Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente |
|---|---|---|
| El SERVIU será en su jurisdicción, el organismo ejecutor de las políticas, planes y programas que disponga desarrollar el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y, como tal, no tendrá facultades de planificación. | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 2º | ver enlace |
| El SERVIU estará encargado de adquirir terrenos | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 3º | ver enlace |
| El SERVIU estará encargado de, efectuar subdivisiones prediales | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 3º | ver enlace |
| El SERVIU estará encargado de formar loteos | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 3º | ver enlace |
| El SERVIU estará encargado de proyectar y ejecutar urbanizaciones | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 3º | ver enlace |
| El SERVIU estará encargado de proyectar y llevar a cabo remodelaciones | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 3º | ver enlace |
| construir viviendas individuales, poblaciones, conjuntos habitacionales y barrios, obras de equipamiento comunitario, formación de áreas verdes y parques industriales, vías y obras de infraestructura | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 3º | ver enlace |
| cumplir toda otra función de preparación o ejecución que permita materializar las políticas de vivienda y urbanismo y los planes y programas aprobados por el Ministerio | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 3º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá expropiar | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá comprar | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá permutar | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá vender | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá dar en comodato o arrendamiento toda clase de inmuebles fijando precios o rentas, licitar, dar y recibir en pago, aceptar cesiones, erogaciones, donaciones, herencias y legados | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| en general, adquirir a cualquier título o enajenar a título oneroso bienes muebles o inmuebles. | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá Conceder préstamos y contratarlos, en este último caso previa aprobación del Ministerio de Vivienda y Urbanismo | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá abrir cuentas corrientes bancarias | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá contratar sobregiros girar, aceptar, endosar y avalar letras de cambio y suscribir documentos comerciales y de crédito sometiéndose en lo que fuere pertinente al decreto ley 1.263, de 1975, que contiene la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá garantizar sus obligaciones con hipoteca, prenda, boleta bancaria o póliza, exigiendo cauciones similares para resguardar sus derechos y, sin que la enunciación anterior sea taxativa | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
| Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo con las leyes, reglamentos e instrucciones vigentes a la fecha de realización de dichos actos. | D.S. Nº 355 de 1976, que APRUEBA EL REGLAMENTO ORGANICO DE LOS SERVICIOS DE VIVIENDA Y URBANIZACION, en su Articulo 4º | ver enlace |
Servicio de Vivienda y Urbanización, SERVIU Región de
Coquimbo
RUT: 61.816.000-9
Almagro Nº 372, La Serena - Fono: +56 51 215313
Web: www.serviu4.gob.cl - Email: contáctenos
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