Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Potestad, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente |
|---|---|---|
| Dipreca es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. | Ley N° 18.961, Ley Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile (art. 78) | ver enlace |
| Es función de Dipreca administrar los bienes y recaudar y administrar los fondos y, otorgar los servicios y beneficios (pensiones y montepíos, asistencia médica, hospitalaria y dental, préstamos y otros) que establece el Reglamento. Además, está facultada para efectuar el descuento mensual obligatorio del 8,5% | DL. N° 844 y DS. N° 103, ambos de 1975 Ley y Reglamento Orgánico de Dipreca | ver enlace |
| Dipreca puede descontar de las pensiones de retiro, montepíos, de las devoluciones e indemnizaciones, entre otras, las deudas contraídas con ella. | DFL. N° 2 de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile (art. 79) | ver enlace |
| La Administración del Fondo Hospital corresponde al Director de Previsión, quien se encuentra facultado para ejecutar y celebrar toda clase de actos y convenciones, para el cumplimiento de los fines del mismo. Además permite efectuar el descuento obligatorio del 1% y 2% (activos y pasivos, respectivamente). | DL. N° 1.812, de 1977, Crea el Fondo Hospital Dipreca y DS. N° 355 de 1990, Reglamento del Hospital Dipreca | ver enlace |
| Normas sobre acceso y concurrencia en los pagos de los beneficios de hospitalización, tratamientos, honorarios médicos y medicamentos. | DS. N° 509, de 1989, Reglamento de Medicina Curativa | ver enlace |
| Facultad de otorgar préstamos, de acuerdo a la disponibilidades del Fondo de Auxilio Social. | DL. N° 3.560, de 1981, Crea el Fondo de Auxilio Social (FAS) y DS. N° 361, Reglamento del FAS | ver enlace |
| Faculta a Dipreca a emitir bonos de reconocimiento | Ley N° 18.458, de 1985, Establece el régimen previsional del personal de la defensa nacional (art. 4) | ver enlace |
| Dipreca está facultada para efectuar descuentos para la formación del "Fondo de Desahucio" (6% de las remuneraciones imponibles o de las pensiones de retiro y montepío). | DL. N° 2.049 de 1977, Crea sistema de desahucio para el personal de Dipreca | ver enlace |
| Dipreca realiza prestaciones de Medicina Preventiva | Ley N° 6.174, de 1938, Establece el Servicio de Medicina Preventiva y, DS. N° 1082, de 1955, Reglamento Orgánico para la Aplicac | ver enlace |
Direccion de Previsión de Carabineros , Dipreca
RUT: 61513000-1
21 de mayo 592 - Fono: +56 32 4955549
Web: http://www.dipreca.cl - Email: dipreca@dipreca.cl
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