Fuente desde donde fueron obtenidos los datos
| Unidad u órgano interno | Facultades, funciones y atribuciones de sus unidades u órganos internos | Fuente legal | Enlace a la publicación o el archivo correspondiente | Fecha última modificación |
|---|---|---|---|---|
| Consejo Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena CONADI | La dirección superior de la Corporación estará a cargo de un Consejo nacional integrado por los siguientes miembros: a) El Director Nacional de la Corporación, nombrado por el presidente de la República, quien lo presidirá. b) Los subsecretarios o su repre | LEY Nº 20.285 | Ver enlace | 2011-09-08 |
| FONDO DE TIERRAS Y AGUAS | El Fondo para Tierras y Aguas Indígenas administrado por la Corporación, podrá cumplir con los siguientes objetivos: a) Otorgar subsidios para la adquisición de tierras por personas, Comunidades Indígenas o una parte de éstas cuando la superficie de las ti | Ver enlace | 2011-09-08 | |
| FONDO DE DESARROLLO | El Fondo de Desarrollo Indígena cuyo objetivo es financiar programas especiales dirigidos al desarrollo de las personas y comunidades indígenas, será administrado por la Corporación. A través de él se podrán desarrollar planes especiales de crédito, sistem | Ley Nº 19.253 | Ver enlace | 2011-09-08 |
| FONDO DE CULTURA Y EDUCACIÓN | El Fondo de Cultura y Educación fue creado en 1995 en respuesta a las demandas estratégicas de los Pueblos Indígenas de Chile, las cuales están enfocadas a la conservación y desarrollo de su patrimonio cultural y establecimiento de las bases educacionales | Ley Nº 19.253 | Ver enlace | 2011-09-08 |
| SUBDIRECCIONES NACIONALES | Son las encargadas de orientar y ejecutar, desentralizadamente , la acción de la Corporación a favor de las personas, agrupaciones y Comunidaes Indígenas dentro de su respectivo ámbito. Están a cargo de un Subdirector Nacional existen dos subdirecciones la | Ley Nº 19.253 | Ver enlace | 2011-09-08 |
| DIRECCIONES REGIONALES | las Direcciones Regionales asumen la representación judicial o extrajudicial de la Corporación en el ámbito de su juridicción con expresa autorización del Subdirector.Existen cuatro Direcciones Regionales a lo largo del país a)Arica y Parinacota b)Direcció | Ley Nº 19.253 | Ver enlace | 2011-09-08 |
| OFICINAS DE ASUNTOS INDIGENAS | Existen cuatro Oficina Indígenas en el País tres de ellas dependientes directamente del Director Nacional: Oficinas de Santiago, Isla de Pascua y Punta Arenas, en el caso de la Oficina de san Pedro de Atacama tiene dependencia directa de la Subdirección Na | Ley Nº 19.253 | Ver enlace | 2011-09-08 |
| REGISTRO PUBLICO DE TIERRAS | El artículo 15 de la Ley 19.253 creó el Registro Público de Tierras Indígenas cuya mantención se encuentra a cargo de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Este registro, de carácter permanente, tiene como objetivo principal la incorporación de l | Ley Nº 19.253 | Ver enlace | 2011-09-08 |
| ARCHIVO GENERAL DE ASUNTOS INDIGENAS | El artículo Nº 30 de la Ley Indígena crea dependiente del archivo nacional de la DIBAM, un departamento denominado Archivo General de Asuntos Indígenas, encargado de reunir y conservar tanto docuemntos oficiales que se vayan generando en materias indígenas | Ley Nº 19.253 | Ver enlace | 2011-09-08 |
| REGISTRO DE COMUNIDADES Y ASOCIACIONES INDIGENAS | La oficina territorial respectiva procede a estudiar e inscribir las comunidades y asociaciones que se presenten para su incorporación y registro. De cada presentación se forma un expediente administrativo numerado el que paralelamente se incorpora a una b | Ley Nº 19.253 | Ver enlace | 2011-09-08 |