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Unidad u órgano internoFacultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internosFuente legalEnlace a la publicación o el archivo correspondienteFecha última modificación
División Jurídico-LegislativaArtículo N°9, en cumplimiento de sus funciones la División Jurídico-Legislativo, le corresponderá: a) Asesorar jurídicamente al Presidente de la República, al Ministro del Interior y a los demás Ministros en las materias que requieran; b) Participar en comDecreto Supremo N° 07, de 1991Ver enlace1991-11-22
División de Coordinación interministerialArtículo N°10.- la División de Coordinación Interministerial se encargará de las siguientes funciones: a) Coordinar la elaboración del informe sobre Metas Ministeriales, en conjunto con los Ministerios de Hacienda y Planificación y Cooperación, las que conDecreto Supremo N° 07, de 1991Ver enlace1991-11-22
División de Relaciones Políticas e InstitucionalesArtículo N° 11.- Corresponderá a la División de Relaciones Políticas e Institucionales las siguientes funciones: a) Elaborar informes periódicos referidos a las relaciones del Gobierno con el Congreso Nacional, los Partidos Políticos, las Organizaciones SoDecreto Supremo N° 07, de 1991Ver enlace1991-11-22
División de EstudiosArtículo N° 12.- Para el cumplimiento de sus funciones legales, la División de Estudio deberá: a) Coordinar las tareas de asesoramiento externo orientadas al análisis de la realidad nacional, especialmente en lo que dice relación con las áreas política, ecDecreto Supremo N° 07, de 1991Ver enlace1991-11-22
División de Administración GeneralArtículo N°13.- A la División de Administración General, en cumplimiento de las funciones que le encomienda el artículo 10, de la ley N° 18,993 le corresponde obtener y proveer los recursos humanos, financieros, presupuestarios y físicos del Ministerio, llDecreto Supremo N° 07, de 1991Ver enlace1991-11-22
Unidad de Control de Gestión del Ministerio Secretaria General de la PresidenciaLos objetivos de la Unidad de Control de Gestión es "Generar información para la toma de decisiones de los niveles estratégicos del MINSEGPRES, a través de la mantención y control en forma eficiente y eficaz, de los sistemas de gestión del Servicio", y susRes.Exenta N° 1421 Res.Exenta N°383Ver documento2010-01-29
Unidad de Auditoría MinisterialLa Unidad de Auditoría Ministerial deberá cumplir con la misión de "Otorgar apoyo a la máxima autoridad de la Subsecretaria General de la Presidencia, mediante una estrategia preventiva, proponiendo como producto de su acción, políticas, planes, programas Res.Exenta N° 1510 Res.Exenta N° 0846 Res.Exenta N° 3081 Res.Exenta N° 3080Ver documento2008-12-18
Comisión Asesora Ministerial para la Probidad y la TransparenciaArtículo N°2.- De acuerdo al artículo N° 2 del DFL N°30 de este Ministerio, le corresponde realizar a la Comisión las siguientes tareas en cumplimiento de su función: a) Apoyar al Ministerio Secretaria General de la Presidencia, en el estudio y análisis deDecreto N° 30Ver enlace2008-04-30
Comisión Asesora Agencia Chilena para la Inocuidad AlimentariaArtículo N°2.- De acuerdo al artículo N°2, en su función de asesorar al Presidente de la República en las materias indicadas, corresponderá a la Agencia, en especial, las siguientes tareas: a) Formular y proponer una Política Nacional de Inocuidad de AlimeDecreto N° 83Ver enlace2005-10-21
Comisión Asesora Presidencia para la Protección de los Derechos de las PersonasArtículo N° 2, De acuerdo al artículo N°2, le corresponde a esta Comisión: 1) Observar y estudiar la actividad que desarrollan los órganos de la Administración del Estado frente a los ciudadanos, informando al Presidente de la República mensualmente. 2) FoDecreto N° 65Ver enlace2001-07-26
Unidad de Coordinación de Asuntos Indígenas Designa Ministro Coordinador en Materias Indí­genasArtículo N° 2.- De acuerdo al artículo N°2, el "Ministro Coordinador", tendrá como funciones primordiales las siguientes: 1.- Impulsar la agenda legislativa del Gobierno en materias indígena. 2.- Impulsar las medidas contenidas en el "Pacto Social por la MDecreto N° 97Ver enlace2009-09-26
Servicio Nacional del Adulto MayorArtículo N°3.- El Servicio se encargará de proponer las políticas destinadas a lograr la integración familiar y social efectiva del adulto mayor y la solución de los problemas que lo afecta. En especial, le corresponderá las siguientes funciones: a) EstudiLey 19.828Ver enlace2003-12-04