Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Unidad u órgano interno | Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | Fecha última modificación |
|---|---|---|---|---|
| División de Planificación, Estudios e Inversión | Realización de trabajos que sirvan de base para la identificación y elaboración de proposiciones de políticas globales y sectoriales del Ministerio. | Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 3° y Art. 4 | ver enlace | 2005-02-10 |
| División de Planificación Regional | Realización de estudios, proposiciones y otras labores destinadas a identificar y elaborar proposiciones de políticas, planes y presupuestos de inversión regionales. Apoyar Técnicamente a las SERPLAC. | Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 3° y Art. 4 | ver enlace | 2005-02-10 |
| División Jurídica | Asesoría legal permanente del Ministerio y velar por juridicidad de sus actos. | Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 3° y Art. 4 | ver enlace | 2005-02-10 |
| División Social | Asesorar al Ministro en la armonización de las diferentes iniciativas del Estado encaminadas a erradicar la pobreza y combatir el desempleo. | Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 3° y Art. 4 | ver enlace | 2005-02-10 |
| División Administrativa | Colaborar en gestión administrativa y financiera del Ministerio. | Ley Orgánica 18989 que crea el Ministerio de Planificación. Art. 3° y Art. 4 | ver enlace | 2005-02-10 |
| Secretaría Ejecutiva de Protección Social | El Ministerio a través de esta Secretaría, administrará y coordinará el Sistema Chile Solidario. La Secretaría articulará el Subsistema con las instituciones públicvas que integran la Administración del Estado y privadas necesarias. | Reglamento para la aplicación de la Ley N° 19.949 que crea el Sistema Chile Solidario, Art. 3° y Ley 20.379, que crea Sistema In | ver enlace | 2005-02-10 |
| Secretarías Regionales Ministeriales | Celebrar convenios de colaboración y/o transferencia de recursos por un monto de hasta 5.000 UTM, del Sistema Intersectorial de Protección Social , para la implementación y ejecución de los Subsistemas de Protección integral a la Infancia 'Chile Crece Cont | Decreto Exento N° 343, de 2009, del Ministerio de Planificación que deroga Decreto Exento N° 0170, de 2009, del Ministerio de Pl | ver enlace | |
| Secretarías Regionales Ministeriales | Firmar por orden del Subsecretario(a), Res. Exentas y documentos de mero trámite referentes a las siguientes materias:1)Convenios marco por montos iguales o inferiores a 100 UTM.2) Licitaciones públicas y privadas por monto igual o inferior a 100 UTM. Apro | Resolución Exenta N° 0179, que deroga Resoluciones que indica y delega facultad de firmar "Por Orden del Subsecretario" en mater | ver enlace | |
| Jefe(a) División Administrativa | I. En materias de personal. 1) Resolución pago horas extraordinarias. 2) Resolución descanso complementario. 3) Certificación cargos pecuniarios. 4) Postergación de feriados. 5) Reconocimiento asignación profesional 6) Reconocimiento derecho y a pago de sa | Resolución Exenta N° 0179, que deroga Resoluciones que indica y delega facultad de firmar "Por Orden del Subsecretario" en mater | ver enlace | |
| Jefe(a) Departamento Administración Interna | I. En materia de contrataciones públicas regidas por la Ley N° 19.886 y su reglamento. A) Contrataciones a través de convenio marco. Efectuar las contrataciones vía convenio marco por montos iguales o inferiores a 100 UTM. Asimismo, emitir las resoluciones | Resolución Exenta N° 0179, que deroga Resoluciones que indica y delega facultad de firmar "Por Orden del Subsecretario" en mater | ver enlace | |