Fuente desde donde fueron obtenidos los datos

Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareasFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondiente
El SERVIU será en su jurisdicción, el organismo ejecutor de las políticas, planes y programas que disponga desarrollar el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y, como tal, no tendrá facultades de planificación.Artículo 2°, Párrafo 1°, Titulo I, Decreto Supremo N° 355 de Vivienda y Urbanismover enlace
El SERVIU estará encargado de adquirir terrenos, efectuar subdivisiones prediales, formar loteos, proyectar y ejecutar urbanizaciones, proyectar y llevar a cabo remodelaciones, construir viviendas individuales, poblaciones, conjuntos habitacionales y barrios, obras de equipamiento comunitario, formación de áreas verdes y parques industriales, vías y obras de infraesctructura y, en general, cumplir toda otra función de preparación o ejecución que permita materializar las políticas de vivienda y urbanismo y los planes y programas aprobados por el Ministerio.Artículo 3°, Párrafo 1°, Titulo I, Decreto Supremo N° 355 de Vivienda y Urbanismover enlace
Para el cumplimiento de sus funciones, el SERVIU podrá expropiar, comprar, permutar, vender, dar en comodato o arrendamiento toda clase de inmuebles, fijando precios o rentas, licitar, dar y recibir en pago, aceptar cesiones, erogaciones, donaciones, herencias y legados y, en general, adquirir a cualquier título o enajenar a título oneroso bienes muebles o inmuebles, conceder préstamos y contratarlos, en este último caso previa aprobación del Ministerio de Vivienda y Urbanismo abrir cuentas corrientes bancarias, contratar sobregiros, girar, aceptar, endosar y avalar letras de cambio y suscribir documentos comerciales y de crédito, sometiéndose en lo que fuere pertinente al decreto ley 1.263, de 1975, que contiene la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, garantizar sus obligaciones con hipoteca, prenda, boleta bancaria o póliza, exigiendo cauciones similares para resguardar sus derechos y, sin que la enunciación anterior sea taxativa, celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines, de acuerdo con las leyes, reglamentos e instrucciones vigentes a la fecha de realización de dichos actos.Artículo 4°, Párrafo 1°, Titulo I, Decreto Supremo N° 355 de Vivienda y Urbanismover enlace

Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Maule, SERVIU MAULE
RUT: 61.819.000-5
Dirección: 7 Oriente N° 931 (2 y 3 Sur), Talca, Chile
Teléfonos: (071) 225985 / (071) 204901
Web: www.serviumaule.gob.cl | Contacto

Descargar plug-ins y programas de visualiz