad de acuerdo a liniamiento central. | No | Sin modificaciones | ||
| Liderar y coordinar la autoevaluación de la Red. | No | Sin modificaciones | ||
| Capacitación, relacionada con estándadres de acreditación | No | Sin modificaciones | ||
| Difusión de información relevante | No | Sin modificaciones | ||
| Aplicación de autoevaluación | No | Sin modificaciones | ||
| Determinación e implementación de planes de acción. | No | Sin modificaciones | ||
| Evaluación del impacto de las intervenciones. | No | Sin modificaciones | ||
| Consolidación de información relacionada con estado para acreditar. | No | Sin modificaciones | ||
| Ingresar al sistema de acreditación. | No | Sin modificaciones | ||
| Secretaría y Oficina de Partes | Tiene por objeto la recepción, distribución, archivo y despacho de la correspondencia oficial y reservada de la Dirección, y otras propias de su naturaleza, y/o que se le encomienden o deleguen. | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones |
| Subdirección Médica | Le corresponde asesorar al Director del Servicio y a los Jefes Departamento de Subdirección dependientes del Director, en el ámbito de la planificación y análisis en las áreas de gestión clínica ; de la Epidemiologia ; de la información de salud ; articulación y desarrollo de la red y Control de Gestión. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | Si | 29/02/2012 |
| SUBDIRECCION DE RECURSOS HUMANOS | Según las Definidas en el Decreto 140 de 2004. Esta subdirección estará a cargo de un Sub Director(a) quien dependerá del Director de Servicio y cuya función principal, será el desarrollar el desarrollo de una gestión que integre la dimensión estratégica de la reforma y la aplicación de conocimientos, técnicas e instrumentos en los campos de la planificación y gestión del personal, velando por la adecuada determinación y mantenimiento de la dotación requerida, en la gestión del desempeño y en la administración del ciclo de vida laboral. Esta Subdirección estará a cargo de un Subdirector (a) quien dependerá del Director de Servicio y cuya función principal, será impulsar el desarrollo de una gestión que integre la dimensión estratégica de la reforma y la aplicación de conocimientos, técnicas e instrumentos en los campos de la planificación y gestión del personal, velando por la adecuada determinación y mantenimiento de la dotación requerida, en la gestión del desempeño y en la administración del ciclo de vida laboral. Objetivos: - Proponer políticas para el Servicio de provisión de recursos humanos, a través de sistemas de reclutamiento, selección, inducción y orientación funcionaria, de acuerdo a las normas legales vigentes sobre la materia ; - Proponer políticas para el Servicio sobre organización y movimiento interno, considerando requisitos básicos, necesidades propias y oferta del extrasistema, proponiendo alternativas en el diseño de cargos para los establecimientos públicos de la Red ; - Definir criterios comunes para la evaluación de desempeño de los recursos humanos de la Red ; - Supervisar el cumplimiento de la normativa vigente, respecto de remuneraciones, beneficios económicos, sociales y prevención de riesgos ; - Proponer políticas y estrategias internas que permitan optimizar las posibilidades de desarrollo y formación del recurso humano, en el marco de los convenios docentes asistenciales ; - Colaborar en el diseño y operación de sistemas de información para la gestión de recursos humanos de la Red ; - Promover y desarrollar una gestión basada en la participación, motivación y compromiso institucional, manteniendo instancias de participación permanente ; - Desempeñar las demás funciones que le encomiende la reglamentación vigente en materias de su competencia. | Resolucion Exenta 951/ 29.02.2012 | Si | 29/02/2012 |
| SECCION SUELDOSS | Esta sección deberá vigilar permanentemente la aplicación de normas y dictámenes que afectan las remuneraciones del sector, revisando mensualmente que el proceso de pago sea el adecuado, apoyando y dando respuestas a las consultas a los usuarios que lo requieran. Coordinar la gestión del soporte técnico computacional, que permita realizar los procesos de pago adecuadamente. Funciones principales: - Administrar el sistema de remuneraciones de los funcionarios del sector. - Manejar el sistema integrado de RRHH - Aplicar efectiva y eficientemente las disposiciones que dicen relación con remuneraciones en la nueva Ley de Autoridad Sanitaria. Ley Médica (19.664, 15.076.) y código del trabajo - Recopilar, estudiar y analizar las disposiciones legales que hacen referencia al pago de los procesos remuneratorios insertos en la legislación sectorial. - Asesorar a los funcionarios (as) y jefaturas en el área de su competencia de la correcta aplicación de los beneficios que las leyes establecen. - Coordinar la gestión del soporte técnico computacional, que permita realizar los procesos de pago adecuadamente. - Realizar análisis de la evolución y comportamiento del gasto en personal, desagregado por cuentas, elaborando informes que dicen relación con el comportamiento del subtítulo 21 que apoyen la toma de decisiones estratégicas, - Elaborar informes que den cuenta del gasto, de algunas partidas específicas (contratos a honorarios, Hrs. Extras, etc.). - Elaborar informes financieros acerca de la ejecución presupuestaria en relación a lo autorizado por la Ley de Presupuesto. | No | Sin modificaciones | |
| SECCION ADMINISTRACION DE PROCESOS | Cumplir con los objetivos y actos administrativos que emanen de leyes que rigen el subsistema de mantención e información de los funcionarios. Facilitar la realización de las tareas en los distintos procesos permitiendo el registro de información y su procesamiento, proporcionando consultas e informes oportunos y confiables para la operación, gestión y el desarrollo de recursos humanos. Potenciar la gestión de recursos humanos en el acceso y validación de la información. Consolidar la implementación del SIRH en el registro de datos, para entregar información para la gestión oportuna y confiable. Mantención del Sistema de Información de RR.HH. (SIRH) Administrar todos los procesos de gestión y actos administrativos de la Subdirección de Recursos Humanos Informes trimestrales de dotación y presupuesto. | No | Sin modificaciones | |
| DEPARTAMENTO GESTION ORGANIZACIONAL | I- DEPARTAMENTO GESTIÓN ORGANIZACIONAL. Este Departamento deberá apoyar a la Subdirección de Recursos Humanos en el desarrollo de nuevas Leyes y Reglamentos, administración del ciclo de vida laboral, implementación de una Política de Salud Ocupacional, la prevención de efectos nocivos en la salud de los funcionarias/os y la atención y rehabilitación de su salud. Serán de su competencia las siguientes áreas: - Unidad Desarrollo y Ciclo de Vida Laboral - Unidad de Salud Ocupacional Además tendrá como objetivos: - Apoyar a la Subdirección de Recursos Humanos y ser contraparte técnica en el desarrollo e implementación de nuevas Leyes y Reglamentos, - Diseñar estrategias de desarrollo del personal en los campos de la planificación y gestión, del desempeño y la a.dministración del ciclo de vida laboral de acuerdo a los ámbitos reglamentarios. - Liderar y gestionar la ejecución de los planes, programas y procedimientos relativos al ciclo de vida laboral del personal de manera consistente con las directrices estratégicas ministeriales. - Desarrollar e implementar Políticas de Salud Ocupacional, Programas de Mejoramientos del Entorno Laboral. | No | Sin modificaciones | |
| I, 1- Unidad Desarrollo y Ciclo de Vida Laboral Apoyar la gestión mediante la administración del proceso de especialización y perfeccionamiento ejecutando eficiente y eficazmente las políticas, planes y programas del área, requeridos por la institución, en el marco de las estrategias de gestión y desarrollo de recursos humanos. Apoyar el cumplimiento de los marcos laborales, Instalando una cultura de la formación que facilite el desarrollo del personal de salud en los ámbitos del perfeccionamiento y especialización. | No | Sin modificaciones | ||
| I.2 - Unidad de Salud Ocupacional Planificar, organizar, administrar, supervisar y ejecutar acciones permanentes para prevenir riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, de acuerdo a las políticas de recursos humanos. Lograr ambientes de trabajo saludables para los funcionarios elaborando estrategias e implementando programas tendientes a prevenir los riesgos asociados al desempeño de sus funciones, contribuyendo así a mejorar la calidad de vida laboral | No | Sin modificaciones | ||
| DEPARTAMENTO DESARROLLO DE LAS PERSONAS | II. DEPARTAMENTO DESARROLLO DE LAS PERSONAS, tiene como principales objetivos: Este Departamento deberá Asesorar a la Subdirección de Recursos Humanos en estrategias de perfeccionamiento y especialización, Velar por la correcta implementación del Programa de Especialización y Destinación de los profesionales funcionarios, resguardar la salud del personal, articulando e integrando las diversas acciones de promoción, prevención, diagnóstico y tratamiento. Serán de su competencia las siguientes áreas: - Unidad de Especialización y Perfeccionamiento - Unidad Salud del Personal Principal objetivo: Asesorar al departamento de Recursos Humanos del Servicio Salud Magallanes en el diseño de políticas y estrategias de desarrollo del personal de salud en el ámbito de su formación, perfeccionamiento y especialización, que permita disponer de recursos humanos en cantidad y calidad suficiente para el fortalecimiento de la red asistencial publica para satisfacer las necesidades de salud de la población, en forma oportuna y con calidad | No | Sin modificaciones | |
| II.1 - Unidad de Especialización y Perfeccionamiento Apoyar la gestión mediante la administración del proceso de especialización y perfeccionamiento ejecutando eficiente y eficazmente las políticas, planes y programas del área, requeridos por la institución, en el marco de las estrategias de gestión y desarrollo de recursos humanos. Apoyar el cumplimiento de los marcos laborales, Instalando una cultura de la formación que facilite el desarrollo del personal de salud en los ámbitos del perfeccionamiento y especialización. | No | Sin modificaciones | ||
| II.2 - Unidad Salud del Personal Implementar y velar por el cumplimiento de las políticas de Recursos Humanos que dicen relación con la prevención, mantención y mejoramiento cuando procede, de la salud y el bienestar de los funcionarios que propendan a mejorar su calidad de vida. Articular e integrar las diversas acciones de promoción, prevención, diagnóstico y tratamiento que realizan los distintos actores (Salud del Personal, Comité de IIHH, Comités Paritarios, y otros) sobre los funcionarios. | No | Sin modificaciones | ||
| DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN | III. DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN, tiene como principales objetivos: Este Subdepartamento deberá asesorar a la Subdirección de Recursos Humanos en el diseño de políticas, planes y programas en los ámbitos de formación y capacitación del personal de la Red, promoviendo el carácter multidisciplinario e interestamental: - Capacitación y Formación - Información y Registro Principales funciones: - Implementar Programa de Mejoramiento de la Gestión de la Capacitación en los ámbitos de la planificación (Programas Anuales de Capacitación), participación (Comités de Capacitación) y presupuestaria. - Implementar Programa Educación Permanente en Salud: propuesta educativa continua y participativa destinada a reflexionar críticamente sobre las prácticas cotidianas, con el fin de intervenir sobre los procesos de trabajo, direccionándolos a mejorar la calidad de salud, de modo de reconocer y responder a las necesidades de los usuarios. - Implementar Programa de Formación Flexible a Distancia: es una modalidad de formación cuyo énfasis es la forma de organizar el aprendizaje de las personas. - Apoyo al cumplimiento de metas, compromisos de gestión y otros programas de mejoramiento de la gestión como el de género, gestión territorial integrada, salud ocupacional y prevención de riesgos, etc. - Velar por el cumplimiento de la capacitación como factor de la carrera funcionaria según los marcos legales y reglamentarios vigentes. - Orientar el desarrollo e implementación de un sistema de información y registro de la capacitación, como parte integrante del Sistema de Información de RRHH | No | Sin modificaciones | |
| III.1 - Capacitación y Formación. Apoyar la gestión del departamento mediante la administración del proceso de capacitación, ejecutando eficiente y eficazmente las políticas, planes y programas del área. Colaborar y participar en la planificación de la capacitación, garantizando la ejecución y asegurando la participación de los funcionarios de los establecimientos y de la red asistencial. Apoyar en la el logro de las metas sanitarias, compromisos de gestión y programa de mejoramiento de las gestión (PMG) en el área de capacitación. | No | Sin modificaciones | ||
| III.2 - Información y Registro Generar información pertinente, confiable y oportuna, actualizada e integrada de la capacitación, desarrollando y aplicando procedimientos de supervisión, asesoria y control del cumplimiento de las normas y leyes que regulan la carrera funcionaria, que permita acceder a la información en forma ágil y en tiempo real, optimizando los tiempos de procesamiento de la información, conformando así una herramienta que permita disponer de datos suficientes para la toma de decisiones en el área. | No | Sin modificaciones | ||
| SERVICIO DE BIENESTAR | IV. Servicio de Bienestar, tiene como principales objetivos: Este Servicio deberá promover instancias de participación basadas en el Código de Buenas Prácticas Laborales y no Discriminación, considerando una perspectiva de género que incentive el sentido de pertenencia a la Institución y al Bienestar, tanto del afiliado como de sus causantes de asignación familiar, promover un trato digno y amable hacia los usuarios, permitiendo a la vez concurrir al bienestar de todos los funcionarios de la salud pública, Integrar tanto los elementos objetivos (ambiente físico, material, económico), como los elementos subjetivos de las personas (relaciones sociales, expectativas, percepciones) Serán de su competencia las siguientes áreas: - Área Contable. - Buenas Prácticas Laborales. Entre las actividades se encuentra el Programa Mejoramiento del Entorno Laboral (PMEL) | No | Sin modificaciones | |
| IV. 1- Área contable. Desarrollar el proceso contable que involucra el registro, análisis y emisión de estados financieros de bienestar. Administrar, evaluar y asesorar el control de los recursos a través de los sistemas de información de control y gestión Resguardar y asegurar contablemente el patrimonio de los afiliados al Servicio de Bienestar. | No | Sin modificaciones | ||
| IV. 2 - Buenas Prácticas Laborales. Entre las actividades se encuentra el Programa Mejoramiento del Entorno Laboral (PMEL). Reafirmar la voluntad del Estado, en su rol de empleador, de impulsar políticas y medidas contra la discriminación y que tiendan a promover la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo en el sector público. | No | Sin modificaciones | ||
| Subdireccion de Gestion Asistencial | Según las Definidas en el Decreto 140 de 2004. Esta subdirección estará a cargo de un Sub Director(a) quien dependerá del Director de Servicio y cuya función principal, será organizar, planificar, coordinar, evaluar y controlar las acciones de salud que presten los establecimientos de la red asistencial de la Región de Magallanes. | Decreto Supremo 140/2004 (Capitulo II, Titulo II, Párrafo I, Art. 21) | Si | Sin modificaciones |
| Organizacionalmente, el Departamento Subdirección de Gestión Asistencial para el desarrollo de sus funciones, estará compuesto por las siguientes Departamentos, Unidades o Equipos de Trabajo y Asesores, los cuales dependerán administrativamente de dicho Departamento Subdirección: | No | Sin modificaciones | ||
| I.- ASESORÍA DE FARMACIA tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Proponer, coordinar y supervisar las acciones relativas al uso de los medicamentos en los establecimientos que conforman la Red Asistencial del Sistema Público de la Región de Magallanes. | No | Sin modificaciones | ||
| Sus principales funciones se desempeñan en el área de: | No | Sin modificaciones | ||
| Ley 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, dando cumplimiento con los dispuesto en los artículos 41,42 y 43 de la . | No | Sin modificaciones | ||
| Comité de Farmacia | No | Sin modificaciones | ||
| Programación y Compra Centralizada de Medicamentos para la atención de Patologías GES y Programas de Salud Ministeriales, (despacho, recepción, suministro, almacenamiento, supervisión inventarios y existencias, y pago facturas). | No | Sin modificaciones | ||
| Suministro de medicamentos a establecimientos dependientes del Servicio de Salud Magallanes (CECOF Williams SAMU Unidad Salud Mental) | No | Sin modificaciones | ||
| II.- ASESORÍA SECCIÓN ÁREA CONTABLE tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Velar por el buen uso y optimización de los recursos financieros y bienes materiales, de la Subdirección de Gestión Asistencial . | No | Sin modificaciones | ||
| Sus principales funciones son: | No | Sin modificaciones | ||
| Elaborar, gestionar y coordinar la celebración de convenios con prestadores públicos y privados. | No | Sin modificaciones | ||
| Rendiciones de Cuentas de la APS. | No | Sin modificaciones | ||
| Gestionar, controlar el pago y reembolsos de facturas GES, DFL 36, SAMU y otras convenidas. | No | Sin modificaciones | ||
| Llevar un control financiero de los diferentes traspasos mensuales de APS. (Per Cápita, PRAPS y otros.) | No | Sin modificaciones | ||
| Coordinar y ejecutar los procesos de pago de Asignaciones a Funcionarios Municipales. | No | Sin modificaciones | ||
| Gestionar y controlar el inventario de la Subdirección de Gestión Asistencial. | No | Sin modificaciones | ||
| III.- UNIDAD DE SALUD MENTAL tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Asesorar y apoyar al Jefe de Servicio y al Jefe del Departamento de la Subdirección Gestión Asistencial del SSM en todo lo concerniente a la gestión y desarrollo de la Red de Salud Mental de la XII región, y su articulación con el intersector a objeto de garantizar el cumplimiento de las políticas, planes y programas del nivel central, tendiendo a mantener y mejorar la capacidad resolutiva en la región. | No | Sin modificaciones | ||
| IV.- EQUIPO PROYECTO SISTEMA DE INFORMACION DE LA RED ASISTENCIAL (SIDRA) tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Asesorar y apoyar en la gestión, seguimiento y control de la ejecución del proyecto, favoreciendo la instalación de los nuevos sistemas o componentes de informatización de la Red Asdistencial y garantizando que los resultados sean concordantes con los definidos inicialmente. | No | Sin modificaciones | ||
| V.- ESTABLECIMIENTO LARGA ESTADÍA ADULTO MAYOR tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Procurar el adecuado funcionamiento clínico y técnico del Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores, Bajo la supervisión y control de la Dirección del Servicio Salud Magallanes y la Subdirección de Gestión Asistencial, en el marco establecido en el convenio establecido con el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA). | No | Sin modificaciones | ||
| VI.- CENTRO COMUNITARIO FAMILIAR DE SALUD PTO. WILLIAMS tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Ejecutar con los recursos asignados, las acciones integradas de salud en el ámbito de su competencia, de conformidad con las políticas, normas, planes y programas a que ellas deban sujetarse y bajo la supervisión y control de la Dirección del Servicio Salud Magallanes y la Subdirección de Gestión Asistencial. | No | Sin modificaciones | ||
| VII.- DEPARTAMENTO ARTICULACION DE LA RED tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Asesorar y apoyar al Jefe Departamento Gestión Asistencial en lo referente a la articulación, desarrollo e integración funcional de la red asistencial, en los diferentes puntos de la red, con el objeto de mejorar la capacidad resolutiva. Y de la calidad de atención. | No | Sin modificaciones | ||
| Para lo anterior, deberá cumplir las funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. | No | Sin modificaciones | ||
| Sus principales funciones son: | No | Sin modificaciones | ||
| Articulación del funcionamiento eficiente y oportuno de las redes asistenciales para entregar las atenciones requeridas a cada uno de los beneficiarios de acuerdo a lo garantizado en la Ley GES Nº 19966 y en el decreto vigente. | No | Sin modificaciones | ||
| Apoyo técnico y administrativo del SAMU de acuerdo a requerimientos y gestionar implementación y desarrollo del Sistema de Atención Primaria de Urgencia, procurando un buen funcionamiento y articulación d ela Red de Urgencia en la Red Asistencial de Salud en la Región. | No | Sin modificaciones | ||
| Mantener un sistema de participación social en el ámbito de la red de Salud participando activamente en los Consejos de Desarrollo y velar por el cumplimiento de los plazos establecidos por ley en relación a solicitudes ciudadanas. | No | Sin modificaciones | ||
| Su estructura interna esta definida por las secciones que se detallan a continuación: | No | Sin modificaciones | ||
| VII.1.- UNIDAD GES. | No | Sin modificaciones | ||
| Tendrá como objetivo: Asesorar, gestionar, administrar y apoyar al Jefe Departamento Gestión Asistencial en lo referente a las Garantías Explicitas en Salud, amparadas en la Ley 19.966 permitiendo la accesibilidad y la resolutividad de las prestaciones establecidas según decreto. | No | Sin modificaciones | ||
| VII.2.- UNIDAD RED DE URGENCIA. | No | Sin modificaciones | ||
| Tendrá como objetivo: Asesorar , apoyar y articular el desarrollo e integración funcional de la red de urgencia, en los diferentes puntos, con el objeto de mejorar la capacidad resolutiva y de la calidad de atención. | No | Sin modificaciones | ||
| VII.3.- UNIDAD DE PARTICIPACIÓN SOCIAL. | No | Sin modificaciones | ||
| Tendrá como objetivo: Asesorar , apoyar y articular el desarrollo e integración funcional de la red de urgencia, en los diferentes puntos, con el objeto de mejorar la capacidad resolutiva y de la calidad de atención. | No | Sin modificaciones | ||
| VIII.- DEPARTAMENTO ARTICULACION DE LA RED tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Asesorar y apoyar al Subdirector (a) de Gestión Asistencial del Servicio Salud Magallanes en la implementación, programación, monitoreo, control y evaluación de los planes, programas y acciones que realiza la red respecto a prioridades sanitarias de la APS. | No | Sin modificaciones | ||
| Para lo anterior, deberá cumplir las funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. | No | Sin modificaciones | ||
| Sus principales funciones son: | No | Sin modificaciones | ||
| Difundir normas asesorar y colaborar en la ejecución de los distintos programas de salud en los establecimiento de la Red de APS, gestionar el Índice de Actividad en lo referente a negociación, recolección, consolidación, análisis y envío de la información requeridos a nivel central | No | Sin modificaciones | ||
| Desarrollar, participar y elaborar junto a organizaciones étnicas y equipos de la Autoridad Sanitaria el Programa Anual de Salud pueblos indígenas en la región de acuerdos a necesidades locales y recursos disponibles. | No | Sin modificaciones | ||
| Gestionar y coordinar acciones necesarias para el desarrollo de la Ley19.992 a nivel regional | No | Sin modificaciones | ||
| Asesorar a los establecimientos de Atención Primaria de salud en la implementación del modelo Salud Familiar- Comunitario y Centros Comunitarios. Colaborando en el funcionamiento del CECOF de Williams en temas del modelo, recurso humano, arsenal farmacológico, estructurales (equipamiento, insumos y materiales). | No | Sin modificaciones | ||
| Contribuir al fortalecimiento de los procesos de atención en la difusión de normas, guías y protocolos que emanan del nivel central a la Red Asistencial de la Región | No | Sin modificaciones | ||
| Su estructura interna esta definida por las secciones que se detallan a continuación: | No | Sin modificaciones | ||
| VIII.1.- UNIDAD DE PROGRAMAS DE SALUD. | No | Sin modificaciones | ||
| Tendrá como objetivo: Asesorar y apoyar Jefe del Departamento de Prioridades Sanitarias del Servicio Salud Magallanes en la implementación, programación, monitoreo, control y evaluación de los planes, programas y acciones que realiza la red respecto a programas en la APS, y que en ausencia de este, será su primer subrogante. | No | Sin modificaciones | ||
| VIII.2.- UNIDAD DE SALUD FAMILIAR Y RURAL. | No | Sin modificaciones | ||
| Tendrá como objetivo: Asesorar y apoyar al Jefe del Departamento de Prioridades Sanitarias del Servicio Salud Magallanes, en el monitoreo, control y evaluación de la implementación del Modelo de Salud Familiar y Modelo Gestión del Hospital Comunitario así como en el desarrollo de los programas en PSR. En ausencia de este, será su segundo subrogante. | No | Sin modificaciones | ||
| IX.- DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN tendrá como objetivos principales los siguientes: | Decreto Supremo 140/2004 | Si | Sin modificaciones | |
| Asesorar y apoyar al Jefe del Departamento Subdirección de Gestión Asistencial en lo referente a la los temas de Estadística, SIGGES, Epidemiología y Tecnología e Información en salud, disponiendo de información oportuna y de calidad para la toma de decisiones de la jefatura. | No | Sin modificaciones | ||
| Para lo anterior, deberá cumplir las funciones que señala el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud y aquellas propias de su naturaleza y/o que se le encomienden o deleguen. | No | Sin modificaciones | ||
Servicio de Salud Magallanes,
SSMagallanes
RUT: 61.607.900-K
Lautaro Navarro Nº1228 - Fono: +56 61 291100
Web: http://ssmagallanes.redsalud.gov.cl
Contacto
RUT: 61.607.900-K
Lautaro Navarro Nº1228 - Fono: +56 61 291100
Web: http://ssmagallanes.redsalud.gov.cl
Contacto