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Unidad u órgano internoFacultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internosFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondienteFecha última modificación
DIRECTOR REGIONALLa superior conducción y administración del SERVIU corresponderá a su Director. En él estarán radicadas la suma de facultades resolutivas y ejecutivas inherentes al cumplimiento de las funciones asignadas al SERVIU, debiendo las Unidades preparar los elementos de juicio que le permitan dictar las resoluciones correspondientes, o efectuar las proposiciones del caso cuando la decisión competa a otras autoridades, y evacuar los informes financieros, técnicos, jurídicos y administrativos que el director requiera para una mejor administración o para el cumplimiento de las leyes o la reglamentación vigente.artículos 14 a 19 del Decreto Supremo Nº 355.ver enlace08/02/2003
El cargo de Director del SERVIU será de la confianza exclusiva del Presidente de la República. Se relacionará con el Ministerio Sin modificaciones
El Director será subrogado, en caso de ausencia o impedimento temporal, por el Jefe de la Unidad de Programación Física y ControSin modificaciones
Corresponderá al Director del SERVIU el ejercicio y cumplimiento de las siguientes facultades y deberes de carácter general:Sin modificaciones
a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que atañen al ServicioSin modificaciones
b) Dictar los reglamentos internos necesarios a la buena marcha del Servicio, los que no podrán contravenir las normas generalesSin modificaciones
c) Ejercer las facultades que le deleguen el Ministro, el Subsecretario o el Secretario Ministerial respectivoSin modificaciones
d) Presentar al Ministerio, a través de la Secretaría Ministerial correspondiente, el balance anual del ServicioSin modificaciones
e) Proponer al Ministerio, a través de la Secretaría Ministerial respectiva, el anteproyecto de presupuesto corriente y de capitSin modificaciones
f) Contratar, previa autorización del Ministerio y conforme a lo dispuesto en la Ley de Administración Financiera del Estado, crSin modificaciones
g) Disponer la contratación a honorarios para efectuar estudios, proyectos, trabajos específicos o investigaciones cuya ejecucióSin modificaciones
h) Proponer al Ministro, a través de la Secretaría Ministerial respectiva, la creación o supresión de Delegaciones Provinciales Sin modificaciones
i) Cumplir y hacer cumplir, bajo responsabilidad personal, las instrucciones que le impartan el Ministro, el Subsecretario o el Sin modificaciones
j) Integrar la Comisión de Asesoría y Coordinación que convoque el Secretario Ministerial respectivo para el estudio y análisis Sin modificaciones
k) Velar por el cumplimiento en el Servicio de las normas sobre subrogación que establece el inciso 1º del artículo 23º del decrSin modificaciones
l) Designar, por resolución, al funcionario de su dependencia que ejercerá las funciones de ministro de fe de la institución, elSin modificaciones
m) Transigir, previa aprobación por decreto supremoSin modificaciones
n) Delegar la representación del Servicio y sus facultades en los Subdirectores, Jefes de Departamento, Subdepartamento, SecciónSin modificaciones
ñ) Delegar facultades administrativas en autoridades u organismos fiscales o semifiscales, y convenir la administración de bieneSin modificaciones
Corresponderán al Director, en materia de personal, las siguientes facultades:Sin modificaciones
a) Proveer cargos en la calidad jurídica de contrata y disponer la prórroga de estos contratos, debiendo ajustarse para ello al Sin modificaciones
b) Evacuar los informes que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo requiera con el fin de disponer ascensos, destinaciones o permSin modificaciones
c) Ordenar cometidos funcionarios y comisiones de serviciosSin modificaciones
d) Cursar planillas, otorgar anticipos y liquidar los viáticos que originen los cometidos y comisiones señalados en la letra antSin modificaciones
e) Reconocer cargas familiaresSin modificaciones
f) Dar curso a licencias médicas y otorgar los permisos con goce de remuneraciones que autoriza la legislación vigenteSin modificaciones
g )Otorgar permisos, con o sin goce de remuneraciones, en los términos establecidos por el Estatuto Administrativo.Sin modificaciones
h) Otorgar, anticipar y postergar feriados legalesSin modificaciones
Ordenar la instrucción de las investigaciones sumarias o sumarios cuando corresponda y sobreseer o sancionar en ellos con las meSin modificaciones
i) Calificar al personal, sin perjuicio de las instancias que determine el reglamento que se dicte al efecto, ySin modificaciones
j) En general, realizar todas las actuaciones que sean necesarias en materia de personal, limitadas a la dotación máxima de funcSin modificaciones
k) La enunciación de facultades, deberes y obligaciones del Director, contenida en los artículos precedentes, no tiene carácter Sin modificaciones
DEPARTAMENTO TÉCNICOLa Unidad Técnica de Construcciones y Urbanización es la encargada de efectuar los estudios para la adquisición de terrenos, de su urbanización o remodelación, y de proyectar y construir, efectuando para ello los estudios catastrales, de arquitectura, de ingeniería y de costos inherentes a las obras, fiscalizando su ejecución. Todas las obras deberán estar incluidas en los planes y programas aprobados por el Ministerio y contar con financiamiento específico para su ejecución.artículos 22 a 24 del Decreto Supremo Nº 355.ver enlace08/02/2003
Serán funciones y atribuciones de esta Unidad: a) Efectuar los estudios para la adquisición de los terrenos necesarios para los Sin modificaciones
b) Proyectar y construir, por cuenta propia o de terceros, "viviendas económicas", campesinas, villorrios agrícolas, áreas verdeSin modificaciones
c) Ejecutar en las poblaciones que construya o en las ya construidas por sus antecesores legales las obras de urbanización o equSin modificaciones
d) Estudiar, proyectar, reparar y construir edificios públicos con fondos fiscales, destinados a servir a poblaciones, barrios oSin modificaciones
e) Estudiar, proyectar, reparar, construir y conservar edificios fiscales, semifiscales y de administración autónoma que se les Sin modificaciones
f) Confeccionar planos, tipos o modelos de "viviendas económicas", mínimas, progresivas, sociales, etc., y planos tipos del equiSin modificaciones
g) Ejecutar los proyectos de urbanización, mejoramiento urbano y equipamiento comunitarioSin modificaciones
h) Remodelar y subdividir, por cuenta del Servicio o de terceros, terrenos urbanos para la ejecución de planes habitacionales, dSin modificaciones
i) Proponer a la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva las modificaciones a los Planes Reguladores que se esSin modificaciones
j) Supervigilar y autorizar el giro de los préstamos que conceda el Servicio, conforme al avance de obras, cuando procedaSin modificaciones
k) Efectuar los estudios técnicos y tasaciones, indispensables para fijar valores de transferencia de terrenos que se hayan urbaSin modificaciones
l) Proponer a quienes deban integrar las comisiones de hombres buenos de entre los tasadores nominados por decreto, informando sSin modificaciones
m) Autorizar el pago de honorarios correspondientes a estudios o trabajos técnicos encomendados a terceros, tales como levantamiSin modificaciones
n) Mantener la Biblioteca Técnica del Servicio, ySin modificaciones
ñ) Obtener, cuando proceda, las autorizaciones y recepciones municipales y de los servicios públicos que sean necesarias a las oSin modificaciones
Corresponderá también a esta Unidad estudiar y proponer la asociación con municipalidades y con entidades públicas y privadas, pSin modificaciones
DEPARTAMENTO DE OPERACIONES HABITACIONALESA la Unidad de Operaciones Habitacionales le corresponde esencialmente efectuar todas las gestiones referentes a postulación y asignación de viviendas o sitios, con estricta sujeción a la prioridad obtenida por los interesados, radicar y erradicar pobladores ; vender, arrendar o ceder en comodato los inmuebles construidos o urbanizados por el Servicio o confiados a su administración conceder préstamos y fijar los dividendos o rentas que se adeuden como consecuencia de lo anterior.artículo 25 a 30 del Decreto Supremo Nº 355.ver enlace08/02/2003
Le corresponderá, asimismo, atender el sistema de postulación a créditos para Cooperativas de Vivienda.Sin modificaciones
Para cumplir los objetivos señalados en el artículo precedente, esta Unidad tendrá las siguientes funciones y atribuciones en maSin modificaciones
a) Distribuir, antes del término de las obras y de acuerdo al programa entregado por la Secretaría Ministerial respectiva, los iSin modificaciones
b) Inscribir como postulantes a quienes se interesen en adquirir viviendas a través del Servicio y cumplan con los requisitos reSin modificaciones
c) Publicar oportunamente las nóminas a que se refiere la letra precedente, asignando las viviendas disponibles con estricta sujSin modificaciones
d) Vender las viviendas en los precios determinados en las Tablas de Valores, aplicando las disposiciones legales y reglamentariSin modificaciones
e) Reservar, de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes, viviendas de cada población, con el fin de atender, previa aprobacSin modificaciones
f) Vender locales comerciales utilizando el sistema de propuesta o subasta pública. En caso de no haber interesados, podrá resolSin modificaciones
g) Materializar los compromisos a que se refiere este artículo y otorgar los títulos de dominio que correspondaSin modificaciones
h) Dejar sin efecto asignaciones o resolver administrativamente promesas de compraventa, cuando el beneficiario incurriere en elSin modificaciones
i) Reasignar inmuebles que por cualquier causa vuelvan al dominio del ServicioSin modificaciones
j) Promover la participación de los interesados en la solución de sus problemas habitacionales, asesorándolos para su organizaciSin modificaciones
k) Efectuar la recopilación de antecedentes, tabulaciones y análisis de datos en relación a los estudios socioeconómicos que se Sin modificaciones
l) Asignar los sitios y otorgar los títulos de dominio en aquellos loteos o subdivisiones ejecutados por el Ministerio de TierraSin modificaciones
m) Preparar y proporcionar folletos informativos respecto de los sistemas de operación y de los préstamos u otros beneficios queSin modificaciones
Esta Unidad deberá intervenir en el otorgamiento, conforme a las políticas habitacionales y financieras ministeriales, de los siSin modificaciones
a) Para la construcción o adquisición de "viviendas económicasSin modificaciones
b) Para la reparación, reconstrucción, habilitación o saneamiento de viviendasSin modificaciones
c) Para la adquisición de viviendas o elementos prefabricados o de construcción que reúnan los requisitos de calidad determinadoSin modificaciones
d) Para la ejecución de proyectos de urbanizaciónSin modificaciones
e) Para la ejecución de obras de pavimentaciónSin modificaciones
f) Para la construcción de "viviendas económicas", conforme a lo dispuesto por el artículo 71º del decreto con fuerza de ley N° Sin modificaciones
g) Para la construcción de "viviendas económicas" de CooperativasSin modificaciones
h) A Instituciones fiscales, semifiscales o empresas autónomas, y, en general, a personas naturales o jurídicas, para la construSin modificaciones
La Unidad de Operaciones Habitacionales propondrá al Director, cuando la ley o el reglamento no lo hubiere señalado, las condiciSin modificaciones
La Unidad de Operaciones Habitacionales será competente para realizar todos los trámites, giros y demás gestiones inherentes a lSin modificaciones
La Unidad de Operaciones Habitacionales deberá calificar, previo los informes técnicos y jurídicos pertinentes, las garantías quSin modificaciones
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZASEl Departamento de Administración y Finanzas es el llamado a velar por el cumplimiento de la planificación y gestión financiera del Servicio, llevando un registro contable ordenado y comprobado de todas y cada una de las operaciones que realice, cualquiera sea su origen, dentro de una clasificación adecuada, capaz de adaptarse a las necesidades de verificación e información expedita.artículos 31, 32 y artículos 38 a 41 del Decreto Supremo Nº 355.ver enlace08/02/2003
Serán funciones y atribuciones de este Departamento las que a continuación se señalan:Sin modificaciones
a) Participar, proporcionando los antecedentes y estudios pertinentes, en la confección del anteproyecto anual de presupuesto coSin modificaciones
b) Proponer las modificaciones del presupuesto aprobadoSin modificaciones
c) Proporcionar, actuando conjuntamente con las demás Unidades de Servicio, los antecedentes que permitan la elaboración de un pSin modificaciones
d) Administrar y realizar la ejecución presupuestaria de los fondos asignados al Servicio y de los ingresos propios, llevando unSin modificaciones
e) Efectuar estudios estimativos del total de entradas que deberá percibir el Servicio, como igualmente estudios demostrativos dSin modificaciones
f) Estudiar el rendimiento de las fuentes de ingresos, señalando procedimientos para su mejor utilización, y proponiendo la creaSin modificaciones
g) Organizar y mantener un sistema de cobranza de dividendos, rentas, primas de seguro, y, en general, de todas las obligacionesSin modificaciones
h) Proceder a la apertura de cuentas subsidiarias de la Cuenta Única Fiscal, con aprobación de la Contraloría General de la RepúSin modificaciones
i) Girar todo cheque que se emita por el ServicioSin modificaciones
j) Llevar y mantener actualizadas estadísticas de emisiones, recaudaciones, bonificaciones, y, en general, sobre todas las materSin modificaciones
k) Proponer reformas a los procedimientos en uso, cuando se requiera la implantación o mejoramiento en los sistemas o medios mecSin modificaciones
l) Conciliar las cuentas corrientes bancarias y mantener un control permanente de sus saldos, informando de las disponibilidadesSin modificaciones
m) Elaborar el Balance General, el Balance Presupuestario y preparar el análisis de cuentaSin modificaciones
n) Pagar las remuneraciones a los funcionarios del Servicio conforme a las planillas confeccionadas por la Unidad AdministrativaSin modificaciones
ñ) Organizar y mantener un sistema de seguros mixtos de vivienda, incendio y desgravamen para los arrendatarios, asignatarios, cSin modificaciones
o) Resolver sobre indemnizaciones por seguros de incendio y desgravamenSin modificaciones
p) Informar sobre la procedencia de modificar los contratos de mutuo suscrito con Cooperativas, a fin de consolidar, prorrogar oSin modificaciones
q) Otorgar escrituras de cancelación, alzamientos y proposiciones de hipotecas, gravámenes y prohibiciones en los casos reglamenSin modificaciones
Esta Unidad será la encargada de velar por las relaciones del Servicio con su personal, cautelando que cumpla correctamente sus Sin modificaciones
Para el cumplimiento de las funciones enunciadas en el párrafo precedente, el Departamento de Administración y Finanzas cumpliráSin modificaciones
a) Proporcionar oportunamente toda la información que se requiera para la confección de las planillas de sueldos y jornales del Sin modificaciones

Servicio de Vivienda y Urbanización - Región de Aysén,SERVIU Aysén
RUT: 61.823.000-7
Freire Nº 5, Coyhaique - Fono: (56)( 67) 212120
Web: http://xi.serviu.cl - Contacto
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