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Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareasFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondiente
Organismo ejecutor de las políticas, planes y programas que disponga desarrollar el Minsiterio de Vivienda y UrbanismoDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
Adquirir terrenos, efectuar subdivisiones prediales, formar loteos, proyectar y ejecutar urbanizaciones, proyectar y llevar a cabo remodelaciones, construirDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
viviendas individuales, poblaciones, conjuntos habitacionales y barrios, obra de equipamiento comunitario, formación de areas verdes y parques industriales, vías yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
obras de infraestructura y toda otra función de preparación o ejecución que permita materializar las políticas de viviendas y urbanismo, y los planes y programasDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
aprobados por el Ministerio.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
Podrá expropiar, comprar, permutar, vender, dar en comodato o arrendamiento toda clases de inmuebles, fijando precio o rentas, licitar, dar y recibir en pago,Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
aceptar cesiones, erogaciones, donaciones, herencia y legados, y, en general, adquirir a cualquier titulo o enajenar a título oneroso, bienes muebles o inmuebles.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
Conceder préstamos y contratarlos, este último caso previa aprobación del Minvu abrir cuentas corrientes bancarias, contratar sobregiros, girar, aceptar, endosar yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
y avalar letras de cambio, y suscribir documentos comerciales y de créditos, sometiéndose en lo que fuere pertinente al Decreto Ley 1262/1975, que contiene laDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
Ley Organica de Administración Financiera del Estado, garantizar sus obligaciones con hipoteca, prenda, boleta bancaria o póliza, exigiendo causiones similaresDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
para resguardar su derecho y, sin que la enunciación sea taxativa, celebrar todos los actos y contratos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines deDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
acuerdo con las leyes, reglamentos, e instrucciones vigentes a la fecha de realización de dichos actos.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
En su carácter de sucesor legal de las ex corporaciones, sólo podrá efectuar cesiones gratuitas en los casos que las leyes expresamente lo autoricenDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
La superior conducción y administración corresponderá a su director. En él estarán radicadas la suma de facultades resolutivas y ejecutivas inherentes al cumplimiento de las funciones asignadas al Serviu Región de los LagosDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
de las funciones asignadas al Serviu Región de los Lagos. Es un cargo de confianza exclusiva del Presidente de la República, se relaciona con el Intendente y conDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
el Ministerio de Vivienda y Urbanismo a través de la Secretaría respectiva. Será el represnetante legal, judicial y extrajudicial del servicio. Y le coresponde. Cumplir yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que atañen al servicio dictar los reglamentos internos necesarios a la buena marcha del servicio, los queDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
n podrán contravenir las normas generales impartidas por el Ministerio ejercer las facultades que el delguen el Ministro, el Subsecretario o el secretario MinisterialDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
respectivo presentar al Ministerio, a través de la Secretaria Ministerial respectiva, el anteproyecto de presupuesto corriente y de capital del servicio y lasDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
modificaciones del mismo contratar, previa autorización del Ministerio y conforme a lo dispuesto en la ley de Administración Financiera del estado, créditos enDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
moneda nacional o extranjera, con personas o entidades nacionales, extranjeras o internacionales, con o sin garantía, destinados a los fines del servicio disponerDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
la contrataciona honorarios para efectuar estudios, proyectos, trabajos específicos o investigaciones cuya ejecución requiera specialización técnica o profesional, paraDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
el cumplimiento de las políticas definidas por el Ministerio proponer al Ministro, a través de la Secretaría Ministerial respectiva, la creación o supresión de delegacionesDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
provinciales y oficinas locales dentro d ela jurisdicción que corresponda al servicio cumplir y hacer cumplir, bajo responsabilidad personal, las instrucciones que leDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
impartan el Ministro, el Subsecretario o el Secretario Ministerial Integrar la Comisión de asesoría y coordinación que convoque el seremi para el estudio y análisis enDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
común de la actividad del sector y presidir dicha comisión en ausencia del seremi ; velar por el cumplimiento en el servicio de las normas sobre subrogación designarDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
por resolución, al funcinario de su dependencia que ejercerá funciones de ministro de fe ; delegar la representación del servicio y sus facultades delegarDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
facultades administrativas ; proveer cargos en la calidad jurídica de contrata y disponer la prórroga de éstos contratos aceptar renuncias a cargos de contrata y ponerDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
término a estos contratos cuando en ellos se hubiere incorporado una clausula en que se establezca que el vínculo perdurará sólo en tanto sean necesarios susDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
servicios u otra de similar tenor. Designar suplentes siempre que se tratede casos de licencias médicas no pudiendo hacerlo si el nombramiento de suplente se refiereDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
a un cargo directivo ; evacuar los informes que el Minvu requiera con el fin de disponer ascensos, destinaciones o permutas ordenar cometidos funcionarios yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
comisiones de servicio ; cursar planillas, otorgar anticipos y liquidar los viáticos que originen los cometidos y comisiones ; reconocer cargas familiares dar curso aDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
licencias médicas y otorgar los permisos con goce de remuneraciones que autorice la ley ; otorgar permisos con o sin goce de remuneraciones otorgar, anticipar yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
postergar feriados legales ordenar la instrucción de las investigaciones sumarias o sumarios cuando corresponda y sobreseer o sancionar en ellos con las medidasDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
administrativas del caso, con excepción dela destitución calificar al personal y en general, realizar todas las actuaciones que sean necesarias en materia deDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
personal, con las limitaciones que señale la ley.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
El consejo asesor será presidido y convocado por el Director y lo integrarán, por derecho propio, los jefes de las unidades, pudiendo el director citar o invitar a lasDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
personas que estime conveniente.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
La Unidad Técnica de Construcciones y Urbanización es la encargada de efectuar los estudios para la adquisición de terrenos, de su urbanización o remodelación y deDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
proyectar y construir, efectuando para ello los estudios catastrales, de arquitectura, de ingenieria y de costos inherentes a las obras, fiscalizando su ejecución. SeránDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
funciones y atribuciones de ésta unidad: Efectuar los esrtudios para la adquisición de los terrenos necesarios para los programas que deba ejecutar el servicioDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
proyectar y construir, por cuenta propia o de terceros, "viviendas económicas", campesinas, villorrios agrícolas, áreas verdes y parques industriales, locales comerciaDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
les, equipamiento comunitario y edificios escolares o detsinados a servicios públicos ejecutar en las poblaciones que construya o en las ya construidas por susDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
antecesores legales las obras de urbanización o equipamiento exigidas por las leyes y los reglamentos vigentes, en lo que sea pertinente ; Estudiar, proyectar, reparar y construir edificios públicos con fondos fiscales, destinados a servir a poblaciones, barrios o vecindarios estudiar, proyectar, reparar, construir y conservar edificios fiscales, semifiscales y de administraciónDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
construir edificios públicos con fondos fiscales, destinados a servir a poblaciones, barrios o vecindarios estudiar, proyectar, reparar, construir y conservar edificiosDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
fiscales, semifiscales y de administración autónoma confeccionar planos, tipos o modelos de "viviendas económicas", mínimas, progresivas, sociales, etc. Y planosDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
tipos del equipamiento comunitario que corresponda, con sus respectivas especificaciones y cálculos ejecutar los proyectos de urbanización, mejoramiento urbano yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
equipamiento comunitario ; remodelar y subdividir terrenos orbanos para la ejecución d eplanes habitacionales, de equipamiento comunitario y desarrollo urbano proponeDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
a la seremi de vivienda las modificaciones a los planes reguladores que se estimen necesarias para los programas que le corresponda ejecutar ; supervigilar y autorizar el giro d elos prestamos que conceda el servicio, conforme al avance d eobras, cuando proceda efectuar los estudios técnicos y tasaciones, indispensables para fijar valores de transferencia de terrenos queDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
giro d elos préstamos que conceda el servicio, conforme al avance de obras, cuando proceda Efectuar los estudios técnicos y tasaciones, indispensables para fijarDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
valores de transferencia de terrenos que se hayan urbanizado o d einmuebles que se construyan o hayan construido, confeccionando, cuando procediere, las tablasDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
de valores correspondientes proponer a quienes deban integrar las comisiones de hombres buenos de ente los tasadores nominados por decreto, informando sobreDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
la conveniencia o inconveniencia de reclamar de las tasaciones practicadas por dichas comisiones en los juicios de regulación de la inmenización que corresponda aDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
una expropiación Autorizar el pago de honorarios correspondeintes a estudios o trabajos técnicos recomendados a terceros, tales como levantamientos topográficos,Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
pozos de reconocimiento, mecánica de suelos, etc. mantener la biblioteca técnica del servicio y obtener, cuando proceda, las autorizaciones y recepciones municipalesDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
y de los servicios públicos que sean necesarias a las obras que se ejecuten estudiar y proponer la asociación con municipalidades y con entidades públicas y privadasDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
para la realización de proyectos de desarrollo y mejoramiento urbano, fijando plazos de duración d elas mismas, condiciones, aportes y demás requisitos necesariosDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
para el normal funcionamiento de éstas sociedades.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
La Unidad de Operaciones Habitacionales le corresponde esencialmente efectuar todas las gestiones referentes a la postulación y asignación de viviendas o sitios conDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
estricta sujeción a la prioridad obtenida por los interesados, radicar y erradicar pobladores vender, arrendar o ceder en comodato los inmuebles construidos oDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
urbanizados por el servicio o confiados a su administración conceder préstamos y fijar los dividendos o rentas que se adeuden como consecuencia de lo anterior.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
Le corresponderá atender el sistema de postulación a créditos para Cooperativas de Vivienda, teniendo las siguientes funciones y atribuciones en materia de inmuebles:Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
Distribuir antes del término de las obras y de acuerdo al programa entregado por la Secretaria Ministerial respectiva, los inmuebles de todo tipo que forman cadaDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
conjunto habitacional que se construya, singularizando los inmuebles que habrán de asignarse a postulantes, las reservas, ventas, comodatos, arriendos y, en general,Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
cualquier otro tipo de compromiso contraído por el Serviu con entes públicos o privados inscribir como postulantes a quienes se interesen en adquirir viviendas a través del servicio y cumplan con los requisitos reglamentarios, calificándolosDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
del servicio y cumplan con los requisitos reglamentarios, calificándolos en su oportunidad con la prioridad que corresponda, formando con ellos las nóminas de prelaciónDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
provisorias y definitivas ; publicar oportunamente las nóminas señaladas, asignando las viviendas disponibles con estricta sujeción al orden con que aparezcan los postulantes en las definitivas, y establecer nóminas complementarias cuando fuere procedenteDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
lantes en las definitivas y establecer nóminas complementarias cuando fuere procedente vender las viviendas en los precios determinados en las tablas de valores,Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
aplicando las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre otorgamiento de títulos de dominio, constitución y alzamiento de gravámenes y prohibiciones,Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
forma de pago, seguros, reajustabilidad y servicio de deudas reservar, de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes, viviendas de cada población, con el finDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
de atender, previa aprobación del seremi, situaciones o políticas habitacionales especiales ; vender locales, utilizando el sistema de propuesta pública dejar sin efectoDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
asignaciones o resolver administrativamente promesas de compraventa, cuando el beneficiario incurriere en el incumplimiento de obligaciones reglamentarias oDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
contractuales ; reasignar inmuebles ; promover la participación de los interesados en la solución de sus problemas habitacionales efectuar la recopilación de antecedenteDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
tabulaciones y análisis de datos en relación a los estudios socioeconómicos que se le encomienden, relacionados con expropiaciones, erradicaciones, demanda habitaDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
cional u otros ; Asignar los sitios y otorgar los títulos de dominio preparar y proporcionar folletos informativos.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
La Unidad de Finanzas es la llamada a velar por el cumplimiento de la planificación y gestión financiera del servicio, llevando un registro contable ordenado y comprobadDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
de todas y cada una de la soperaciones que realice, cualquiera sea su origen, dentro de una clasificación adecuada, capaz de adaptarse a las necesidades deDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
verificación e información expedita. Sus atribuciones y funciones son: participar, proporcionando los antecedentes y estudios pertinentes, en al confección del anteproyecto anual de presupuesto corriente y de capitalDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
anteproyecto anual de prosupuesto corriente y de capital ; proponer las modificaciones del presupuesto aprobado proporcionar, actuando conjuntamente con las demásDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
unidades del servicio, los antecedentes que permitan la elaboración de un programa financiero de mediano plazo administrar y realizar la ejecución presupuestaria deDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
los fondos asignados al servicio y d elos ingresos propios, llevando un estricto control d elos mismos Efectuar estudios estimativos del total de entradas que deberáDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
percibir el servicio ; estudiar el rendimiento de las fuentes d eingresos, señalando procedimientos para su mejor utilización y proponiendo la creación d enuevas fuentesDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
organizar y mantener un istema de cobranza de dividendos, rentas, primas de seguro y en general d etodas la sobligaciones que se adeuden al servciio o cuya cobranzaDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
le fuere encomendada ; proceder a la apertura de cuentas subsidiarias de la cuenta única fiscal, con aprobación de la Contraloría General de la República Girar todoDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
cheque que se emita por el servicio llevar y mantener actualizadas estadísticas de emisiones, recaudaciones, bonificaciones y, en general, sobre todas las materiasDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
de índole financiera que así lo requieran ; proponer reformas a los procedimeintos en uso conciliar las cuentas corrientes bancarias y mantener un control permanenteDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
de sus saldos, informando de las disponibilidades ; elaborar el balance general, el balance presupuestario y preparar el análisis de cuenta pagar remuneraciones a losDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
funcionarios organizar y mantener un sistema de seguros mixtos de vivienda, incendio y desgravamen para los arrendatarios, asignatarios, comodatarios yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
adquirentes de vivienda, equipamiento, sitios u otros bienes ; resolver sobre indemnizaciones por seguros de incendio y desgravamen informar sobre la procedencia deDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
modificar los contratos de mutuo suscritos con cooperativas, a fin de consolidad, prorrogar o reliquidar las deudas y otorgar escrituras de cancelación, alzamientos yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
proposiciones de hipotecas, gravámenes y prohibiciones calificar cartas de resguardo y preparar éstos documentos para la firma del director cuando sea elDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
Serviu quien los extienda.Decreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
La Unidad Jurídica: Le corresponde velar por el fiel cumplimiento de las leyes y reglamentos vigentes que atañen al Serviu Región de los Lagos. Al Jefe de la UnidadDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
Jurídica le corresponden especialmente las siguientes atribuciones y funciones: Integrar el consejo asesor del director represnetar u observar los actos y resolucionesDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
del director y de los jefes de las unidades u otras reparticiones del servicio, cuando no se ajustan a las leyes, reglamentos o normas vigentes informar, pronunciarseDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
y determinar sobre las consultas de orden jurídico que le formule el director, los subdirectores, jefes de departamento o sobdepartamento dirigir la unidad juridica de laDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
institución y destinar a su personal, fijándoles sus deberes y, en general, adoptar todas las medidas destinadas al buen funcionamiento de la unidad jurídica. PorDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
intermedio de la unidad juridica a su cargo, el jefe deberá atender también las siguientes funciones: Realizar todas las gestiones de orden legal o judicial y patrocinar yDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
defender a la institución en cualquiera clase de juicios en que ésta sea parte o tenga interés, ante autoridades administrativas o ante tribunales ordinarios o especialesDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace
preparar y redactar las escrituras y demás instrumentos de índole jurídica en que sea parte o tenga interés el servicio substanciar los sumarios o investigacionesDecreto N° 355 V. y U. 1976ver enlace

Servicio de Vivienda y Urbanización, Serviu Décima
RUT: 61818001-8
Urmeneta 680, Puerto Montt - Fono: +56 65 280105
Web: http://serviu10.minvu.cl
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